Todo sobre testamentos, herencias y sucesiones
El usufructo: disfrutar de un bien en herencia sin ser propietario

El usufructo: disfrutar de un bien en herencia sin ser propietario

El usufructo: disfrutar de un bien en herencia sin ser propietario

¿En qué consiste?

En una herencia, con o sin la existencia de testamento, la parte más favorecida es la descendencia. Los hijos siempre tendrán, cuanto menos, dos terceras partes de los bienes que se dejen (la denominada “legítima”). En cambio, el cónyuge suele estar en desventaja. Aunque, en muchos casos, podrá seguir disfrutando del inmueble que deja quien fallece. Es lo que se conoce como “usufructo”.

En la legislación hay un aspecto muy importante, pero que algunos pasan por alto: el usufructo. Esto es el derecho a disfrutar de unos bienes aún sin ser el propietario de ellos. Para ejemplificarlo fácilmente, la pareja de la persona fallecida podrá seguir usando la casa del recién fallecido/a, aún sin ser propietario/a.

usufructo

Este derecho viene a decir que, todo bien que se deje en usufructo, podrá ser disfrutado por quien lo recibe. Pero no podrá venderlo. Por ejemplo: un piso o una casa. Estas son las condiciones para quien hereda en usufructo:

Puede usar el bien sin ser propietario, por ejemplo vivir en la vivienda aún sin ser suya.

No puede vender ese bien en propiedad, pero sí alquilarlo y recibir los réditos que ofrezca.

Ha de encargarse del buen mantenimiento del bien.

Tendrá que avisar de reparaciones y pagar los impuestos que genere.

Esta modalidad existe para dar salida a las personas que quedan viudas. Imaginemos un caso habitual. Una pareja con hijos compra una casa a medias. Si el hombre fallece, la mitad de la propiedad que le pertenecía pasará a ser de sus hijos. Sin embargo, al ofrecerse la propiedad en usufructo a la viuda, ella podrá disfrutar de ella, sin que los hijos puedan venderla.

Por ello, a los propietarios de bienes que se ofrecen en usufructo se les llaman propietarios nudos, ya que tienen un bien desnudo del que no pueden disfrutar.

¿Cómo se recibe el usufructo?

El proceso legal seguido con la existencia de testamento o sin testamento

El usufructo suele referirse a bienes materiales, y sobre todo a inmuebles, pero también puede entregarse en relación a otros bienes. De todo ello dependerá si se realiza un testamento o no.

En el caso de firmar testamento, los bienes en usufructo pueden dejarse por un tiempo limitado -pongamos 20 años- o durante toda la vida de quienes los recibe. Si se explicitan en un testamento, se trata de usufructo voluntario.

Incluso puede dejarse dinero en usufructo. En este caso, el beneficiario tiene derecho a recibir los intereses que ofrezcan. Y puede disponer de ellos, pero deberá devolverlos al finalizar el periodo.

Si no existe testamento, el usufructo es denominado legal. Lo determina la legislación vigente y es de por vida para quien lo recibe. El usufructo sólo dejará de ser vigente si la persona que lo recibe fallece o no lo utiliza por un tiempo determinado. En el caso de un inmueble, serán necesarios 30 años.

En asuntos familiares habituales no ha de dar problema en la mayoría de los casos. Pero existen muchas otras situaciones en que pueden darse problemas, sobre todo cuando alguno de los hijos -que pasan a ser propietarios de un bien-, no aceptan que su padre o madre viudos reciban el usufructo.

Para evitar este conflicto, existe un mecanismo llamado ‘Cautela Socini’, también conocido como usufructo universal del cónyuge viudo. Esta cláusula testamentaria establece que el hijo que no acepte que la persona que queda viuda disfrute del usufructo pierde todo lo que no sea la legítima estricta en beneficio de los demás hermanos que sí acepten lo acepten.

¿Cuáles son las características principales del usufructo?

El usufructo es un derecho real, lo cual implica lo siguiente:

Se trata de un derecho que recae sobre las cosas (bienes muebles e inmuebles) y que por lo tanto establece una relación directa de persona titular con cosas materiales. Este derecho no puede recaer sobre otro derecho personal, únicamente sobre otros derechos reales: la propiedad, la servidumbre, o la hipoteca.

Son derechos denominados “Erga Omnes”, lo que quiere decir que pueden oponerse frente a todos. No se trata de una relación bilateral o multilateral de la que se desprenden obligaciones para con una o varias personas; esto serían derechos y obligaciones personales. En cambio, los derechos reales permiten ir contra todo aquel que no respete este derecho del titular sobre la cosa. Por ejemplo, el propietario de una finca, como titular del terreno, podrá impedir el paso por el mismo. A no ser que exista alguna servidumbre sobre éste. Así mismo, podrá impedir que se recojan los frutos que crezcan dentro del perímetro de su propiedad.

Por último, su condición de derechos reales hace posible su inscripción en el registro mercantil. Esta inscripción será de vital importancia para llevar un control sobre los gravámenes a los que están sometidos los bienes. A su vez la publicidad registral servirá de prueba frente a terceros. Cualquiera podrá ver reflejada la existencia de este derecho en el registro y deberá respetarlo. Esta inscripción no es constitutiva del derecho, salvo en el caso de la hipoteca, pero es conveniente realizarla para que se desplieguen de manera efectiva los efectos erga omnes.

¿Cuáles son los límites y obligaciones que comporta este derecho?

En primer lugar tenemos que tener en cuenta que el uso y disfrute sobre la cosa está condicionado a que la misma se devuelva en perfecto estado de conservación. Esto implica que el usufructuario va a tener que realizar un uso correcto, así como acciones de mantenimiento y reparación en el caso de que sean necesarias. Respecto a ello, el usufructuario deberá efectuar las reparaciones ordinarias que surjan derivadas del uso. En cambio, el propietario estará obligado a las reparaciones de extraordinaria y urgente necesidad para su uso.

Por otro lado, el usufructo también puede limitarse en su constitución por una serie de elementos. Por ejemplo, su extensión sobre la cosa puede ser parcial, así como el aprovechamiento de los frutos. En todo caso deberán respetarse los porcentajes sobre el terreno o los frutos aprovechables.

También en el tiempo está limitado este derecho, pudiendo extenderse por un periodo limitado, así como someterse a alguna condición concreta. Lo normal suele ser que se extienda por el periodo de vida del usufructuario, hasta su muerte. Pese a ello, nada obsta a que se prolongase también a una segunda generación.

El usufructuario, puede aprovechar la cosa por sí mismo, pero también podrá arrendarla o enajenar su derecho de usufructo a una tercera persona. No obstante este derecho se extinguirá igualmente cuando se extinga el usufructo principal. El usufructuario responderá por los daños que hayan podido causar aquellos a los que se haya arrendado o cedido.

Requisitos fundamentales para la constitución del usufructo

Además de lo dicho anteriormente, es muy importante la obligación de hacer inventario y también de otorgar fianza. Debe hacerse previa entrada o comienzo del goce de la cosa usufructuada. Con ello se reconoce el estado de las cosas antes de comenzar a usarlas, garantizando que se puedan devolver en el mismo estado. También se otorga una cantidad como fianza que sella el compromiso de cumplir con sus obligaciones usufructuarias.

¿En qué se diferencia el usufructo común del usufructo viudal?

El usufructo viudal está pensado para mantener al cónyuge viudo en el uso y disfrute de las propiedades del difunto. La nuda propiedad pasará a ser de los herederos, generalmente los hijos, pero también otros designados por disposición testamentaria. Este usufructo suele tener como fin que el viudo pueda seguir usando la vivienda familiar, sin que se le pueda despojar de ella. No obstante, no es el único bien del que va a poder disponer. Se trata generalmente de un usufructo de carácter universal, y en cuanto a él, hay que ceñirse a lo dispuesto por la ley; no se puede limitar en su extensión ni en cuanto al aprovechamiento de sus frutos, ya que no deriva de un pacto sino de disposición legal.

Finalmente, en este caso la constitución del usufructo tendrá lugar sin necesidad de que medie fianza de por medio. No obstante seguirá siendo pertinente hacer inventario para saber cuál es el estado de las cosas al momento de su recepción. Pese a todo, la ley prevé que se pueda dispensar tanto del inventario como del fianza, cuando se estimen que no son necesarias.

¿Cuáles son las causas de extinción del usufructo?

En primer lugar, la extinción puede llegar, como viene siendo más habitual, por muerte del usufructuario. No obstante, también puede suceder antes, por expirar el plazo por el que se constituyó, o cumplirse la condición resolutoria acordada.

Otro supuesto de extinción es aquel en el que se produce la reunión del usufructo y la propiedad en una misma persona. Sucede en el caso de que sea vendida por el nudo propietario. También se produciría por la renuncia del usufructuario al mismo.

Por último, algunos otros casos son: la pérdida total de la cosa objeto del usufructo, la resolución del derecho del constituyente o la prescripción.

A la hora de hacer un testamento, es importante conocer todas las opciones y posibilidades que el testador posee. Por esta razón es recomendable contar con la asesoría de profesionales expertos en derecho sucesorio como el equipo de abogados de Testamenta. Para ello puedes ponerte en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos en Consultas para responder todas tus preguntas por un precio muy asequible.

Si te ha gustado este post… ¡ Danos 5 estrellas !

Si tienes cualquier duda, pregunta o sugerencia sobre el usufructo te invitamos a que dejes tu comentario al final de esta página.

Haz tu consulta sobre usufructo a nuestros abogados

Nuestros abogados estudiarán tu caso para ayudarte legalmente. Haz tu consulta.

+ información

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 46 Promedio: 4.4)

About The Author

Departamento de Marketing de Testamenta. Blog de testamentos, herencias, sucesiones con artículos de abogados expertos en derecho sucesorio. Resolvemos todas las dudas, preguntas y damos consejos sobre herencias, testamentos e impuestos de sucesiones.

Related posts

303 Comments

  1. miguel

    mi padre me dio un piso en vida y mantiene el usufructo. estamos viviendo juntos. el puede traer invitados sin mi permiso? me puede echar de casa? puede traer a otro de mis hermanos a vivir en esa casa con su familia y asi echarme a mi? puede dar o regalar pinturas o objetos de valor a ese hermano sin mi consentimiento?
    gracias por toda su ayuda.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Miguel,

      Para responder a tu caso concreto, necesitas consultar a un abogado experto ya que estamos ante una cuestión más compleja de lo habitual.

      Para ello, te recomiendo ponerte en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderá rápidamente a tus preguntas en Consultas.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
    2. Un comentarista

      Voy a intentar resolverte por encima tus dudas con palabras comunes.
      Cuando comentas que tu padre te dio un piso en vida, hay que entender, que el piso fue escriturado a tu nombre y él se quedó con el usufructo (derecho al uso por parte de él, alquilarlo, etc…). Por lo tanto tu eres el propietario pero tiene todo el derecho a hacer buenamente con el uso lo que le parezca. Así que la pregunta de que si puede traer invitados a su casa es claro que sí.
      La segunda pregunta es más general, echar de casa a un hijo no es tan fácil legalmente, pues si eres menor de edad, estaría el incumpliendo leyes. Realmente esa pregunta tiene poco que ver con un caso de usufructo, sería un caso general de en que condiciones puede echar un padre a un hijo de casa. La pregunta de tu hermano y volver a echarte, es una unión de las dos primeras.
      Sobre las pinturas, si te pertenecen a ti no debería de regalarlas. Pero si le pertenecen a él, puede hacer con ellas lo que le plazca. Recuerda una cosa importante, él es dueño de todas sus propiedades mientras esté vivo, y poder venderlas y regalarlas a su antojo.
      Simplemente se aseguró de una cosa, que esa vivienda si la escrituró a tu nombre, te la dio concretamente a ti, y a tu hermano no le pertenece nada de ella (porque como dueño puede hacerlo), lo único que se preocupó fue que mientras esté en vida, hicieras lo que hicieras con esa vivienda (podrías venderla), nadie pueda echarlo, sólo la muerte (y que ocurra en muchos años), puede hacer que el dueño (que en este caso eres tu) se quede con el derecho al uso u alquiler de ella.

      He intentando ser rápido y no entrar en variantes para que entiendas que te regalo simplemente la casa, para que tu fueras el único dueño y por desgracia de la vida la perdieras por cualquier motivo, nadie pueda echarlo.

      Reply
  2. Silvina

    Hola, me pareció muy interesante el artículo sobre el usufructo. Mi duda es si puede realizarse usufructo sobre un inmueble a favor de hijos menores de edad para que, en caso de divorcio, no esté sujeto el inmueble a la división de bienes. Gracias por la respuesta

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Silvina,

      En respuesta a tu caso concreto, el usufructo es un derecho que grava la finca, en caso de venta, liquidación o cualquier otra operación de división por parte de los nudos propietarios no altera el derecho de usufructo que sigue en vigor sea quien sea el dueño de la finca.

      Si tienes cualquier duda o pregunta más te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en herencias, testamentos y sucesiones que resolverá cualquier pregunta que tengas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  3. tania

    hola yo tengo la nuda propiedad de subsuelo de un campo y a mis padres los puse como dueños de subsuelo vitalicio mi madre fallecio hace 12 años y mi padre aun sigue vivo hace cosa de 5 años mi hermana mayor se vino a casa a vivir y la relación es muy mala me a escondido las escrituras de mi casa y me amenaza de que me va a echar de ella y se a puesto de acuerdo con mi padre de hacer un alquiler a mi hermana con 40 años de inquilino para el dia que mi padre fallezca ella quedarse en mi casa y yo no poder hecharla y no poder vivir yo en mi casa con mi novia y mi hija pequeña ellos pueden hacer algo de esa manera o es mentira porque la verdad que no me fio de ellos se que mi padre como dueño de disfruta la casa puede alquilarla pero nose si ese alquiler puede estar después de muerto o al fallecer el el alquiler queda nulo y tomaría posesión el dueño

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Tania,

      Respondiendo a tu preguntas, los contratos firmados por un usufructuario se extinguen a su fallecimiento. De nada servirá si hace un alquiler de 40 años.

      Espero haber resuelto tu duda, si tienes cualquier pregunta más te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en herencias, testamentos y sucesiones que responderá a tus preguntas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  4. Marta Garcia

    Puede dejar testamento mi madre en usufructo a 5 de sus 6 hijos?.
    Este otro tiene esquizofrenia paranoide, destroza todo, es muy agresivo y no tiene control con el dinero.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Marta,

      Para responder concretamente a tu pregunta, te recomiendo que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados expertos en testamentos, herencias y sucesiones en Consultas. Ellos responderán con la mayor brevedad posible a tu consulta y lo harán de forma concreta para resolver tu duda.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
    2. Un comentarista

      Entiendo que cuando dices dejar en testamento, es cuando por desgracia de la vida tu madre falleciera, pero
      Tu pregunta en el fondo quiere decir, ¿puede mi madre desheredar a un hijo?, aunque se han dado casos es muy dificil quitarle el derecho, aunque por la enfermedad que cuentas, deberías de acudir a un profesional.
      La mejor forma para hacer eso que quieres, es que lo hiciera en vida tu madre, y si la totalidad de la vivienda en cuestión le pertenece a ella al 100%. Haciendo una venta de ella a otro propietario (5 hijos), y pagando estos los impuestos pertinentes por adquisición de vivienda.

