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¿Qué pasa con los hijos menores de edad si no hay testamento?

¿Qué pasa con los hijos menores de edad si no hay testamento?

Hemos hablado anteriormente de la importancia capital de dejar un testamento para los hijos. Sobre todo si queremos indicar quiénes administrarán sus bienes o cómo se repartirán. Y también lo necesario que es el documento de intenciones anticipadas para dar cobertura al cónyuge, que no se incluye en la herencia si no se ha firmado nada. Pero, ¿qué pasa con los hijos si nos vamos cuando aún son menores de edad?

padre e hijo

Si no queremos que ocurran sorpresas inesperadas, el testamento se perfila como un documento imprescindible. Porque sin nada bajo escrito queda en manos del juez, que elegirá en base al Código Civil. El artículo 234 del Código Civil detalla que, para el nombramiento de un tutor, se preferirá por este orden:

1º. Al designado por el propio tutelado, conforme al párrafo segundo del artículo 223.

2º. Al cónyuge que conviva con el tutelado.

3º. A los padres.

4º. A la persona o personas designadas por éstos en sus disposiciones de última voluntad.

5º. Al descendiente, ascendiente o hermano que designe el juez.

Este es el orden prioritario. Excepcionalmente, el Juez, en resolución motivada, podrá alterar el orden del párrafo anterior o prescindir de todas las personas en él mencionadas, si el beneficio del menor o del incapacitado así lo exigiere.

En muchos casos, el juez tiene que decidir sin conocer la situación familiar. Todo esto conlleva situaciones bastante rocambolescas. Como que la nueva pareja de la persona fallecida tenga más números de ser el tutor que el padre o madre biológicos.

Y sin embargo, los condicionantes son diferentes en cada familia. ¿Y si hay un ex cónyuge que sobrevive y se queda con la custodia, si bien no se la merece? ¿Es posible que en algunos casos los hijos prefiriesen vivir en la casa de sus abuelos en vez de con una madrastra o padrastro y que su deseo no se cumpla? Totalmente.

Esos ya son motivos de peso para dejar un testamento para los hijos. Así se puede especificar quién queremos que se encargue de la custodia en caso de desgracia.

Situaciones de conflicto en el testamento de los hijos

En un gran número de casos, todo queda bastante claro. Sobre todo en familias estables y con buenas relaciones más allá del núcleo familiar. Pero si se dan conflictos, el juez posiblemente ordene una sesión informativa de mediación familiar. Con ella, esperará que todas las partes lleguen a un acuerdo.

Si el conflicto se mantiene y no hay pacto, el juez tiene que actuar en función de los intereses del menor. Siempre de la forma que mejor estime.

También puede darse el caso de que los niños queden huérfanos. Y si no hemos designado a nadie mediante testamento, sin personas del entorno familiar o comunitario que decidan asumir la tutela, tendrá que ser la autoridad judicial la que debe designar personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con el fin de que puedan asumir esa custodia.

¿Pueden ser separados los hijos menores y que tengan diferentes tutores? En principio, sin testamento, no. A menos que el juez encuentre unas circunstancias extraordinarias, esto no ocurrirá. Todos los hijos han de ser tutelados por la misma persona.

El testamento para los hijos es el único documento que puede plantear cambios. Tampoco el hecho de estar bautizados o tener padrinos cambia para nada la decisión del juez a la hora de ofrecer la tutela. Eso es considerado un hecho menor. Los padrinos, por ejemplo, no tienen ningún derecho de tutela o parentesco sólo por ese título. A menos que sean familiares directos, pero en ese caso será por esa situación, sin aportar nada el ser padrinos.

Y todo esto sólo en relación a la custodia de los hijos. Pero el testamento para nuestros descendientes es también básico para el reparto de bienes. Algo que nunca se debe dejar de tener en cuenta.

Para ahorrarse dolores de cabeza, la opción más recomendable es contar con asesoría profesional de abogados expertos en derecho sucesorio. En Testamenta podemos resolver todas tus dudas y ayudarte a hacer el testamento que más se adecúe a tus necesidades familiares y personales.

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Interesado en derecho sucesorio, testamentos, herencias, sucesiones seguros, ONGs y mucho más.