      Reply
  5. Maria

    Buenas tardes,
    Trabajo en una residencia de gente mayor. El caso es que una residente es usufructuaria de un piso, del cual ni hace uso ni obtiene ningún beneficio y solo le da gastos. Actualmente no se encuentra en plenas capacidades de decidir a causa de la demencia, pero no esta incapacitada. No tiene ningún familiar que le de soporte, cuida de ella una ex sobrina la cual tiene poderes notariales para hacer movimientos económicos. Puede esta exsobrina renunciar al usufructo son los poderes que tiene? O que manera hay para renunciar a él?
    Muchas gracias.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Maria,

      En respuesta a tu pregunta, si los poderes no contemplan esa facultad de renuncia de derechos no queda otra opción que la incapacitación y que sea el tutor quien haga la renuncia.

      Si tienes más dudas sobre te este tema puedes contactar con un abogado experto en herencias y sucesiones en Consultas.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  6. Ramon Baquero

    Tengo una compañera permanente hace un año y quiero que si fallezco ella pueda seguir viviendo en la propiedad que adquirí antes de la unión hasta su muerte siempre y cuando viva en ella. Si deja de vivir en ella o fallece ya pasará a mis hijos. Se puede? Como?

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Ramon,

      Dada la complejidad de tu consulta para responder a esta es necesario que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamento, en Consultas, donde responderán de forma totalmente online y en la mayor brevedad posible.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
      1. Monica aricape

        Buenas noches, quisiera ofreserle en usufruto a mi compañero de vida una propiedad de un primer piso para que lo disfrute el tiempo que tenga de vida,si yo fallezco,al morir el la propiedad pasaria a mis dos hijas que no son de él,el usufruto muere ahi?

        Reply
        1. Testamenta

          Hola Mónica,

          Lo que puede hacer para que sus hijas tengan derecho a la propiedad es nombrar usufructuario a su pareja y hacer propietarias a sus hijas para que el día en el que su pareja ya no esté, la propiedad pase directamente a sus hijas. En la siguiente infografía le dejo los derechos que tiene una persona usufructuaria.

          Además creo que puede ser de su interés el siguiente artículo que habla de los trámites necesarios para aceptar una herencia como usufructo.

          Si quieres ampliar la información, te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

          ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

          Gracias por tu comentario.

          Un saludo,

          Testamenta

          Reply
  7. Agustin

    Hola una consulta tengo un hermano q esta viviendo en una casa y terreno q vivia mi papa fallecido pero no estoy al tanto si es de mi papa o de mi abula ya todos fallecidos. Y el no me deja ir a vivir ahi. Yo no tengo donde ir a vivir estoy en la calle puedo entar a vivir en ese trreno. X q x lo dicho los dos tenemos mismo derecho

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Agustín,

      Es difícil contestar, primero habría que ver a nombre de quien figura la finca en el registro de la propiedad y luego ver quienes serían los herederos para saber si Ud. tiene algún derecho sobre ese inmueble.

      Si necesitas resolver más dudas o preguntas te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  8. Juan

    Hola, interesante articulo, mi caso es el siguiente, espero me puedan aclarar un poco el panorama.
    Somos 10 hermanos que tienen en supuesto derecho a herencia sobre los bienes que mis padres dejaron intestados, ambos ya fallecieron. Algunos de mis hermanos ven la posibilidad de nombrar a 2 o 3 de mis hermanas como propietarias del inmueble y el resto estaríamos en usufructo, usar los bienes pero sin ser dueños.
    En mi caso yo vivo lejos de la propiedad en cuestión y casi nunca estoy en ella, sin embargo me pertenecería una parte, el usufructo prácticamente es renunciar a la propiedad. ¿Que pasa si yo me opongo al usufructo? ¿Que pasa si la decisión es mayoritaria y no por unanimidad?

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Juan,

      En respuesta a tu pregunta, lo que comentas es que algunos de los hermanos renuncien a su cuota de propiedad a cambio de un derecho de usufructo. Si no quieres no tienes porqué renunciar a su derecho de propiedad.

      Espero haberte ayudado, si tienes cualquier otra pregunta o consulta te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en herencias y sucesiones, donde responderán atentamente y con la mayor brevedad posible todas sus dudas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  9. Elizabeth

    Buenas tardes, en una casa que era del abuelo al fallecer se reparten la herencia el piso de arriba para un hijo el de abajo para el otro y un garaje para la mujer( la viuda), al hacer la repartición se puso a la viuda como usufructuaria de los 2 pisos, pero al tiempo fallececio uno de los hijos dejando mujer y dos hijos, sin hacer testamento, pero si hay declaración de herederos,mi pregunta es? La abuela sigue siendo la usufructuaria del piso? O al fallecer el hijo, que era el propietario, se anula ese usufructo y pasa a ser de su vuida y no de su madre? Un saludo y gracias!

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Elisabeth,

      Respondiendo a tu pregunta, el usufructo va ligado a la vida del usufructuario, por tanto el usufructo sigue vigente salvo que el título por el que adquirió dicho usufructo dispusiera otra cosa expresamente.

      Si tienes cualquier pregunta más te invito a que visites nuestra página Testamenta y hagas tu consulta a uno de nuestros abogados exeprtos en herencias, testamentos y derecho sucesorio que responderá lo más rápido posible todas tus dudas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  10. Elena

    Hola. Vivo hace 5 años con mi pareja en su casa. Tenemos 1 hija. No estamos casados ni pareja de hecho. Si no hacemos testamente y el fallece su familia podrian hecharnos de esa casa? Supongo que pasaria todo a mi hija? Que pasaria con su cuenta bancaria al ser mi hija menor de edad y yo no tener acceso?

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Elena,

      Dando respuesta a tu comentario, dependerá de la comunidad autónoma donde se encuentre, aunque la hija en casi todos los supuestos sería la heredera. No obstante ello, al ser menor de edad tendría dificultades para disponer y gestionar la vivienda, al igual que las cuentas bancarias, por lo que debe hacer testamento para agilizar la aceptación de herencia y asegurarse la gestión y administración de la vivienda y las cuentas de su hija menor, así como fijar un usufructo a su favor o disponer de los bienes a su favor para evitar que su hija le dejara sin nada.

      Si tiene cualquier duda más a resolver, le informamos que desde Testamenta,contamos un con equipo de expertos abogados en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderán a cualquiera de tus dudas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  11. Lucía

    Buenas tardes, mi madre falleció (la casa la compraron los dos y mi madre no hizo testamento). Qué herencia me corresponde? Y lo más importante: mi padre me echó de mi casa, tengo 21 años y no me ayuda en nada, no tengo trabajo, nada. No me deja volver a mi casa, tiene una nueva novia y no me deja entrar ni nada… eso es legal? Yo no puedo reclamar nada? Nisiquiera la parte que me correspondería de mi madre? Gracias.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Lucía,

      En principio si no hizo testamento tiene derecho a la parte de su madre. Debe hacer una declaración de herederos y luego aceptar su parte. Una vez aceptada, será copropietaria de la vivienda y luego si su padre no quiere dejarla entrar puede demandarlo para obligarlo a vender la vivienda.

      Si tiene cualquier duda más a resolver, le informamos que desde Testamenta,contamos un con equipo de expertos abogados en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderán a cualquiera de tus dudas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  12. Maria Castillo

    Buenos dias, y muchas gracias por compartir su interesante articulo. Tengo la siguiente consulta: mi padre vendió un negocio que había heredado de sus padres y compró con ese dinero un piso que registró directamente a nombre de sus 3 hijos (mis hermanos y yo).
    Mi padre quedaba registrado como usufructuario al 50% y mi madre quedaba como usufructuaria al 50% de la vivienda.
    Ahora mi padre ha fallecido y esa propiedad no es parte de la herencia, ya que estaba ya registrada a nuestro nombre. Mi pregunta es la siguiente: ?El 50% usufructo de mi padre lo heredamos los 3 herederos universales (designados por testamento por mi padre)? ?O que ocurre con ese 50% de usufructo de la vivienda que no pertenece a mi madre? La vivienda esta alquilada y ahora mismo lo esta recibiendo todo mi madre, pero yo quiero proponer que el 50% de ese alquiler se utilice a cubrir gastos de otra vivienda que hemos heredado. Pero no se lo que dice la ley al respecto de ese 50% de usufructo, si lo heredamos los hijos o no. !Muchas gracias por adelantado y que tengan todos un buen día!

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Maria,

      Para responder a tu pregunta te recomiendo que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio y herencias que responderá a tu cuestión de forma concreta en Consultas.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  13. Silvia

    Hola, mi mama murió hace muchos años y mi papa al hacer la sucesión colocó todos los bienes a mi nombre pero con usufructo para que él pudiera seguir viviendo en la casa. Yo soy hija única y tanto la casa como el automóvil están a mi nombre. Hace menos de un mes fallecio mi papá, mi pregunta es: al fallecer mi papá yo ya puedo disponer de la casa y venderla o debo hacer algún otro trámite?.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Silvia,

      En principio deberás cancelar el usufructo mediante instancia con firma legitimada acompañando el certificado de defunción. Puedes encargarnos la tramitación del mismo Testamenta (certificado de defunción y instancia al registro con firma legitimada).

      Muchas gracias por tu comentario,

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  14. Rosa

    Buenos días, un artículo muy interesante.
    Mi duda es la siguiente, puedo dejar un piso en herencia a mis 3 sobrinos de parte de mi pareja dejando de usufructuario a uno de mis hermanos?
    Muchas gracias.
    Saludos
    Rosa

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Rosa,

      Si efectivamente , dentro de los límites legales a la libertad de disposición en caso de existencia de familiares directos tales como hijos.

      Si necesitas más información o tienes cualquier otra duda desde Testamenta, te invitamos a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderá a cualquier duda o cuestión que tengas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Reply
  15. Carmen

    En primer lugar muchas gracias por sus artículos.
    Mi consulta es la siguiente. Falleció mi madre y le le dejó el usufructo a mi padre,el vive conmigo en mi casa,mi hermano quiere que vendamos la casa de mis padres,mi padre al respecto se mantiene al margen pero yo no quiero q se venda.
    Mi pregunta es si estamos obligados a vender o en cualquier caso abonarle su parte?
    Si a mi padre le da igual y yo no quiero,estoy obligada?
    Que tanto por ciento corresponde a los herederos?
    Muchas gracias

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Carmen,

      Para responder a tu pregunta es necesario que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados expertos en herencias, testamentos y derecho sucesorio que responderá de manera personaliza, concreta y efectiva a la duda que planteas. Aquí tienes el enlace para ponerte en contacto con él.

      Gracias.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  16. Jesus

    Hola, quería hacer una pregunta, mi hermana y yo somos nudos propietarios al 50% de una vivienda de la cual mis padres son los usufructuarios vitalicios, simultáneos y sucesivos.
    Yo quiero comprarme una vivienda de protección para lo cual uno de los de los requisitos para acceder a ella, es no tener otra vivienda en propiedad en el territorio nacional.
    Como digo anteriormente sí que soy propietario de 50% de una vivienda en territorio nacional, pero yo no puedo utilizarla mientras vivan mis padres, es lo mismo que si mis padres tienen una vivienda y me lo dejan en herencia cuando ellos fallezcan.
    Mi pregunta es, puedo yo acceder a esta vivienda de protección oficial siendo yo, nudo propietario al 50% de una vivienda en territorio nacional.
    Espero su respuesta.
    Muchas gracias.
    Un saludo.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Jesús,

      En este sentido parece que la única opción es vender esa vivienda o renunciar a esa propiedad.

      Espero haber resuelto tu duda. Si tienes cualquier pregunta más un abogado experto en derecho sucesorio y herencias te atenderá en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  17. Carmen

    Buenas tardes: Yo tengo una casa en propiedad y mis padres son usufructuarios de ella, el dia que ellos falten puedo vender mi casa sin problema?. Gracias

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Carmen,

      Efectivamente, en el momento en que sus padres fallezcan queda extinguido el usufructo y la finca libre de cargas. No obstante sepa que también puede venderla con el usufructo, simplemente que el comprador debe respetar ese derecho de usufructo, seria como una inversión.

      Si tienes cualquier otra duda te invito a que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados especialistas en derecho sucesorio, herencias y testamentos en Consultas.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Reply
  18. Yukino

    Hola yo tengo una situación complicada, mi madre murió y si hay testamento otorgando a los 5 hermanos en partes iguales sus bienes que son su casa y todo el mobiliario, pero 2 de ellos viven en casa de mi madre, son departamentos que ella les alquilaba, ahora en ese caso como funciona el usufructo porque yo temo que ellos no quieran abandonar la casa para venderla como acordamos

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Yukino,

      El usufructo que tenía su madre se extinguió con la muerte. Ahora lo que tienen es que son herederos por iguales partes de esa casa y por tanto para venderla es necesario que todos estén de acuerdo, en caso de que no se pongan de acuerdo pueden acudir al juzgado que subastaría la casa y con lo obtenido repartiría entre los 5.

      Espero haberte ayudado en tu consulta. Si tienes cualquier otra pregunta te invito a ponerte en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderá tus dudas en Consultas

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  19. norma gonzalez

    yo done en vida mis propiedades junto a mi esposo para los hijos un año después Fallece mi esposo y quedó con el usufructo vitalicio con derecho acreceer .las compras de las propiedades están a nombre de mi esposo casado en 1ras nupcias con mi persona ahora pasaron 7 años y mi hija mayor quiere vender todo deharme en la calle y ni quiere pagarme el usufructo .mi pregunta ?lo puede hacer

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Norma,

      Es difícil contestar sin ver documentos, si eres usufructuaria evidentemente puede cobrar para liberar las propiedades de ese usufructo. Si tiene el usufructo inscrito en el registro de la propiedad difícilmente su hija podrá vender nada. También seria bueno que estudiara la posibilidad de revocar esas donaciones por ingratitud de su hija. Eso ya requeriría un estudio más pormenorizado.

      Espero haberte ayudado en tu consulta. Si tienes cualquier otra pregunta te invito a ponerte en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderá tus dudas en Consultas

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  20. Pedro Garcia

    Mi madre tiene usufruto local que me tiene alquilado a mi su hijo yo pago alquiler y todos impuestos que requiere luz hacienda .
    excepto ibi agua comunidad tributos ayunta los paga mi madre.
    Mi madre es ya mayor 87 años el dia que fallezca mis otros hermano pueden reclamar derecho sobre redimiento del local.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Pedro,

      El día que su madre fallezca ese local pasa ya a la plena propiedad de sus herederos, entendemos Ud. y sus hermanos y por tanto deberá negociar un nuevo alquiler con ellos para seguir ostentando el uso.

      Espero haberte ayudado en tu consulta. Si tienes cualquier otra pregunta te invito a ponerte en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderá tus dudas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  21. Puñar

    Hola, buenas tardes , somos 4 hermanos y solo yo cuido de mi madre . Me puso en testamento como usufructuaria si a ella le pasara algo . Que puede ocurrir después respecto a mis hermanos? Pueden tirarme ?

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Puñar,

      Solo pueden privarle del usufructo rescatando el mismo, es decir abonando el precio de ese usufructo que se calcula en función de su edad y patrimonio recibido.

      Espero haberte ayudado en tu consulta. Si tienes cualquier otra pregunta te invito a ponerte en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderá tus dudas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  22. Isabel

    Mi suegra tiene un piso que le dejó su madre ahora queríamos pedir una hipoteca sobre la vivienda pero en el usufructo todavía sale el nonbre de la madre de mi suegra ella falleció en el 2008 queremos canbiar ese usufructo para que salga mi suegra en el en vez de su madre como podemos hacerlo o donde se hace

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Isabel,

      Hay que comunicar al registro los fallecimientos de los usufructuarios aportando los correspondientes certificados de defunción.

      Espero haberte ayudado en tu consulta. Si tienes cualquier otra pregunta te invito a ponerte en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderá tus dudas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  23. Maria

    Hola buenas tardes…
    Con motivo al fallecimiento de mi padre les dejo en herencia un piso a mis dos hijas de cual tengo el usufructo hasta mi fallecimiento.
    Tienen derecho a hecharme del piso?
    Puedo elejir quien convive conmigo y hechar a la persona que no me es agradable su convivencia?
    Puedo cambiar la cerradura para que esa persona no entre en casa?
    Gracias por su amable tiempo.Un saludo.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Maria,

      El usufructuario tiene el pleno y exclusivo derecho a usar y disfrutar del bien en usufructo, por tanto no la pueden perturbar y evidentemente puede dejar entrar y vivir a quien Ud. desee. Puede claro está, cambiar la cerradura.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  24. Claudia Martínez Durán

    Mi mama supuestamente le vende a su hermano la nuda propiedad y ella se queda con el usufructo vitalicio, más nunca la dejaron ni entrar, el ya falleció y ahí siguen sus hijos. El no les hizo testamento

    Reply
  25. Martha Silvia Solis Bazán

    Hola una pregunta, mi mama falleció hace dos años y dejo su testamento, dejandole su casa a mi hermano el mayor, ella vivía con su pareja. en la casa El señor no se ha salido de la casa y no nos permite tomar las pertenencias de mi madre. El sabe que existe un testamento en donde la casa es para mi hermano pero aun así no la desocupa. Este señor no se ha divorciado y tiene hijos y hasta nietos. mi hermano no ha querido desalojarlo pues siente pena por el., pero no sabemos si después pueda haber problemas con los hijos de este señor que quieran exigir la propiedad.. No se ha hecho hasta el momento ningún tramite y el paga todos los servicios de la casa… que nos sugieren hacer?

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Martha,

      En estos casos es mejor acudir a un abogado para que inste las acciones oportunas ante el Juez.

      Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con uno de nuestros abogados en este enlace.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  26. Martha Silvia Solis Bazán

    Hola Buenas tardes, una pregunta, mi mama falleció hace dos años y dejo su testamento en el deja su casa a mi hermano el mayor. mi mama vivía en su casa con su pareja y este señor sigue habitando la casa, no nos ha dejado sacar las pertenencias de mi madre. Mi hermano el mayor no lo ha querido sacar porque siente pena por el, pero el continua casado y tiene hijos y hasta nietos. Mi pregunta es no habrá después problemas con los hijos que quieran exigir la propiedad? Este señor sigue viviendo ahí y pago todos los servicios de la casa

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Martha,

      Para responder a la cuestión que nos planteas es necesario que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados expertos en herencias, testamentos y derecho sucesorio en este enlace.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  27. Giovanni

    Buenas, me gustaría saber si el dueño de la propiedad con 4 hijos con usufructos, puede hipotecar la propiedad sin consentimiento de los hijos???

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Giovanni,

      Efectivamente, al ser propietario tiene derecho a gravar la finca e incluso venderla, eso si el usufructo siempre estará a salvo.

      Si tiene alguna pregunta más un abogado experto en derecho sucesorio y herencias estará encantado de responderle en este enlace.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Geard.

      Reply
  28. Ivonne

    Hola mis abuelos han dejado en el testamento a sus dos hijas y a mí su nieta podrían ponerme en usufructo vitalicio para que cuando ellos murieran mis tías no pudieran vender la casa ni echarme .Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Ivonne,

      En efecto, tu abuelo podría nombrarte usufructuaria de la vivienda y nombrar propietarias a sus hijas. En la siguiente infografía te explicamos las ventajas de una persona usufructuaria de una vivienda.

      Te comento que debéis tener en cuenta que si os encontráis en España, aquí existe la legítima, la cual consiste en que la ley exige que la persona que deja testamento debe dejar una parte de la herencia a repartir entre todos los hijos. En el siguiente enlace podrás ver que es la legítima y como se reparte. En Cataluña la legítima es de un 25% de la herencia. Para saber como se reparte en España, visita la siguiente infografia.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  29. Roberto Arias

    Hola, mi padre está casado en segundas nupcias con una mujer que ya posee un piso en propiedad diferente al conyugal. Mi padre quiere que el domicilio conyugal sea mi vivienda cuando el fallezca, pero tiene miedo de que su actual mujer se agarre al derecho de habitacion. Hay alguna manera de que ella no pueda ejercer ese derecho? Como por ejemplo que me done el piso en vida? Un saludo, Roberto

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Roberto,

      El primer paso y el más necesario sería que su padre le diera el usufructo a usted de esa vivienda, y fuera usted usufructuario único y no su mujer. Además creo que sería conveniente que lo respaldara un testamento.

      De todos modos para tener una respuesta totalmente cierta aportada por un abogado experto en derecho de sucesiones le recomiendo que haga una consulta a nuestros abogados expertos en derecho de sucesiones a través de nuestro apartado de consultas.

      Muchas gracias por su comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  30. Laura

    Buenas tardes.
    Mis abuelos tenían una casa y al morir mi abuelo la casa pasó a mi abuela como usufructo. Mi tía vendió a mi padre la parte que le correspondía de la casa y ahora ( aún vive mi abuela ) ella quiere disfrutar de la casa porque dice que es de su madre.
    Tras algunas disputas mi padre no quiere que mi tía entre en la casa.
    Puede mi padre prohibirle la entrada? O como mi abuela sigue viva ella tiene derecho?? . Porque mi padre es el que paga contribución, basura, luz, gas……..
    Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Laura,

      Leyendo tu caso, la propietaria actualmente es tu madre Laura, no sé si está a nombre de tu padre y madre, pero en todo caso, por lo que me has dicho, la que tiene la potestad es tu madre al ser la propietaria.

      El hecho que tu abuela tenga el usufructo solo quiere decir que no se puede echar a tu abuela de casa, pero la propiedad como tal, tiene el derecho la propietaria, es decir, tu madre no tu abuela. Siempre que tu madre sea la plena propietaria.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
    2. Un comentarista

      Tal como lo dices, está claro que tu abuela tiene toda la plenitud para hacerlo. Ahora bien, cuando comentas que «pasó», entiendo mas que estas hablando mas de haber heredado, que de que tu abuelo, haya asegurado el 100% de usufructo a tu abuela. Piensa que cuando se hereda, el cónyuge (tu abuela) tiene un % de ella, pero los hijos (tu padre y tu tía), también se quedaron con otras, que comprara tu padre la de tu tía, no le hace que tenga 100% el derecho de usufructo, ya que tu abuela tiene su parte.
      Es un conflicto como estará ocurriendo entre tu padre y tu abuela, de que no la deje pasar. Pero recuerda una cosa ese conflicto se agravará aún mas sino se resuelve buenamente, cuando por desgracia tu abuela fallezca, ya que tu padre y tu tía de nuevo estarán enfrentados. Suerte

      Reply
  31. Alejandra lopera

    saludos, mi madre en vida puso un usufructo a nombre de mi hermano, ya mi mama murió y mi padre tambien, somos solo dos hijos, tengo derecho en esa propiedad ? o al tener el usufructo es de el, el nunca vivio en esa casa, solo mis papas, gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Alejandra,

      Para poder responder sería necesario tener algún dato más, como si existe un testamento.

      Si existe testamento tendrá derecho a la propiedad si así lo expresa el testamento. En caso de no existir un testamento si que tiene derecho sobre esa propiedad ya que su hermano y usted son herederos a partes igual.

      En caso de querer profundizar más en el asunto le recomiendo que se ponga en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio en este enlace, o si necesita asesoramiento con el proceso.

      Muchas gracias por su comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
    2. Un comentarista

      Tu madre lo que hizo fue asegurarse de que tu hermano mientras esté en vida pueda hacer uso de esa casa, vivir, alquilarla etc.. A lo cuál tu no tendrías derecho.
      Sólo dejándote la titularidad de la misma compartida con él.

      Realmente os pertenece a los dos, pero tu no tienes ni derecho al uso ni derecho a alquilarla, etc.. mientras tu hermano esté en vida.

      pregunta a un profesional. Porque creí leer arriba una variante a estos casos.

      Reply
  32. Manuel otero

    Hola quisiera saber si una persona que disfruta del usufruto, puede vender alguna de las propiedades del usufruto para poder pagar una residencia de ancianos pues lo recursos de los que dispone no le permiten hacerlo.

    Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Manuel,

      Si le da permiso la persona que goza de la nuda propiedad si se puede, en caso de no ser así no podría hacerse.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  33. Madre

    Sólo tengo una hija y me gustaría dejarle en usufructo o donación u otra forma (lo que saliese más beneficiario ).Estoy divorciada y lo que no quiero es que si a mi hija le pasase algo si padre pudiese heredar nada….Que me recomiendan ustd ?Cual sería la mejor opción. ..Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas días,

      Para poder responder a esta pregunta la verdad es que será mejor que te pongas en contacto con un abogado experto en derecho sucesorio. Para ello puedes hacerlo a través de este enlace.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  34. Margarita

    Mi consulta es :mi papa dueño de una propiedad hiso un sufructo a su hijo mayor pero ahora a mi papá lo hecharon de la casa y el quiere deshacer eso, esta arrepentido .como lo puede hacer??

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Margarita,

      La verdad es que no puedo responder de manera directa a este caso, ya que seguramente sea necesario algún dato más y no soy un experto en el tema.
      Para poder ser atendida por un abogado experto en derecho sucesorio te recomiendo que realices una consulta a través del apartado de consultas de nuestra web en este enlace.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  35. Edgar

    Hola soy Edgar tengo tres hermanas más mi madre divorciada de mi padre se casa con otro hombre los cuales con el tiempo me venden su casa solo a mí con un usufruto vitalicio la pareja de mi madre falleció y quedó mi madre sola mis hermanas la internan en un geriátrico a la casa la alquilan quiero saber si se puede dar de baja el usufructo vitalicio ya que mi madre no habita la casa

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Edgar,

      Seguramente no habrá problema con ello. Pero no puedo asegurarte al 100% que sea así. Personalmente lo que haría sería ponerme en contacto con uno de nuestros abogados expertos a través de una consulta para que te responda y te guíe un poco por como puede ser y que puede hacerse.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  36. Antonia

    Hola!!! Muy interesante el artículo. Gracias. En mi caso, mi madre falleció y dejó el usufructo a su marido de la vivienda propiedad de ella. Él acaba de casarse pero está en fase terminal y no entiendo si lo que pretende es dejar a su nueva esposa viviendo allí. Eso sería factible ? Soy hija única y heredera universal. Saludos y gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Antonia,

      Personalmente creo que sería necesario saber si su padre tiene testamento. En ese caso sería fácil de saber, si usted no sabe si tiene testamento y no puede/quiere preguntarlo, nosotros podemos averiguar si existe un testamento con nuestro servicio de localizar testamento.

      En caso de no haber testamento, no sería fácil la respuesta… imagino que ella está viviendo en la casa por como formula la consulta.

      Le recomendaría que formulase la consulta a través de nuestro apartado de consultas para que así un abogado experto en derecho sucesorio pueda atender a su consulta y darle la mejor respuesta posible.

      Muchas gracias por su comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  37. Juan

    Hola! una consulta: queremos comprar un departamento y ponerlo a nombre de nuestros 2 hijos que son menores de edad, nosotros (los padres) podemos alquilarlo y utilizar ese dinero? Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Juan,

      Si usted es el tutor de sus hijos, que entiendo que si por como me lo comenta, no debería haber ningún problema. En el caso de no serlo ya debería tratarse el caso de manera determinada con un experto en el tema.

      Muchas gracias por su comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  38. Laura Faner

    Hola.
    Un bien inmueble con usufructo a favor de un tercero, en caso de fallecimiento de la nuda propiedad -en cuyo caso la propiedad pasaría a sus legales herederos-, ¿Qué ocurre con el usufructo a favor de un tercero?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Laura,

      Si el usufructo estaba cuando el fallecido aún estaba en vida, no creo que deba cambiar. De todos modos yo no puedo asegurarte este dato al no ser un experto del derecho sucesorio. Si quieres tener una respuesta 100% cierta y ser asesorada por uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio te recomiendo que realices tu consulta a través de nuestro apartado de consultas de la web.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  39. Marieta

    Padre fallecido hace años, madre recién fallecida deja en herencia su casa a sus ocho hijos y en usufructo a :»Sin perjuicio de lo anterior lega a sus hijos que se conserven solteros, no realicen vida marital o no tengan medios para adquirir una vivienda propia, el usufructo de la casa» La única hija que reside en la casa, quiere renunciar a la herencia, pero no a ser usufructuaria.
    Pregunta:¿Puede darse el caso de renunciar a la herencia pero seguir siendo la única usufructuaria, continuando en la vivienda siendo los propietarios los demás hermanos que no viven en ella?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Marieta,

      Lo habitual es que cuando un heredero renuncia a la herencia debe hacerlo por completo, por lo que creo que no sería posible. De todos modos no soy un experto en el tema así que te recomendaría que realizases una consulta a nuestros abogados expertos en derechos sucesorio para que atiendan tu pregunta como debe ser atendida.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  40. Antonio

    Hola buenas. Mi duda es: si yo tengo en propiedad una vivienda, y le tengo cedido el usufructo a mis padres vitalicio, si uno de ellos quiere echarme de casa y el otro no, ¿¿tengo la obligación legal de irme de casa??

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Antonio,

      Leyendo tu pregunta personalmente creo que no, pero es un tema delicado tratándose de un tema así y siendo tu el propietario.

      Te recomendaría que te pusieras en contacto con uno de nuestros abogados especialistas en derecho sucesorio, te podrá recomendar y guiar durante el proceso para que tengas la mejor respuesta posible. Puedes hacerlo a través de nuestro apartado de consultas.

      Muchas gracias por tu comentario y espero que podamos ayudarte pronto.

      Un saludo cordial,

      Reply
  41. sonia

    hola vivo con ni pareja sin estar casados el compro piso i me lo quiere dejar en usufructo caso le pase algo pero tiene dos hijos con ese documento tender algún problema

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Sonia,

      No debería existir ningún problema con eso, el usufructo de una propiedad puede tenerlo más de una persona.

      De todos modos, si quieres quedarte más tranquila exponiendo el caso con un abogado experto en derecho de sucesiones puedes hacerlo escribiendo tu consultan en el apartado de consultas de nuestra web.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  42. Isabel

    Buenos dias. El articulo me ha parecido muy interesante, pero no resuelve unas dudas que tengo.
    Mi suegra nos cedió en vida un piso en las siguientes condiciones : propiedad nuda al 50% para mis hijos (2) y el usufructo al 50% entre su hijo y yo.Actualmente tenemos 60 años, y la situación económica es muy delicada. Mi marido es administrador de su empresa, y tiene deudas con hacienda. Como será mas que dificil saldar esas deudas, mi pregunta es …. puede hacienda embargar el usufructo de mi marido, teniendo en cuenta que es la vivienda habitual y no tiene mas propiedades??? Si esto fuera así, podemos, de alguna manera, traspasar su usufructo a mi nombre?? Como se calcula el valor del usufructo en cuestión??

    Gracias por su atención y su respuesta.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Isabel,

      Lamentamos que nuestro artículo no haya resuelto todas sus dudas… si tiene dudas concretas y quiere ser atendida por un abogado experto en derecho sucesorio le recomiendo que la formule a través de nuestro apartado de consultas.