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11 Comments

  1. Eduardo

    Gracias por el artículo. Tengo una duda respecto a la designación, en mi testamento y el de mi mujer, de tutores para mis hijos menores de edad. Ambos estamos de acuerdo en designar como tutores a mi hermana y su esposo (y és están de acuerdo), pero las dudas son:
    1. ¿Deben estar preseten los propuestos tutores en el momento de firmar el testamento?
    2. ¿Debemos mi mujer y yo hacer un único testamento conjunto, o por separado en cada uno de nuestros testamentos designamos a los mismos tutores?
    3. ¿ Qué pasaría si en el momento de hacerse cargo de la tutela ellos se hayan divorciados? ¿Debemos preverlo al proponerles como tutores en nuestro testamento?
    Muchas gracias,

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Eduardo,

      En respuesta a su consulta, le comento, los tutores propuestos no deben estar presentes en el momento de la firma en notario, usted y su mujer deben realizar cada su testamento ya que estos son personalísimos.

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.
      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires la importancia de designar un tutor para los hijos menores.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario

      Un saludo

      Testamenta

      Reply
    1. Testamenta

      Hola Almarog,

      Te comento que en caso de que tu padre hubiera dejado testamento es posible reclamar tu parte de herencia. Además te comento que también es posible reclamar una herencia cuando no hay testamento, en caso de que te encuentres en esta situación te recomiendo mirar ese enlace.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
    2. Testamenta

      Hola Almarog,

      En respuesta a su consulta, si es menor de edad debería ser su madre o tutor legal que tenga para reclamar la herencia de su padre, en defecto de esto seria un defensor judicial.
      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires como reclamar una herencia..

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario

      Un saludo

      Testamenta

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  2. pablo

    Hola, buenas tardes…consulto. Que pasa si el padre fallece y la unica heredera va a vivir con la madre ( divorciada hace años )…sino dejó testamento sobre la única herencia posible ( un departamento ). La madre puede disponer de este departamento para los gastos del menor?, pregunto porque la familia del fallecido tambien esta interesada en el mismo.
    Puede la madre vender el departamento para comprar algo mejor cuyo heredera directa sea la menor?. En el caso que la menor cumpla 18 y exiga su herencia, la madre debe dejar la propiedad comprada?.

    Gracias

    Pablo

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Pablo,

      Te comento que en caso de que el padre haya fallecido sin dejar testamento por ley a su hija le pertenece la legítima, la cual consiste en que la persona fallecida debe dejar un porcentaje de su herencia a repartir entre sus hijos. En caso de que se encuentren en Cataluña, la legítima es del 25%, mientras que si quieres saber como se reparte en el resto de España, te recomiendo que leas la siguiente infografía.

      Por otra parte, en caso de que la hija no haya recibido nada, puede reclamar su parte de herencia y recuperar así aquello que por ley le pertenece.

      Finalmente, en cuanto a la consulta de la vivienda, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

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      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

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  3. Carola

    Buenas noches, ^gracias de antemano. La consulta es la siguiente : Si mi pareja ( unión libre) le desea heredar todo a su hijo mayor edad 33 años, con otra mujer, dejando a nuestro hijo menor de edad sin herencia, como puedo hacer valer los derechos de mi hijo edad 1 año. Actualmente convivimos. Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Carola, acerca de la heredero de que elija su marido, es la voluntad de su marido. Peró usted también puede estar en desacuerdo y reclamar por los derechos de su hijo menor. A continuación le dejo un par de enlaces que le serán de gran ayuda:
      El papel del albacea en herencias de hijos menores de edad
      Reclamación de la herencia: ¿pueden hacerlo los hijos?
      Espero que le hayan resuelto sus dudas. También puede entrar en nuestra pagina web de Testamenta y hacer una consulta a uno de nuestros abogados. Aquí le dejo el enlace: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/

      Gracias por comentar en nuestro blog, un saludo.

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  4. Carmen

    Buenas. Tengo una consulta. Tuve una hija de Mi novio con el q llevaba casi 8 años de relación. El falleció hace un año y no dejo testamento, el dejo un coche q en vida decía q sería para nuestra hija, yo antes no hice nada por pedir el coche y se lo kedo la madre y hermana de mi novio. Quisiera saber si se los pido ahora tendría opciones de ganarlo. Porq ellas me han dicho q no y es más me dijeron q contrataron un abogado y q yo no tenía ningún derecho aunq tuviera la niña. Q puedo hacer gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Carmen ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

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