      Muchas gracias por su comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  43. Ana Belen

    Hola buenas tardes. Me gustaría que me ayudase con unas cuantas preguntas. Mi madre falleció hace 3 años y no tenía testamento. Mi madre ya no vivía con mi madre pero seguían casados, y mi padre vive en un piso que compraron cuando se casaron. Al hacer el impuesto sobre sucesiones me dice que el los herederos a partes igualea son los 3 hijos y el usufructo para su cónyuge viudo(mi padre). Eso que significa, que a mi padre sólo le corresponde el usufructo o que también es heredero?
    Saludos

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Ana Belen,

      Para realizar una consulta de este tipo, es recomendable que la realices a través del apartado de consultas de la web, no por el blog. Una vez realices la consulta a través del apartado de consultas un abogado especialista en derecho sucesorio atenderá tu consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  44. Sara Sánchez

    Soy copropietario, junto con otros hermanos y sobrinos en diversos porcentajes, de una vivienda adquirida por todos por herencias de mis padres y de un hermano. También hay un usufructo conseguido por la viuda de mi hermano sin hacer testamento.
    Se ha vendido la vivienda y al hacer el reparto tenemos dudas con el usufructo:
    ¿Quiénes tienen que pagarlo?, ¿entre todos los propietarios?, ¿entre los hijos del hermano fallecido que consiguieron la propiedad al mismo tiempo que su madre consiguió el usufructo?

    Reply
  45. Eva

    Hola! Mi madre tiene una casa de dos plantas con entradas independientes en cada planta, aunque todo sea una vivienda. A ella le gustaría dejarnos un piso a cada uno de los hijos para que tengamos donde vivir si tenemos problemas con nuestras respectivas parejas el dia de mañana. Seria factible? Yo le comente que en caso de no poder ser dividida asi quiza fuera factible dejar toda la casa a un hijo y dejar uno de los pisos en usufructo al otro para que quedara cubierto. Seria viable esa opcion?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Eva,

      Para que tu consulta sea atendida debidamente lo mejor sería que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados especialistas en derecho sucesorio a través de nuestro apartado de consultas de la web. Una vez realices la consulta, serás atendida directamente por un abogado especialista.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  46. Fran

    Buenas tardes,
    felicidades por el post. Comento mi caso. Nuestra abuela dejó una casa en herencia (con testamento) para sus hijos y a una de sus hijas, que requiere un tutor/a legal, como usufructuaria de la misma. La persona tutelada se fue a vivir con la tutora, que es una de sus hermanas. Nosotros teníamos llave de esa casa pero la tutora legal ha cambiado la cerradura para que no podamos entrar. Mis dudas son:

    1. ¿Lo puede hacer o cualquier cambio que haga en la casa debe consultarlo con el resto de herededos (ya que la persona que tiene el usufructo requiere de un tutor legal)?
    2. ¿La tutora legal tendría los derechos del usufructo por ser tutora de la persona usufructuaria?

    Muchas gracias. Saludos.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Fran,

      La consulta que me realizas creo que será necesario que la gestione un abogado experto en derecho sucesorio, así que te recomiendo que la realices a través de nuestro apartado de consultas de la web para que así un abogado experto pueda asesorarte debidamente.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  47. Ana Lucia

    buenas tardes
    tengo un piso en propiedad y me gustaria dejar en usufructo a mis padres hasta que ellos mueran (para que se queden mas «tranquilos» y que no crean que algun dia los echare)
    se puede hacer esto? que repercusiones legales o tributarias tiene?
    un saludo

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Ana,

      Por supuesto, puedes nombrar como usufructuarios a tus padres. En cuanto a las repercusiones legales simplemente debes saber que nombrándoles usufructuarios ellos pueden alquilar la propiedad si así lo consideran pero nunca venderla ya que no son los propietarios. En la siguiente infografia te explicamos los beneficios de ser usufructuaria.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  48. norma

    Mi madre dejo escritura de su propiedad con usufructo vitalicio a favor de sus 3 hijas, ella ya fallecio y quisieramos saber que tenemos que hacer para que una se quede con la propiedad

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Norma,

      Si tu madre dejó una propiedad en usufructo para las 3 hijas, son las 3 las que tienen derecho sobre esa propiedad. Al ser usufructuarias, no podéis vender, sin embargo si que puede alquilar la propiedad. En la siguiente infografía veréis las normas que tiene que seguir una persona usufructuaria.

      En caso de que fuerais las tres propietarias, la hija que quiere ser la propietaria total de la vivienda tendría que abonar la parte correspondiente de la vivienda a cada hermana. Sin embargo, al ser un derecho usufructuario, es diferente.

      Si necesitas más información te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  49. José Alberto

    Hola…!
    Mi situación es la sgt, estoy casado desde hace 6 años, mi esposa es propietaria de la tercera parte de la casa, donde siempre ha vivido…
    La casa era de mi suegra y mi suegro décimo pasarla a los 3 hijos del matrimonio y me cobra un alquiler de 80000 colones por mes con agua, electricidad y gas por aparte…
    No se supone que después de 3 años de estar casado con la propietaria, soy dueño de la mitad de la parte que le corresponde a mi esposa?
    Ella puede cobrarme alquiler siendo propietaria de Usufructo?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola José,

      Te informo de que a pesar de que lleves 3 años con tu pareja, eso no te hace dueño de la mitad del usufructo de tu mujer. Ella al ser la usufructuaria puede alquilar la propiedad, lo que no puede hacer es venderla. En la siguiente infografia te informamos de lo que puede hacer una persona que ha sido nombrada usufructuaria.

      Si necesitas más ayuda te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  50. Juan

    Hola mi prgunta es ase 2 años vivo con mi abuela y mis tios amenasan con correrme de la casa en cuanto ella fallesca y yo quiero aser un documento donde ella me declare como lejitimo dueño el problema es que no quiero que se entere ella

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Juan,

      Te informo de que no es posible hacerlo sin que ella se entere, ya que si así lo hicieras, estarías incurriendo en un delito. La única posibilidad de no perder la propiedad es que tu abuela te nombre usufructuario o propietario de la vivienda. En caso de que ella deje testamento, es el testamento el que decidirá quien se queda con el piso.

      Pero tienes que tener en cuenta que si estáis en España, aquí existe la legítima por lo que tu abuela por ley tiene que dejarles una parte de su herencia a tus tíos. En el siguiente enlace podrás ver la definición de la legítima y como se reparte. En Cataluña la legítima es de un 25% a repartir entre todos los hijos. Y en esta infografia podrás ver como se reparte la legítima en España.

      En caso de que tu abuela no deje testamento y tu quieras reclamar aquello que te pertenece, te comento que puedes reclamar una herencia en la que no hay testamento. En el siguiente enlace te explicamos como hacerlo. Además te recomiendo que si tu abuela no deja testamento, reclames aquello que te pertenece, es decir, tu parte de la herencia. Para ello infórmate en el siguiente enlace.

      Si quieres ampliar la información, te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  51. RHJ

    Buenas tardes.

    Le comento un supuesto por si puede serme de ayuda.

    Fallece la causante dejando de herederas del bien a su sobrina en cuanto al usufructo y la nuda propiedad corresponderá a los hijos de las citadas sobrinas.

    Ahora bien, en el momento de la muerte de la causante aún no han nacido los hijos de las sobrinas (los que herederían la nuda propiedad), por lo que mi duda radica en si estos sobrinos PUEDEN HEREDAR O NO la nuda propiedad del bien?

    Enhorabuena por su POST,

    Un saludo.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola RHJ,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires las ventajas de una persona que es nombrada usufructuaria de una propiedad en la siguiente infografia.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  52. JUANA

    Buenos dias.
    vivo en pareja, pero no, de hecho, hace 15 años. el es viudo. y es usufrutario, del piso, en caso de que el fallezca, como me lo puede dejar, el disfrute, hasta que yo muera. y que sus hijos no me puedar hecha.?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Juana,

      La única manera de que te deje el piso es que realice un testamento y te nombre a ti usufructuaria y a sus hijos propietarios para que en cuanto tu fallezcas, el piso pase directamente a ser propiedad de sus hijos. Para ello tu pareja tendría que hacer un testamento. El cuál le puede salir gratis, si su seguro de vida colabora con nosotros o si él dona un mínimo de 500€ a una de las ONGs que colaboran con nosotros. Puede comprobarlo todo en el siguiente enlace.

      En la siguiente infografía podrás ver los derechos que tiene una persona usufructuaria de una propiedad.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario,

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  53. JUAN

    Hola,me llamo Juan, y quería preguntar ,si mis 3 hermanos y yo heredamos un piso y un garaje,podemos escriturar esos bienes a nonbre de los 4 ? Y otra pregunta,yo tengo el usufructo en testamento de mi padre,quien debe pagar impuesto Ibi ,seguro del hogar ? Muchas gracias por su atención.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Juan,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Respecto a tu segunda consulta, te recomiendo que mires los derechos de una persona usufructuaria en la siguiente infografía.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  54. Inés

    Buenas noches, enhorabuena por su artículo. Mi consulta es la siguiente;

    Somos dos hermanos. Mi padre falleció cuando nosotros éramos menores de edad y tenemos la declaración de herederos hecha en Navarra (donde estaba empadronado mi padre) y donde nos nombra herederos universales a los dos hermanos de todos los bienes entre los que hay una casa y un garaje.

    El caso es que no tenemos claro si nuestra madre tiene el usufructo, y no nos deja ni entrar en el piso ni vivir en él. Dada la difícil situación económica por la que estamos atravesando los dos hermanos, le mandamos un burofax a mi madre solicitando deshacer el condominio que tenemos, dándole la opción de comprar nuestra parte o vender los inmuebles, y al cual no ha atendido.

    Ella lleva más de 20 años viviendo en otra casa con otra pareja (con la cual no se ha casado para no perder la pensión de viudedad).
    Mi pregunta es; ¿Podemos obligarla a deshacer el condominio u obligarla a vender o que nos compre nuestra parte?

    Muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Inés,

      Si vosotros sois los herederos universales sois los que tenéis derecho a vivir en esa propiedad. Lo importante es averiguar si vuestra madre es usufructuaria de la propiedad, ya que si lo es, ella también tiene derechos sobre esa propiedad. En la siguiente infografía podrás ver cuáles son las ventajas de la persona usufructuaria.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  55. rafa

    hola muy interesante el articulo, mi duda es la siguiente: mi mama adquirió una casa del fruto de su trabajo la puso en usufructo para mi ya ahorita de casado, actualmente vivo en esa propiedad, y mi esposa invirtió dinero, y posteriormente estamos llevando una mala relación y nos vamos a separar y tiene las intenciones de despojarme de la casa que puedo hacer o en que me afecta que mi mama me haya dejado en usufructo la propiedad ?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Rafa,

      Al ser tu el usufructuario de esa propiedad, tu mujer no tiene ningún derecho sobre la propiedad. En la siguiente infografia te explicamos los derechos que tiene una persona usufructuaria.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  56. Marco

    Hola. Mi caso es que al fallecer mi padre mi madre pasa a ser la usufructuaria universal. Con el tiempo rechaza el usufructo pero ahora la reclama. Puede hacerclo??

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Marco,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires este enlace en el que te explicamos como reclamar una herencia o una parte de ella. Además, te dejo esta infografía en la que explicamos los derechos de una persona nombrada como usufructuaria de una propiedad y cuando expiran.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  57. MARIA

    Buenos Dias, mi consulta es simple mi esposo le dejo a la hija el usufructo de la casa a donde vivo, Si a él le pasa algo , porque lo operaron del corazon y no le dieron buenas noticias , la pregunta es a mi que soy la esposa la hija nos puede hechar??? en el caso que me heche en cuanto horas tendria que estar en la calle?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Maria,

      Te informo de que en caso de que tu marido fallezca, su hija, al ser la usufructuaria de la vivienda puede tomar las decisiones que considere oportunas. A no ser que tu marido deje un testamento en el que te nombre a ti propietaria de la vivienda, en ese caso, serías tu la propietaria hasta que fallezcas, siendo ella, eso si la usufructuaria de la propiedad. En la siguiente infografia te dejo las virtudes que tiene ser usufructuaria.

      Normalmente, se suele nombrar como usufructuaria a la pareja y como propietarios a los hijos. Sin embargo, eso lo decide la persona que realiza el testamento.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  58. Carla

    Buenas tardes,
    Mi consulta es la siguiente: mi padre falleció y mi madre sigue viva pero hicieron testamento , el típico el 50 para mi madre y otra parte más y el resto divido a partes iguales a los cuarto hermanos, mi madre quiere vender una de las viviendas que posee por los gastos que le generan , todos queremos vender menos una hermana , podemos ejecutar la venta de esa vivienda ?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Carla,

      Es muy común que sucedan casos como el tuyo. En el siguiente artículo verás cómo puedes vender una casa si uno de los herederos no está de acuerdo.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  59. juan

    soy usufructuario de una casa y el propietario es mi hermano pero el fallecio yo me encargaba de cuidarlo y soy su tutor el no tiene esposa ni hijos pero tengo dos hermanos que ere da los vienes si no dejo testamento

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Juan,

      En caso de que no dejes testamento, por ley hay un orden de sucesión el cual se debe seguir. En el siguiente enlace te mostramos cual es ese orden. Si no dejaras testamento, además del orden sucesorio, tus hermanos podrían reclamar su herencia, en el siguiente artículo te explicamos lo que seguramente harían tus hermanos.

      Si necesitas más información te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  60. Antonio

    Hola,

    Hace 1 año compré una vivienda (sin trastero) de segunda mano. En el bloque existen varios trasteros que no están escriturados a nombre de ninguna persona.

    A raíz de hablar con la comunidad de vecinos, llegué al acta de constitución de la comunidad donde se indica literalmente que: «Por unanimidad se acuerda conceder el usufructo con carácter vitalicio de los siguientes trasteros a los propietarios que se indicarán acto seguido: El trastero [X] al propietario del piso [Y]»

    El propietario del piso Y falleció, sus hijos heredaron la vivienda, y el año pasado yo se la compré. ¿Me corresponde el trastero?

    Muchas gracias de antemano.

    Un saludo,

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Antonio,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires los trámites necesarios para la aceptación de una herencia en el siguiente enlace.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  61. Julian

    Buenos días y enhorabuena por el post, me surge una duda temporal.
    Cuando el usufructuario muere y el contrato de arrendamiento se extingue, de cuántos días dispone el arrendatario para dejar el inmueble?
    Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Julián,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires esta infografia en la que te explicamos las ventajas de una persona usufructuaria.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  62. Maria Jose

    Buenas noches, mi abuela murió el año pasado. Dejo un piso en usufructo para uno de sus hijos. Yo soy heredera porque mi padre también murió. A mi solo me han pedido una fotocopia de DNI y firmar para cerrar una cuenta bancaria. No se si hay testamento, o es un acuerdo de mis tíos. Si fuese por testamento, se debería firmar en un notario? Y si no es en testamento, cuales son mis derechos y obligaciones sobre la propiedad?
    Muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Maria José,

      Te comento que si hubiese un testamento, si, debería hacerse todo ante notario. En caso de que hubiera testamento pero tu no tuvieras conocimiento de ello, en Testamenta ofrecemos un servicio en el que por tan solo 19€, te decimos si has sido nombrado en algún testamento o no. Para ello solo deberás rellenar este formulario.

      En caso de que no hubiera testamento y pienses que te pertenece una parte de la herencia a la que te están negando acceso, te comento que es posible reclamar una herencia en la que no hay testamento. En el siguiente enlace podrás ver como.

      Además, puedes reclamar una parte de la herencia, si como en el caso anterior, te están privando de ese derecho. Te dejo este artículo en el que te explicamos como hacerlo.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  63. Julián

    Buenos días, me surge una duda temporal.
    Cuando el usufructuario muere y el contrato de arrendamiento se extingue, de cuántos días dispone el arrendatario para dejar el inmueble?

    Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Julián,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires esta infografia en la que te explicamos las ventajas de una persona usufructuaria.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  64. Ricardo

    Mis padres han dejado la casa en usufructo a mi hermana y a mi, el día que fallezcan mis padres¿deberemos de pagar algún tipo de impuesto? ¿o queda la casa para mi hermana y para mi, puesto que es nuestra?
    Un saludo.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Ricardo,

      En caso de que tus padres fallezcan vosotros pasáis a ser usufructuarios de la vivienda directamente. En la siguiente infografía podrás ver los derechos de una persona usufructuaria.

      Si quieres ampliar la información, te invito a que contactes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  65. maria

    si mi madre tiene el usufructo de la vivienda y a mi hermana y a mi nos pertenece el 25% a cada una me puede echar mi madre de casa?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Maria,

      Siendo usufructuarias las tres, todas tenéis los mismos derechos en cuanto a la vivienda. En la siguiente infografía podrás ver cuáles son los derechos de la persona usufructuaria de una vivienda.

      De todas maneras, te comento que es posible tomar medidas legales con la ayuda de uno de nuestros abogados si como en tu caso, eres usufructuaria de la vivienda.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta a uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  66. Veronica

    Hola:

    Comento mi caso. Mi marido ha fallecido dejando testamento de la siguiente manera.
    «Lega al cónyuge usufructo universal y vitalicio de todo el patrimonio hereditario, ….»
    Luego más adelante pone: » herederas por partes iguales a sus dos hijas»

    Ahora las dos niñas son menores, yo soy su madre. Mi duda es la siguiente….el usufructo vitalicio es de las propiedades solo o también del dinero?. Es decir, el banco ahora me dice que he de abrir una cuenta con titulares ellas, ellos pondrab el dinero que han heredado y yo de gestora. Pero mi duda es dejando yo ese dinero ahí (que sería lo legal) cuando cumplan 18 ellas podrían sacarlo porque es suyo, por tanto yo ya no tendría el usufructo vitalicio del mismo. Es así como tiene que hacerse por parte del banco? De ahí mi pregunta sobre el usufructo vitalicio que hice al comienzo.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Verónica,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires los trámites necesarios para aceptar una herencia como usufructuaria en el siguiente enlace.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  67. Cristina

    Buenas tardes, mi caso es el siguiente …siempre vivi con mis padres mi madre enfermo y murio hace 9 años luego me quede con mi padre que murio hace 11 meses, la casa donde vivo era propiedad de mis padres, yo siempre me encargado de todo los gastos de la casa incluyendo los de mis padres ….somos 3 hermanas ellas tienen vivienda y la unica que no tiene soy yo puesto que vivo alli, una de ellas quiere vender, yo estaria dispuesta a pagarle sus partes en cuotas, pero quiere todo completo …pregunto ellas pueden echarme? u obligarme a vender, no me gustaria ir a subasta ya que no tengo donde ir tengo dos hijas menores y lo que me darian no alcanzaria para una vivienda que opciones tengo legalmente?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Cristina,

      Para responder a tu consulta deberíamos saber si tus padres hicieron testamento o no. En caso de que lo hicieran, la propiedad pasará a ser propiedad de la persona que establezca el testamento. Te comento que puedes reclamar tu parte de la herencia. En el siguiente enlace te enseñamos como hacerlo.

      En caso de que tus padres no dejaran testamento, puedes reclamar tu parte de la herencia. En el siguiente enlace te explicamos como.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  68. MAYRA SANCHEZ

    MIS PADRES SE DIVORCIARON , Y EN LA REPARTICION DE BIENES, PUSIERON UNO A NOMBRE DE TODOS SUS HIJOS QUEDANDO MIS PADRES CON EL USUFRUCTO DEL MISMO EN UN 50-50 ; MI PADRE SE PUSO A CONSTRUIR EN LA PARTE QUE LE CORRESPONDE A MI MAMA. TIENE ESTO ALGUNA CONSECUENCIA LEGAL?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Mayra,

      Si tus padres tienen el derecho usufructuario en un 50%, tienen que respetar la parte de cada uno. En la siguiente infografía podrás ver los derechos de las personas usufructuarias de una vivienda.

      También te dejo este enlace en el que te explicamos como puedes reclamar tu parte de una herencia.

      Si necesitas más ayuda, nuestro equipo de abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos responderá tus dudas en Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  69. jenny

    Buen dia la pregunta que tengo es la siguiente mi padre al fallecer nos dejo dos lotes como usufructos con mi madre y hermano actualmente disfruta de esto mi madre su nuevo esposo y dos hijos de este ultimo matrimonio la pregunta actual es ¡¿los hijos de este matrimonio tienen derecho a entrar en testamento al igual que el esposo ? pues estos terrenos nos dejo mi padre desde su fallecimiento.

    Agradezco su respuesta.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Jenny,

      Te comento que si los tres sois usufructuarios de los terrenos los tres tenéis derechos sobre la propiedad. En la siguiente infografía podrás ver los derechos de una persona que es usufructuaria de una vivienda.

      De todas maneras, tu consulta es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  70. FRANCISCO

    Hola,le comento,somos tres hermanos y mi padre falleció hace cuatro años,la cuestión es que el se caso por segunda vez con separación de bienes ,su esposa entonces le hizo hacer un testamento justo antes de fallecer,en la primera clausula lega a su mujer con cargo al tercio de libre disposición de su herencia,todos los muebles y enseres de la casa,el coche,una moto,etc. El usufructo sobre la referida vivienda durante el plazo de cinco años desde el fallecimiento de mi padre.En la segunda clausula dice: con subordinación a lo dispuesto en la clausula anterior lega a su esposa la cuota legal usufructuaria.¿Me podrían explicar que significa todo esto,se puede quedar con todos los bienes que he explicado antes,excepto la casa,y después de los cinco años tiene que dejar la casa,eso si en perfecto estado y habiendo pagado todos los impuestos que generan dicha casa y a que se refieren con que lega a su esposa la cuota legal usufructuaria?Por favor podrían explicármelo de manera que pueda entenderlo bien,GRACIAS.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Francisco,

      Te comento que esto significa que tu padre decidió dejárselo todo a su segunda esposa. Sin embargo, si estáis en España, te comento que aquí existe la legítima, la cuál consiste en que la ley obliga a que la persona fallecida deje una parte de la herencia para repartir entre todos sus hijos. En el siguiente enlace podrás ver como funciona la legítima. Si estáis en Cataluña, la legítima es del 25%. Si quieres saber como funciona la legítima en España, te dejo esta infografia.

      Por otra parte te comento que como hijos, podéis reclamar parte de la herencia. En el siguiente enlace podrás ver como reclamar aquello que te pertenece.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  71. Sandra

    Buenas tardes, interesante y completo el articulo. Mi duda es la siguiente, tengo una casa en nuda propiedad y la persona que tiene el usufructo no me dejo sacar mis cosas personales y cambio la cerradura, cosas de valor sentimental como pueden ser fotos, etc ( mis padres fallecieron y para mi son de gran valor). El usufructo va a acabar en 5 años y queria saber si si cuando me devuelva la casa lo hara en el estado en el que estaba, ya que la tiene alquilada y tengo miedo que las haya tirado, ¿podria reclamar eso de alguna forma, o son cosas que tengo que dar por perdidas? Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Sandra,

      Te informo de que si tu eres la propietaria de la vivienda tienes el derecho de recoger tus bienes personales. Además te comento que las personas nombradas como usufructuarias de las viviendas, deben cumplir unas normas de convivencia. En la siguiente infografia te dejo los derechos de la persona usufructuaria.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  72. Vanessa

    Buenos días mi madre en vida colocó su casa a nombre de sus tres hijos y se reservó el usufructo vitalicio, ella murió hace varios años quiero saber como queda la propiedad? Es decir al morir mi madre (usufructuaria)se pierde la baldez del acto de usufructo y queda a nombre nuestro (los hijos que aparece o en la escritura) sin necesidad de hacer sucesión

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Vanessa,

      Es correcto, una vez fallece el usufructuario la vivienda pasa directamenta a ser propiedad de los propietarios. En la siguiente infografia podrás ver los derechos de una persona usufructuaria de una vivienda.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  73. Vanessa

    Junto con mis hermanos somo dueños de una casa con el derecho del usufructo vitalicio de mi madre. Al fallecer esta podemos hacer uso total de la propiedad sin problema, porque al morir mi madre se extingue el usufructo y no debe hacerse sucesion

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Vanessa,

      Exactamente, si sois los propietarios de la propiedad, una vez tu madre ya no esté podéis hacer uso total de la propiedad. En la siguiente infografia podrás ver los derechos de una persona usufructuaria.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  74. LA_ALCARRIA

    Hola, estoy casad@ en bienes gananciales, no tenemos hijos. Tengo a mi madre y hermanos vivos. Cuando yo fallezca no quiero que mi madre y/o hermanos reciban herencia alguna, tengo un par de inmuebles. Vivo en la comunidad de Castilla la Mancha pero cuando vivia en Aragon hice testamento desheredando a mis padres (clausula 2º art. 854 Codigo Civil). Instituí hereder@ universal a mi conyuge, quien será sustituid@ vulgamente por «CARITAS».
    ¿Puede mi madre y/o hermanos reclamar parte de la herencia?. ¿Es recomendable añadir al testamento la mencion del usufruto a favor de mi pareja?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola la_alcarria,

      Si como me comentas en el pasado desheredaste a tu familia, a no ser que lo retires, ellos no tendrán nunca ningún derecho sobre tus bienes. Pero para ello debe constar que están desheredados.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  75. Gustavo

    Hola, acabo de comprar piso en pagos aplazados, puedo poner de usufructuaria a mi madre ya mismo? Muchas gracias por su asesoramiento

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Gustavo,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires este artículo en el que te explicamos cosas necesarias si alguien va a recibir un derecho usufructuario de una propiedad.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  76. Miriam L

    Hola, mi profesora de arte falleció sin familiares. Quedo su casa, volvi a visitarla después de 5 años y la casa se derrumbó, el vecino puso una puerta que da a la casa y yo me pregunto, que pasará con esta casa inmueble el cual no tiene dueño. Puedo de alguna forma obtenerla? Funciona el usufructo?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Miriam,

      La única manera de obtener la propiedad de tu profesora es que ella te dejara nombrada en su testamento. Puesto que si fueras su hija te correspondería una parte de la herencia por la legítima, de la cuál puedes obtener más información en el siguiente enlace.

      Sin embargo, cuando una persona fallece sin testamento, hay un orden de sucesión el cual podrás ver en el siguiente enlace.

      Una persona es usufructuaria de una propiedad cuando el propietario así lo nombra en su testamento, por lo tanto deberías haber sido nombrada en su testamento. En testamenta tenemos un servicio en el que por tan solo 19€ te decimos si has sido nombrada en algún testamento. En el siguiente enlace podrás encontrar toda la información necesaria.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  77. Jose

    Buenas tardes,

    Mi padre ha fallecido y no ha dejado testamento. Somos dos hermanos y mi padre estaba casado en separación de bienes. Mi padre ha dejado una vivienda y un parking que está sólo a su nombre no dentro del matrimonio y en la vivienda vive mi abuela que tiene el usufructo vitalicio. Como hacemos para el reparto de la herencia?. Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Jose,

      Te comento que si tu padre no dejó testamento, hay un orden sucesorio marcado por la ley, el cuál podrás encontrar en el siguiente enlace.

      Además en caso de que quieras reclamar tu parte de la herencia, te comento que es posible. En el siguiente enlace encontrarás todo lo necesario para hacerlo. Es más, si como en tu caso quieres recuperar tu parte de herencia pero no hay testamento, también se puede reclamar, para ese caso te dejo este enlace en el que resolvemos todas las inquietudes que puedas tener.

      Si necesitas más ayuda, nuestro equipo de abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos responderá tus dudas en Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  78. Astrid Velez

    El propietario se murio y tenia un usufructo que el vive ahi en la propiedad y ya esta en susecion la propiedad , se debe de respetar el usufructo o se puede sacar la persona ya?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Astrid,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires los derechos de una persona usufructuaria en la siguiente infografía.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  79. Isa

    Buenos días,al fallecer mi padre en su testamento me deja a mí la propiedad y a mi madre como usufructuaría. Mi madre lleva más de 10 años viviendo con su pareja en el piso de él y yo resido en la casa familiar.
    Mi pregunta es:tiene mi madre algún derecho sobre la propiedad y puedo yo cambiar la cerradura sin su consentimiento?
    Gracias de antemano

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Isa,

      A pesar de ser tu la propietaria del piso, tu madre como usufructuaria tiene ciertos derechos sobre la propiedad mientras viva. En la siguiente infografia podrás ver los derechos de una persona que es usufructuaria de una propiedad.

      Sería diferente si tu padre no te hubiera dejado a ti como propietaria, en ese caso podrías reclamar tu parte de la herencia, pero como ya te pertenece y tu madre es usufructuaria, ambas tenéis derecho a hacer lo que consideréis con la propiedad.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  80. Esteban

    Buenas. Mi mama y papa nos cedieron una propiedad como bien de familia con el usufructo de ellos. Mi papa falleció y entiendo que el usufructo le quedo a mi madre. Ella quiere vivir en esa casa con otra persona que no está separada . Esta persona puede llegar a tener derecho sobre la propiedad en algún momento si llegara a vivir varios años como pareja de mi madre. Muchas Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Esteban,

      Al ser vosotros los propietarios, sois vosotros quienes tomáis las decisiones que incluyen a la propiedad. Los derechos de una persona usufructuaria son varios pero si sois vosotros los propietarios y así lo estipula el testamento, no tienes de que preocuparte. En el siguiente enlace puedes ver cuáles son los derechos de la persona usufructuaria.

      Por otra parte te comento que si con el tiempo tu madre hace otro testamento en el que decidiera dejarle la propiedad a su pareja o decidiera no incluiros en el testamento, podéis reclamar vuestra parte de herencia ya que es algo que por ley os toca. Es por ley porque en España existe la legítima, la cual consiste en que es obligación dar una parte de la herencia a repartir entre todos los hijos. En el siguiente enlace podréis ver como se puede reclamar lo que os pertenece.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  81. carlos carreon ortiz

    buenas tardes
    mi hermana y su novio compraron una propiedad en la cual se hizo el como nudo propietario y ella como usufructo vitalicio
    despues de esta compra se casaron de el en su primer matrimonio y si tuvo hijos en su segundo matrimonio al casarse con mi hermana no tuvieron hijos no hay herederos de ese matrimonio
    mi cuñado fallece la nuda propiedad pasa a ser de mi hermana o de quien ????

    Reply
    1. carlos carreon ortiz

      buenas tardes
      mi hermana y su novio compraron un TERRENO en la cual se hizo el como nudo propietario y ella como usufructo vitalicio
      despues de esta compra se casaron Y CONSTRUYERON EN ESE TERRENO Y de el en su primer matrimonio y si tuvo hijos en su segundo matrimonio al casarse con mi hermana no tuvieron hijos no hay herederos de ese matrimonio
      mi cuñado fallece la nuda propiedad pasa a ser de mi hermana o de quien ????

      Reply
      1. Testamenta

        Hola Carlos,

        Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

        Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires este artículo en el que te explicamos cosas que debes saber si vas a recibir un usufructo.

        ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

        Gracias por tu comentario.

        Un saludo,

        Testamenta

        Reply
    2. Testamenta

      Hola Carlos,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires los derechos de un usufructuario vitalicio en el siguiente enlace.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  82. Jose luis

    Hola. Mi abuela hizo testamento dejando dos propiedades en usufructo a uno de los hijos que tenia una discapacidad.mi padre no se habla con los demas hermanos que eran 5 en total contando con el usufructuario. Ahora ha fallecido el usufructario y han llamado a mi padre para partir y le han dicho a mi padre q hay que partir en cinco partes pues el fallecido dicen que dejo testamento a los hermanos de mi padre ya mi padre no . Yo me pregunto puede haber echo testamentl mi tio sin tener nada en propiedad? Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Jose,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires siguiente artículo en el que explicamos que es posible repartir un testamento a partes iguales de la parte que le corresponda.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  83. Mari

    Hola, le puedo proponer a mi ex hacerme cargo de los años que quedan por pagar de la hipoteca al 100% si me hace usufructuaria vitalicia de la vivienda??? Ya que el banco no quiere sacarlo de la hipoteca. Vamos que me hago cargo de todo pero que el al cabo de los años me pueda reclamar vender el piso. Eso se puede???
    Atentamente
    Mari

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Mari,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires los derechos de la persona usufructuaria en la siguiente infografia.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  84. Ramon

    Buenas noches,somos 3 hermanos y mi madre tenemos un piso en propiedad y mi madre tiene el usufructo acabamos de vender el piso y queremos repartir el dinero a partes iguales,se puede hacer o legal mente se tiene que repartir el dinero de otra manera aunque estemos los 4 de acuerdo,muchas gracias de ante mano

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Ramon,

      Te comento que si tu madre es la propietaria y entre todos estáis de acuerdo en venderla y repartiros el dinero, podéis hacerlo sin necesidad de hacer nada por la vía legal. En el siguiente enlace te dejo los derechos que tiene una persona usufructuaria de una propiedad.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  85. Alberto

    Buenos dias

    Tenemos una duda, mi padre se a vuelto a casar por lo civil en Barcelona, con una mujer muchisimo mas joven que el, existe un testamento anterior en que nos dejaba su vivienda, que ocurrira cuando el fallezca si no hay nuevo testamento, con la propiedad de la vivienda ??

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Alberto,

      En caso de que tu padre no haga un nuevo testamento, se seguirá el testamento actual por lo que según me comentas, seríais vosotros los que heredéis la vivienda. De todas maneras te comento que si tu padre hiciera un nuevo testamento en el que no os dejara nada, podéis reclamar. En España existe la legítima, la cuál consiste en que la ley obliga a dejar una parte de la herencia a repartir entre todos los hijos.

      En Cataluña la legítima es del 25%, en el siguiente enlace podrás ver que es la legítima y como se reparte. Además te dejo esta infografia en la que podrás ver como se reparte la legítima en España.

      En caso de que tu padre realice un nuevo testamento y no os deje nada, no te preocupes, existe la posibilidad de reclamar tu herencia o tu parte de la herencia. En el siguiente enlace podrás ver todo lo que necesitas saber para reclamar aquello que te pertenece.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. – Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  86. antonio

    Hola, buenas tardes.
    Si son tan amables me gustaría, si es posible que me aclarasen unas dudas que tengo en el siguiente caso:
    En un matrimonio, el hombre muere y hace testamento de sus bienes (mitad) a favor de sus hijos, dejando el usufructo a su viuda. Posteriormente, la viuda, piensa hacer testamento a favor de sus hijos, de la parte que le corresponde, pero en ese testamento incluye también los bienes que testamento, en su momento, su marido, personalizando lo que deja en herencia a cada uno.
    Mis preguntas son: 1. ¿Eso se puede hacer?
    2. En caso afirmativo, ¿Qué requisitos deberían darse?

    Enhorabuena por la página y muchas gracias por su respuesta

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Antonio,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente, en el que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires los derechos que tiene una persona usufructuaria de un bien en el siguiente enlace.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
    2. Testamenta

      Hola Antonio,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires los derechos que tiene la persona que es usufructuaria de una propiedad en la siguiente infografia.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  87. Alejandro mendivil Esteban

    Buenos dias . Tengo dos apartamentos, cuatro hijos y mi compañera la cual es la madre de dos de mis hijos. Quiero que ella tenga uno de los dos apartamentos donde residimos cuando yo me muera. Hice un testamento en la notaría en el cual la dejo el apartamento a ella, pero estoy viendo en sus paginas que los hijos si quieren la pueden hechar de la casa una vez que yo fallezca. Como puedo hacer que ella se pueda quedar con el apartamento. Llevamos juntos 25 años pero sin estar casados. Este hecho le da algún derecho. Gracias y un saludo. A. M

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Alejandro,

      Te comento que si tu has dejado en el testamento como heredera a tu compañera, por supuesto eso le da un derecho, lo que ocurre es que tendrías que nombrarla a ella usufructuaria, ya que una persona cuando es usufructuaria puede disfrutar de unos derechos de los cuales no serlo te priva. En el siguiente enlace podrás ver cosas que debes saber si vas a recibir un usufructo.

      Por otra parte debes saber que si estáis en España, aquí existe la legítima, y es que por ley debes dejar una parte de la herencia a repartir entre todos tus hijos. En el siguiente enlace podrás ver como se reparte la legítima. En Cataluña la legítima es del 25%, es decir un 25% de la herencia debe ir repartido a todos tus hijos. En el resto de España, el reparto de la legítima varía. En la siguiente infografia podrás comprobar como funciona.

      Si necesitas más ayuda, nuestro equipo de abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos responderá tus dudas en Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  88. Nacho

    Muchas gracias por la información que aportais. Me gustaría consultarlos mi caso. Estoy casado y no tenemos hijos. Nuestros padres correspondientes viven. ¿Podríamos ser herederos uno del otro y además podernos dejarnos la vivienda en usufructo? En caso de ser usufructuarios, que ocurre cuando fallecen los herederos, ¿pasan a ser propietarios sus herederos y nosotros seguimos siendo sólo usufructuarios?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Nacho,

      Efectivamente, en Testamenta ofrecemos una opción en la que puedes dejar toda tu herencia a tu pareja. En el siguiente enlace te dejamos el formulario para empezarlo.

      Te recomiendo que mires este enlace en el que te explicamos que debes hacer para tenerlo todo previsto.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  89. Montse

    Mi caso es el siguiente.Somos dos hermanos y debido a problemas que tiene mi hermano va a rechazar la herencia de mi nuestra madre soltera y quiere hacerle cuando la rechaze el usufructo de la casa siendo yo la otra heredera.Es posible ?y que derechos tengo yo.Muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Montse,

      Si su hermano renuncia a la herencia, usted podrá acceder a la parte de la herencia que le corresponde sin problemas. Sin embargo, para recibir la parte de la herencia de su hermano, su madre deberá especificar que en caso de que su hermano renuncie a la herencia, su parte pase para usted.

      Si su madre la nombrara como usufructuaria de la vivienda a usted, los derechos que tendría los podrá encontrar en la siguiente infografia.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  90. Ana

    Hola,
    Mis padres hicieron hace años testamento dejando el piso donde vivían a nombre de mi hermana separada que vive con ellos,fallece mi padre y fallece mi hermana,queda mi madre viviendo sola en eses piso.
    Somos otro hermano y yo y los tres hermanos tenemos hijos
    Mi pregunta es:si fallece mi madre,quien hereda ese piso?los hijos de mi hermana?todos?quien?
    Muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Ana,

      En caso de que tu madre fallezca el piso será para quien ella deje como heredero en el testamento. Te comento que si te encuentras en España, aquí existe a legítima, que consiste en que los padres deben dejar por ley una parte de la herencia a repartir entre todos los hijos. Si os encontráis en Cataluña, aquí el repartimiento de la legítima es del 25% entre todos los hijos. En el siguiente enlace podrás ver como se reparte la legítima en España.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  91. Karina

    Hola
    La abuelita de mi marido le vendio la propiedad con un usufructo vitalicio ase 15 años ella falleció ase 4 meses el fue a incribir la propiedad y no pudo ya que la hija postulo a su mamá a subsidio ya que serviu puso una clausura de 5 años espero tener una respuesta gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Karina,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires los derechos que tiene una persona sobre una propiedad de la que es usufructuaria en el siguiente enlace.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  92. María Reyes

    Tengo dos hijos menores de edad todavía, de dos matrimonios anteriores. En caso de volver a casarme (con separación de bienes), si yo fallezco,¿ a mi viudo también le queda el tercio de mis bienes en usufructo aunque no sea padre de mis hijos? Es decir, si yo dejo dos pisos, uno para cada hijo ¿mis hijos no podrían hacer uso de estos pisos porque mi viudo tendría derecho a vivir en ellos y/o percibir rentas en caso de alquiler? En caso afirmativo, ¿hay algo que yo pueda hacer para que esto no ocurriera, como poner los pisos a nombre de mis hijos antes de yo fallecer?
    Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola María,

      Te comento que cada persona tiene el derecho de decidir a quién dejar cada bien. En su testamento tendría que especificar que los pisos los quieres dejar para tus hijos y que bajo ningún concepto tu prometido tenga derechos en esas propiedades. En Testamenta contamos con una plataforma muy sencilla en la que puedes iniciar su solicitud de testamento. Además, te puede salir gratis si su aseguradora colabora con nosotros o si realiza una donación a una de las ONGs que colabora con nosotros, la cuál encontrarás en el mismo enlace.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Encontrará dos opciones de consultas. En la primera, por tan solo 25€ tienes derecho a una consulta con el abogado y recibirás una respuesta en aproximadamente 5 días laborables. En la segunda, por tan solo 60€ tienes derecho a dos interacciones con el abogado y recibirás una respuesta en aproximadamente 8 horas.

      Además, te dejo este enlace por si quieres obtener más información sobre asegurar la educación de tus hijos en tu testamento.

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  93. Silvia bg

    Buenas noches. Mi suegro falleció y dejo en usufructo la vivienda a mi suegra que vive en otro pais con su hija. Mi pareja estaba viviendo en el piso y mi cuñada sin decirnos nada alquiló la vivienda a un tercero. Eso es legal? Teniendo en cuenta que aun estaban las pertenencias de mi pareja?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Silvia,

      Si tu cuñada es la propietaria de la vivienda ella puede alquilar la vivienda, venderla o quedársela. En caso de no ser ella la heredera, eso no es legal ya que no es la propietaria de la vivienda.

      Si necesitas más información te recomiendo que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Podrás hacer dos tipos de consultas. Con la primera, por tan solo 25€ podrás interactuar una vez con el abogado y recibir una respuesta en 5 días laborables. Con la segunda, por 60€ podrás interactuar dos veces con el abogado y recibir una respuesta en un máximo de 8 horas.

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  94. katy

    Hola, mi abuelo murio y dejo a mi abuela de usufructuaria, me dejo la casa a mi nombre, mi pregunta es: cuando puedo hacer las escrituras a mi nombre? tengo que esperar a que muera mi abuela para registrar la propiedad? Vivo en el exterior y mis hermanos no me dan el testamento, se que lo puedo conseguir pero me es dificil, han dejado a mi abuela de usufructuaria, pero estoy enterada me han dejado una vivienda donde vivira mi abuela ya que es usufructuaria,…. puedo o debo registrarla enseguida o debo esperar que la abuela muera para registrar la casa a mi nombre. Cuando deberia pagar la plusvalia. Si la vivienda fue dejada a mi nombre, puedo registrar la vivienda ya a mi nombre.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Katy,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires como acceder al testamento de tu abuelo en el siguiente enlace.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  95. Alicia Castillo

    Mi padre me heredó en vida una casa y al morir el, mi madre la ha mantenido con gran sacrificio. Ahora me casé y tengo un hijo. Mi madre está muy pobre. Si muero quien hereda mi casa?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Alicia,

      Te comento que si tu eres la propietaria de la casa, en caso de que fallezcas la propiedad irá a quién tu decidas dejársela. Para ello debes hacer un testamento en el que indiques quién quieres que sea el heredero.

      Desde Testamenta, te ofrecemos distintas posibilidades para que realices tu testamento de la manera más rápida posible. En el siguiente enlace podrás encontrar los pasos para realizar tu testamento gratis. Para ello solo necesitas que tu aseguradora colabore con nosotros o colaborar con una de las ONGs que encontrarás en el enlace anterior.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas.

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  96. teresa sanchez

    buenos días,
    mi caso es el siguiente. Estoy casada con mi marido en segundas nupcias por parte de los 2.
    el tiene 2 hijos mayores, y yo 2 hijos menores que no son de él.
    Su intención es que cuando el lo considere, y para no ser una carga para mi, ir a una residencia.
    mi pregunta es: la vivienda que tiene está en la ciudad. si el va a una residencia, el usufructo de ésa vivienda que tiene pasa a mi?
    no seria la vivienda familiar, porque actualmente vivimos en un pequeño pueblo y con piso de alquiler, y más adelante el estaria en una residencia . Yo nunca he residido en esa vivienda.
    pasaria a mi el usufructo de la vivienda?.
    muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Teresa,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires cuáles son los derechos que tienes sobre una vivienda en caso de ser nombrada usufructuaria, encontrarás la información en el siguiente enlace.

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  97. Miguel Angel Frias Pelaez

    Hola, tenemos la propiedad de un piso entre tres hermanos, tanto la declaración de herederos de mi madre y el testamento de mi padre, pero el se volvió a casar y dejó a su esposa el usufructo del piso. Tenemos algún derecho sobre el piso, entiendo que no se puede vender, podríamos ocupar una habitación o alquilarla. En caso de encontrar un comprador se podría vender si respeta el usufructo.
    Espero su respuesta, gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Miguel,

      En referencia a tu pregunta, te comento que si los propietarios de la vivienda sois vosotros, vosotros debéis decidir quién es el usufructuario de la misma. Sin embargo si es vuestro padre el propietario, él tiene todo el derecho a nombrar usufructuario del piso a quien él decida.

      En el siguiente enlace podrás encontrar información sobre el usufructo.

      De todas maneras, al ser un caso particular, si tienes alguna otra duda, te recomiendo que realices una consulta online, en la que uno de nuestros abogados te responderá de manera personalizada. En el enlace de la consulta encontrarás dos tipos de consulta, en la primera por tan solo 25€ podrás interactuar una vez con el abogado que te asignemos así como recibir una respuesta en aproximadamente 5 días laborables. En cambio, con la segunda opción podrás interactuar hasta dos veces con el abogado y además recibir una respuesta en menos de 8 horas.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  98. Rafael

    Hola. Muchas gracias por la información tan interesante que dais a través de internet. La cuestión que me gustaría plantearos es la siguiente: ¿Qué ocurre con el derecho usufructuario si un legatario recibe por herencia la legítima estricta y en el testamento no se dice nada acerca de los derechos de usufructo de los herederos y legatarios? ¿El silencio u omisión sobre el tema cómo se interpreta? ¿Los propietarios o copropietarios que reciben la propiedad por herencia también reciben ese derecho por defecto si no se dice nada al respecto?

    Muchas gracias y un saludo

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Rafael,

      Te comento que el derecho de ser usufructuario de una vivienda es independiente a la existencia de un testamento. Como puedes observar en el siguiente enlace, te explicamos en que consiste el derecho usufructuario.

      Creo que también te puede interesar esta infografía acerca de cosas que debes saber si vas a recibir un usufructo.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  99. Kristina

    Buenas tardes! Necesito resolver mi duda. Mi marido ha fallecido hace tres años. No dejo el testamento. Tenía 2 hijos, uno de ellos en nuestro matrimonio y otra hija de su primera pareja. Hemos comprado una casa estando casados. Soy la propietaria de 50% de la casa, los hijos son herederos de otro 50%. De su 50% tengo un tercio de usufructo vitalicio, y los hijos otros dos. Vivo en esta casa yo y nuestro hijo menor de edad. La hija vive en otro país. Por no disfrutar de su parte de la casa , me está pidiendo, que paga a ella un alquiler. Todos los gastos y impuestos de casa estoy pagando yo. Mi pregunta es, si la hija tiene el derecho de pedir me el alquiler?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Kristina,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también dictatenemos el servicio urgente.

      De todas maneras, si quieres ampliar información acerca de qué es un heredero legítimo y que derechos dicta la ley, te recomiendo que entres en el siguiente enlace.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  100. Patricia Alvarez

    Buenas tardes
    Interesante articulo, mi esposo soltero adquirio una propiedad para protegerse la puso a nombre de su hermana y el de usufructo,ahora casado quiere venderla y obvio no puede pues nesecita su firma y eso seguira asi. Mi pregunta si el muere algun dia x estar casado su usufructo es heredable a la viuda o pasa a ser de su hermana como nuda propiedad.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Patricia,

      Como puedes observar, en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      De todas maneras te dejo este enlace en el que podrás encontrar información sobre los derechos que tiene una persona sobre un testamento usufructo de la vivienda.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  101. Ray

    Hola, no me ha quedado muy claro.

    He encontrado una granja. Dice:

    Usufructo.
    El propietario es un hombre de 74 años que vive en la casa.
    18000€
    Renta mensual 280€

    Si he entendido bien el anuncio: Yo compro la granja por 18000€. El hombre vive en la casa hasta que fallezca. El hombre me paga 280€ mensuales en concepto de alquiler.

    ¿Esto es así? ¿O soy yo quien paga la renta mensual?

    Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Ray,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde a partir de 25€ puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que como funciona el usufructo de una vivienda en el siguiente enlace.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  102. Maria

    Hola, mi madre fallecio hace 5 años y ella era la heredera de la vivienda dejada por mi abuelo siendo mi abuela usufructuaria. Mi abuela fallecio hace 2 años, y tanto mis hermanas como yo, heredamos dicha vivienda, siendo mi padre usufructuario de una parte. Mi madre fallecio sin testar, segun tengo entendido, la parte de usufructo q le pertenece es minima. Ya que la casa es herencia nuestra por parte de mi abuela. El caso, es que mi padre tiene una nueva pareja, la cual se cree con derecho en la casa ante nosotras. Podemos prohibir que ella conviva en nuestra casa? Yo actualmente estoy viviendo en ella con mis 2 hijos, ya q estoy divorciada y no puedo pagarme un alquiler. Ellos quieren que yo me vsya para que asi la pareja de mi padre pueda traer a su familia, del extranjero. Que derechos tengo a mi favor? ¿ podrian echarme?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Maria,

      Te comento que a pesar de que vosotras seáis las propietarias de la vivienda, al ser tu padre el usufructuario, tiene unos derechos sobre la vivienda que expirarán una vez el ya no esté. Te dejo esta infografia en la que podrás encontrar los derechos de un usufructuario sobre una vivienda.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  103. Iván

    Mi caso creo que es algo complicado.
    El padre de mi pareja murió y tenia de herencia un terreno y no hizo testamento. En ese terreno mi pareja y yo nos hemos hecho una casa, un jardín con piscina y demás. Ahora mismo nos hemos dado cuenta que ese terreno pasó a ser al morir su padre de mi pareja y sus dos hermanos pero no de su madre. ¿Su madre tiene usufructo de esa propiedad? Sus hermanos van a firmar un documento ante notario cediéndonos ese terreno pero… ¿si su madre quiere puede usar nuestra casa? y lo más importante… si mi pareja y yo rompemos hay alguna forma de que yo esté unido a ese terreno? ¿Que debo hacer?
    Hemos invertido más de 150 mil euros y no quiero pillarme los dedos.
    Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Iván,

      Te comento que para que tu suegra sea la usufructuaria de esa vivienda, tu suegro en su testamento la debió nombrar a ella como usufructuaria de la propiedad. En tu caso como me comentas, al no haber testamento, por ley se sigue un orden de sucesión hereditaria.

      Por otra parte, en cuanto a tu consulta de que si rompierais tu tendrías acceso a la vivienda, al ser el terreno propiedad de tu mujer, te recomiendo que lo consultes con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos ya que te asesorará de manera personalizada. Puedes acceder a las consultas desde la siguiente plataforma. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables por tan solo 25€ o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas por 60€.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  104. Darío

    Buenas tardes,
    Me gustaría escuchar su opinión con respecto a mi caso.

    Antes del matrimonio ( por separación de bienes), adquirí una vivienda de la cual soy el único propietario (la hipoteca también está a mi nombre en una cuenta en la que soy el único titular).
    Una vez contraido matrimonio, me gustaría que mi esposa tuviese toda la protección a efectos legales en caso de que me ocurriese algo (sopesadas las opciones de donación y compra-venta, son excesivamente caras).
    Además del usufructo, existe alguna otra figura legal en la que mi mujer pueda tener todo tipo de derechos sobre la vivienda aún no siendo titular de la misma? Me comentan que en Hacienda se puede poner a tu conyuge como beneficiario de la vivienda, sin ser titular de la misma.

    Muchas gracias,
    Un saludo,
    Darío.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Darío,

      En efecto, lo que te comentan es correcto y es el usufructo. Es la manera más común de dejar a alguien una propiedad en herencia sin que sea propietario. Te recomiendo que mires en que consisten los trámites del usufructo.

      En cuánto a tu mujer le recomiendo que lea esta infografía en la que explicamos cosas que debe saber si va a recibir un usufructo.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  105. Lala

    Mis padres tenían un apartamento que al morir mi madre quedó una parte para mi hermana y yo y otra para mi padre, además del usufructo. Ahora yo quiero comprar dicho inmueble, pero mi padre quiere seguir disfrutando de él, cosa que me parece bien. Si todas las partes estuvieran de acuerdo y yo comprase, para mayor tranquilidad de mi padre, qué me supondría que él tuviera el usufructo? Mi padre además está casado en segundas nupcias, este usufructo, lo podría heredar, ser trasmitido, etc, a su segunda esposa sin mi consentimiento?
    Mi hermana, que tiene al igual que yo el 25% de la propiedad se podría negar a venderme su parte?

    Muchas gracias por adelantado.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Lala,

      Como te explicamos en el artículo que has leído, te comento que no es posible vender una vivienda cuando se es usufructuario de ella, sin embargo, tu padre podría alquilártela. Para poder ser tu el propietario, tendrás que esperar a que tu padre ya no esté.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas que debes saber si vas a obtener un usufructo.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario

      Un cordial saludo,

      Testamenta

      Reply
  106. Maria

    Mi padre ha muerto hace tres meses. El tema es que somos tres hermanas y mi madre. Mi padre hizo testamento en vida. Las cuentas son para mi madre y nosotras somos las herederas. El tema es que una de mis hermanas quiere hacer paquetes de los bienes y mi madre y nosotras dos no estamos de acuerdo porque los paquetes no son iguales. Mi pregunta es que si las dos que no estamos de acuerdo en hacer paquetes renunciamos a nuestra herencia y se la damos a mi madre que pasa?, ¿es posible hacer esto?. Nosotros no quermos hacer paquetes quermos ir vendiendo los bienes y repartir la parte que nos toca a cada una.

    Otro tema que les quería preguntar es: si se es usufructuario en todos los bienes? o como funciona. Yo pensaba que la viuda dispone del 50% de los bienes y la parte del conyuge muerto es para los herederos y la viuda (lo que haya decidido el marido)
    Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Maria,

      Te comento que es posible renunciar a una herencia. Si quieres saber los pasos para hacerlo solo debes acceder al enlace anterior en el que te lo explicamos.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  107. Oreña

    Hola.en este caso.la herencia aún está en proceso porque los herederos( hijos) no se ponen de acuerdo,cada uno quiere una cosa y son 11 hermanos.el asunto es que la casa está deshabitada,desde hace año y medio y todo parado.
    En mi caso,como nieta y madre soltera de un menor sin recursos y sin acceder a vivienda.se podría hacer uso de usufructo temporal hasta que estabilice situación personal y todo esto anteponiendo el bienestar de un menor.Mientras se ponen de acuerdo y no se caiga la casa por inhabitabilidad.
    Saludos y gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Oreña,

      Te comento que para poder ser usufructuaria de una vivienda, el propietario de la misma debe dejarlo especificado en su testamento. En caso de que la persona fallecida no dejara testamento, por ley se debe seguir un orden de sucesión hereditaria.

      Por otra parte en caso de que tu familia te niegue el acceso a la parte de herencia que por ley te pertenece te comento que puedes reclamar tu parte de herencia. En caso de que la persona fallecida no dejara testamento, no hay problema, ya que puedes reclamar una herencia aunque no haya testamento.

      Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo

      Reply
  108. jose juan

    Julián Sánchez Feroz, de 79 años cuenta dentro de sus propiedades una inmueble ubicado en el paseo de la Reforma, en el que ha vivido durante los últimos 22 años, ahí nació el último de sus cuatro hijos y también murió Rosaura su esposa. Debido a su avanzada edad, Julián necesita de los cuidados de sus hijos, pero solo el menor de Nombre Manuel Sánchez Barajas se ha ofrecido a cuidarle. En los últimos meses la salud de Julián se ha visto mermada pero siempre ha dicho que no le gustan los testamentos ya que es mejor heredar en vida y no después. Quiere dejarle el inmueble en el que viven a Manuel su menor hijo, pero hay diversas situaciones que le preocupan y es que Manuel ha entablado una relación con una mujer que no es nada de su agrado, ya que lo ha amenazado de que de casarse con Manuel lo van a llevar a un asilo para disfrutar la casa como recién casados. Julián en su lógica de que no sabe cuando puede morir quiere dejarle ese inmueble a su hijo, pero en definitiva no quiere que lo lleve a un asilo es por ello por lo que no le firma el contrato de Compraventa ya que eso lo pondría en riesgo de que lo sacaran en cuanto se configure la legalidad de ello.
    ¿Qué contrato le beneficiaria firmar a Julián para que pueda seguir habitando la casa, aunque la propiedad la tenga su hijo el menor?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Jose,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas como se reparte la legítima.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  109. Pablo

    Hola mi madre vivía con su pareja por más de 10 años en casa de mi madre …ellos no eran casados …Unión libre….mi madre fallece hace 4 años y la pareja de ella se queda viviendo en la casa de mi mamá. ..somos tres hermanos y todos estuvimos de acuerdo q el sr viva hasta qcel quiera…4 años después mi hermana decide separarce e ir a vivir a lo de mi mamá y ahora quiere echar a la pareja de mi mamá por q se quiere traer a vivir a sus hijos con ella ….q puedo hacer para no dejar al señor en la calle ?…la casa no tiene papeles a nombre de nadie

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Pablo,

      Te comento que en este caso la pareja de tu madre puede intentar reclamar su parte de herencia. Sin embargo, me comentas que no hay papeles a nombre de nadie, ¿tu madre hizo testamento? Te lo pregunto porque en caso de que no lo hiciera tendría que haber tenido presente la legítima, la cual consiste en repartir un porcentaje de la herencia entre todos los hijos. En Cataluña la legítima es del 25%, mientras que si quieres saber como se reparte en otro punto de España te recomiendo que leas la siguiente infografía.

      En caso de que necesites más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  110. Rosalía

    Acabo de heredar el usufructo de una planta baja. Mis padres han pagado los honorarios de Notaría así como yo la plusvalía al ayuntamiento que ha venido casi automáticamente. Mi pregunta es si estoy obligada también a hacer alguna clase de declaración a Hacienda y pagar como impuesto de sucesiones, como heredera de usufructo, que no de propiedad.
    Muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Rosalía,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas como heredar pagando menos impuestos.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  111. Berna

    Me quedé viuda en régimen de gananciales pero no habíamos hecho testamento, ahora quiero vender mi vivienda habitual, que parte tengo que dar a mis hijos. Enviudé con 50 años y ahora tengo 65. ¿Qué parte les corresponde a mis hijos?
    Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Berna,

      Te comento que por ley debes tener en cuenta la legítima, la cual te obliga a dejar un porcentaje de la herencia a repartir entre todos sus hijos. En caso de que te encuentres en Cataluña, la legítima es del 25% mientras que si te encuentras en otro punto de España te recomiendo que leas como se reparte en la siguiente infografia.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  112. Ana

    Buenas tardes,
    mi novio tiene un piso en propiedad con su hermano. Son propietarios del mismo a partes iguales. Cada uno tiene una mitad digamos. Si me caso con él en el futuro puede dejarme solo el usufructo en testamento para que yo no sea propietaria de su parte del piso y no tenga que pagar el impuesto de sucesiones?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Ana,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas como heredar pagando menos impuestos.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  113. Marisol

    Hola.

    Mi abuela tiene tres hijos ( uno de ellos mi padre que renuncia a su parte de herencia por motivos de Hacienda, se lo quitarían todo) tiene dos propiedades y ha hecho el siguiente testamento; una vivienda a nombre de mi hermano y uno de sus hijos (50% cada uno) y la otra a mi nombre con uso de otro de mis tíos, las preguntas son: es legal ese testamento? deberé pagar yo todos los gastos del piso (ibi, comunidad, agua, luz, etc…..), puede el mi tio, el que hereda uso del piso renunciar a él?
    Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Marisol,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, ya que no soy abogada, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas como heredar pagando menos impuestos.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  114. Pilar

    Mi padre es propietario de una residencia para personas mayores, en julio de 2018 falleció en ella una persona usuaria sin testamento y sin herederos. ¿Tiene derecho a reclamar la herencia la residencia?, en caso de ser la respuesta afirmativa, ¿cuanto tiempo tendría para hacerlo?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Pilar,

      Te comento que en caso de que una persona fallezca sin testamento por ley se debe seguir un orden de sucesión hereditaria.

      Si necesitas más ayuda, nuestro equipo de abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos responderá tus dudas en Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  115. Marta

    Hola,
    Mi padre, viudo, es usufructuario del piso que compraron mis padres. Ahora mi padre está pensando que cuando él fallezca se lo quiere dejar a una pareja que tiene para que pueda vivir allí y no tenerse que volver a su país. Como hijos no sé si podremos hacer algo.

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Marta,

      Te comento que como padre, el debe tener en cuenta la legítima, la cual consiste en que se debe repartir un porcentaje de la herencia entre sus hijos. Por otra parte, en caso de que tu padre no cumpla la legítima o no te den acceso a aquello que por ley te pertenece, te comento que puedes reclamar tu parte de herencia.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  116. Joan

    Buenos días. En Mallorca. Mi padre vive en un apartamento con su actual mujer a la que posiblemente dejará el apartamento. Para cumplir con la legítima dejará una casa de campo de mucho valor a sus tres hijos, uno soy yo. Como dos no trabajan ni tienen familia el quiere que esta casa puedan disfrutarla sus dos nietos, mi hijo e hija. El puede dejar a su nieto y nieta el usufructo de la casa de campo?
    Muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Joan en este caso para informarte de el usufructo hacia tus hijos y como funciona la implicación de este te dejo un par de enlaces que te serán de ayuda para resolver tus dudas.
      Enlaces: El usufructo viudal: qué es y sus principales características
      Cosas que debes saber si vas a recibir un usufructo
      Tramites del usufructo: pasos a seguir en la aceptación de una herencia
      Espero que te hayan resuelto las dudas, un saludo
      Si desea consultar a uno de nuestros abogados entre en nuestra página web de Testamenta y realice su consulta: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/

      Reply
  117. Sacha

    Buenos días,
    Mi abuela me ha comentado que me ha hecho usufructua vitalicia de su piso pero yo tengo un piso en propiedad abría algún problema

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Sacha no hay ningún problema. Este derecho viene a decir que, todo bien que se deje en usufructo, podrá ser disfrutado por quien lo recibe. Pero no podrá venderlo. Por ejemplo: un piso o una casa. Estas son las condiciones para quien hereda en usufructo:
      –Puede usar el bien sin ser propietario, por ejemplo vivir en la vivienda aún sin ser suya.
      –No puede vender ese bien en propiedad, pero sí alquilarlo y recibir los réditos que ofrezca.
      –Ha de encargarse del buen mantenimiento del bien.
      –Tendrá que avisar de reparaciones y pagar los impuestos que genere.
      Un saludo, gracias por interactuar en nuestro blog.

      Reply
  118. Sandra

    Mi pareja y yo (no estamos casados ni somos pareja de hecho ni tenemos hijos y vivimos en Catalunya) vamos a hacer testamento el uno para el otro. Incluyendo que el ultimo de los dos que muera reparta la herencia entre las dos familias (padres si aun viviesen, hermanos de ambos, y sobrinos). Mi hermano es soltero, no tiene hijos, y es mayor que yo. No sé si habría alguna formula para que si mi hermano hereda, el día que fallezca, la herencia sea para los sobrinos (que son los hijos de la hermana de mi pareja, y aun menores de edad).
    Sería conveniente dejar a mi hermano como usufructuario? O sería mejor dejarlo como heredero y en un futuro, cambiar el testamento?
    Muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos dias Sandra;

      Es un caso complicado que debería investigar nuestro equipo de abogados. En Testamenta tenemos dos servicios de consulta de bajo coste donde un abogado especializado se pondrá en contacto contigo lo más pronto posible. Si te urge mucha prisa, tenemos el servicio de consulta urgente.

      Si quieres saber más sobre la herencia de tios a sobrinos puedes consultar el siguiente enlace donde te explicamos si un sobrino puede heredar la herencia de su difunto tio. ¿Necesitas más? Entra en esta infografía muy visual donde te especificamos las 6 cosas que debes saber si vas a recibir la herencia de tu tio

      Además, disponemos de un e-book gratuito que trata sobre las herencias de tios a sobrinos, puedes descargarla directamente aquí

      ¡Me encantaría que me digas que te han parecido los artículos que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña

      Un saludo
      Judith

      Reply
  119. Martin

    Una consulta. Tengo una casa en el campo, soy dueño del 80 % de la vivienda y el otro 20 % le pertenece a un primo mio. Igualmente a mi primo le di libertad de usar la casa cuando quiera, a cambio dividimos a medias los gastos de luz y gas. Los arreglos estructurales de la casa de techo o pisos yo pago el 80 x ciento de esos arreglos, otros gastos que se refieren al uso cotidiano de la vivienda pagamos mitad y mitad, la duda que tengo es con los arreglos de reboques de paredes (partes bajas, socalos) que se hacen cada 2 o 3 años ya que al ser una casa de mas de 100 años se va deteriorando, ese gasto de reboques corresponderia pagar mitad y mitad o me corresponderia pagar el 80 x ciento de ese tipo de arreglo?

    Reply
  120. ELVIRA

    Me parece muy interesante toda la información y útil; pero tengo varias dudas:
    MI padre en testamento me puso a mi de heredera y a mi madre de usufructuaria de todo; el dinero k se ha gastado como ejemplo pagar la furgoneta de su expareja se lo puedo reclamar?
    Ella es usufrctuaria hace unos años se casó con una persona violenta cuando ella muera lo puedo hechar?
    La vivienda tiene garaje yo ahora lo necesito por un tema de mudanzas para guardar mis cosas que derecho tienen ellos y yo?
    Si tengo problemas con él se va de casa y mi madre con él yo que puedo hacer?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Elvira ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  121. Arlena

    Por favor, necesito consultarles esto: mi padre falleció nombrándome a mí heredera y a mi madre sólo le dejó la cuota legal usufructuaria de la casa que compraron entre los dos. Mi madre y yo no nos hablamos, me echó de casa cuando murió mi padre. Mi pregunta es: si mi madre tiene 86 años, puedo conmutarle su derecho de usufructo y podría yo entrar a vivir también en la casa?? Yo no quiero echar a mi madre, sólo quiero vivir allí, puesto que no tengo a dónde ir. La casa era de los dos en régimen de gananciales. Gracias por su respuesta

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Arlena ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  122. Yolanda González

    Buenos días¡ Necesito ayuda. Mi padre falleció y dejó en su testamento, a mi como su heredera y a mis hermanos (son 3), la legitima estricta. También dejó el usufructo universal y vitalicio de todo su patrimonio a su viuda (que no es nuestra madre). Su patrimonio son:un bien inmueble (que es privativo, ya que lo compraron mis padres) y un dinero en unas cuentas en las que son titulares mi padre y su viuda. Estamos de acuerdo en conmutar el usufructo, abonando su valor, pero su viuda no está de acuerdo con el importe . Mi pregunta es: ¿Pueden mis hermanos oponerse al usufructo vitalicio que grava su legitima estricta, y así quedarse con la plena propiedad?
    Muchas gracias por su respuesta.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Yolanda ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  123. salvadorromanortiz@gmail.com

    Tengo una casa al 50% con un hermano, luego hay una hermana con el usufructo vitalicio, esta hermana lleva 14 años en un cetro de persona con discapacidad, la casa esta en ruinas mi hermano quiere hacer reformas para alquilarla, para ello me ha exigido que le entregue la llave que yo tengo.Mi hermano es el tutor de mi hermana….. ¿ tengo que darle las llaves?.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Salvador ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  124. Ana

    Hola, mi pregunta es la siguiente:
    Hace un tiempo que mi pareja y yo nos hemos separado, continuamos siendo pareja de hecho, todavía no la hemos disuelto, y tenemos un hijo en común el cual vive conmigo en la vivienda en la que figura como propietario solo mi expareja.
    Sería posible hacer algún tipo de documento en el que me dejase el usufructo de la vivienda de por vida? El ha rehecho su vida y estaría de acuerdo

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Ana ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  125. luis aguilar

    hola gracias por responder a nuestras dudas,, mi pregunta es, yo tengo una herencia de mis padres un terreno y tengo 3 hijos y mi esposa,mis hijos no se han portado muy bien y tengo miedo que al fallecer mi señora quede sin nadam quiero dejarle mi herencia la que recibi de mis padres a mi señora como puedo hacerlo
    ..

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Luis, lo que debería hacer es realizar un testamento en el cual explique que si usted fallece pasará todo a su mujer. Una vez usted lo haya hecho así, ya puede decidir si desheredar a sus hijos o bien que se queden con la herencia una vez hayan fallecido los dos. Si desea realizar su testamento online en España le dejo el enlace a nuestra página web: https://www.testamenta.es/testamento/testamento-de-bienes-individual-parejas/

      Muchas gracias por comentar en nuestro blog, un saludo.

      Reply
  126. Zito

    Hola, desearía saber si un familiar puede disfrutar de usufructo de vivienda por haber estado más de 60 años de empleada de hogar con la propietaria. Del mismo modo, si al fallecer la propietaria puede disponer del dinero que deje..? Muchas gracias, un saludo.!

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Zito ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  127. Cristina

    Buenas noches! Mi madre tiene el usufructo vitalicio (pero no por viuda) de una casa en la que sus tres hijos somos nudos propietarios. Me surge la duda de si algún día fallece y ella tiene deudas nosotros tendríamos que pagar algo o simplemente se consolida nuestra propiedad. Es que ella tiene deudas con entidades bancarias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Cristina ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  128. David Gonzalez

    Hola.
    Mi padre me dejó una propiedad y se reservó el usufructo vitalicio con mi consentimiento. Luego de un año contrajo matrimonio, y su nueva esposa trajo a su vez una persona con quien no tiene vínculo familiar que habita en dependencias de mi propiedad. Cuál es mi responsabilidad para con esa tercera persona?. Puedo exigir su desalojo?.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas David Gonzalez ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  129. Gabarrella

    Hola,
    ¿Se puede anular el derecho del viudo al usufructo de la vivienda en un testamento?
    Gracias
    Saludos

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Gabarrella la voluntad del testamento es lo que se debe cumplir, si el testador todavía no ha fallecido puede cambiar el testamento y evitar que eso suceda.
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  130. Jose garcia

    Buenas tardes mi pregunta es somos 9 hermanos mis Padres fallacies mi madre me dejo el sertificado de la propiedad y escrituras. Donde dise Claramente a la primera se la reserba el usufructo vitalicio Y todos Los derechos reservado. El primero que aparese en ambos documentos es mi nombre. Soy el ma’s Chico. Ahora mis 8 hermanos no me Dan el derecho de visitar no entrar a la casa. Ellos santana y cobran todo el dinero. Yo e pagado los prediales desde en vida de mi madre. Ellos no quieren Pagar nada. Que me recomiendas aser ?????

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Jose ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  131. juan manuel lazaro lopez

    JUAN

    Hola.
    disfruto de un piso en usufructo vitalicio, y mi pregunta es si el trastero también forma parte del usufructo .
    Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Juan
      Al tener el usufructo vitalicio tiene el derecho al uso y disfruta de su propiedad, y esto incluye todo lo que la engloba, ya sea jardín, plaza de garaje, trastero…

      Un saludo, muchas gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  132. Alberto

    Buenos dias.

    Mi hermana y yo somos propietarios de un piso en el cual vivian mis padres hasta que mi padre falleció. Mi madre es actualmente usufructuaria del piso pero vive en una residencia por problemas físicos. Ella actualmente percibe además una ayuda para pagar la plaza del piso. ¿Podriamos mi hermana y yo alquilar el piso ya que ella no lo está utillizando y que ella no perdiese la ayuda que recibe actualmente?

    Gracias!

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Alberto ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  133. Marta

    Hola! con mi pareja ( conviviente hace más de 30 años pero no legal ante el anses),compramos un departamento en la escritura figura que la propiedad me la venden a mi, y que el usufructo de ésa propiedad se la venden a él, mi pregunta es, si él falleciera el usufructo lo hereda su hija ? o queda extinguido? repito el usufructo lo compro él , no es que yo como propietaria le otorgue el usufructo ni vitalicio ni temporal. Gracias y a la espera de una pronta respuesta.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Marta ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  134. Kati

    Buenas tardes, estoy casado en régimen de gananciales, tengo la nuda propiedad de un piso y mi madre es la usufructuaria del mismo. ¿Puedo aportar esa vivienda de mi propiedad a la sociedad de gananciales? ¿Necesitaría la autorización de mi madre?
    Muchas gracias.

    Reply
  135. Francisco Javier

    Hola ,me llamo Javier y mi pregunta es:
    Como puedo aceptar una herencia de vivienda
    en la que estamos viviendo por acuerdo con el
    propietario, la cual heredara mi hija menor de edad
    aplazando los pagos de aceptacion y deudas contraidaspor el dueño si soy insolvente ?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Francisco Javier ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  136. Laura

    Mi madre esta separada sin divorciar, cuando estaba junto con padre compraron una propiedad y la pusieron a nombre mio y de mi hermano, siendo ella la usufructuaria (esta operación se hizo porque mi madre ya sospechaba que su relación con mi padre no acabaria bien y ella fue quien pago toda la vida hipoteca, si ella fallece, ¿puede mi padre hacer uso del usufructo? ¿puede mi madre hacer reversible la situación y volver a ser ella la propietaria? puede hacer algo para que mi hermano no tenga la mitad de la vivienda el día que falte? Está muy disgustada mi hermano me ha dejado tirada con mi madre malita y no se hace cargo de nada, visitas de 15 min sin limpiar sin comprar sin cuidarla y llamadas y chats de bromas, que ella acepta por ser hijo pero nada más y sufre de verme a mi desvivirme por todo.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Laura ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  137. Marcos

    Mi madre nos quiere dejar en herencia a mi hermano y a mí la propiedad de una casa cuando fallezca pero a mí me quiere dejar el usufructo ¿Es posible? ¿Puede dejarle también el usufructo a mis hijos (sus nietos)? ¿Mi hermano podría reclamarme algo?
    Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Marcos una vez leído tu comentario acerca de la funcionalidad del usufructo, te dejo a continuación los siguientes artículos que te serán de gran ayuda y resolverán todas tus dudas existentes.
      Enlaces: Cosas que debes saber si vas a recibir un usufructo
      Infografia Usufructo – Cosas que debes saber si vas a recibir un usufructo
      ¿Cómo hacer testamento a partes iguales añadiendo a un heredero como usufructo de la vivienda?

      Gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  138. Jorge

    Mi caso esq compre un piso al 50% con mi mujer. Estamos casados en separación de viernes. Eya tiene una hija hija de otra relación anterior . Ahora mi pregunta es la siguiente: si mi mujer falleciera yo tendría el 50% de la propiedad y que pasaría con el 50 % de ella?? Su hija me podría echar de la casa…??

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Jorge ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  139. Andrés

    Hola mi consulta es sobre una vivienda de mis padres fallecidos hace años, que tuvieron 6 hijos y dejaron a una 1 hija (soltera) como disfrutaria. Esta recientemente falleció y tengo las llaves de la vivienda por que la cuidamos hasta el final. Ahora los 5 herederos me reclaman las llaves de una manera acosadora y yo solo estoy esperando que se pronuncie el notario, solo espero eso, no es que no quiera dárselas, solo espero los procedimientos. Me tienen amargado con este asunto, solo hace un mes que murió y me están acosando con las malditas llaves, incluso me ha llamado por teléfono un extraño diciendo que tiene un poder notarial en nombre de uno de ellos para que le de las llaves! que hago? tengo que dárselas o espero a que nos llame el notario?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Andrés ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  140. Aaron

    Hola, necesito resolver una duda, desgraciadamente mi pareja murió en agosto, era un hombre de 56 años, yo vivía con el desde hace 9 años, no estamos casados ni somos pareja de echo, pero si tengo un papel cuñado por el ayuntamiento de alicante en el que pone que desde 2013 yo vivo en su domicilio y otro en el que el propietario acredita que el, su hijo y yo vivimos en esa propiedad desde 2013, tengo derecho a usufructo de la vivienda y a pensión? ya que no tengo donde vivir ni trabajo y sus hermanas no me dejan recoger mis cosas

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Aaron ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  141. ANDREA

    BUENAS TARDES, CONSULTA: MI SUEGRO MURIO, Y LA HEREDERA FUE MI SUEGRA, PERO EN VEZ DE PONERLO TODO A NOMBRE DE MI SUEGRA ESTA DECIDIO QUEDARSE COMO USUFRUCTURIA PARA QUE LUEGO EL DIA QUE ELLA MURIERA SU HIJO Y SU HIJA NO TUVIERAN QUE PAGAR POR CAMBIARSE DE NOMBRE LAS ESCRITURAS . AL HIJO LE CORRESPONDIO UN PISO EL CUAL ESTA PAGANDO UNA HIPOTECA, COMO LA MADRE NO PODIA PAGARLA SE HIZO CARGO EL HIJO DE ESTA HIPOTECA, Y A LA HIJA LE CORRESPONDIO UN LOCAL. ESTE LOCAL AHORA HA SIDO VENDIDO YA QUE EL AYUNTAMIENTO LO OBLIGABA PORQUE SE TENIAN QUE CONSTRUIR PISOS. LES HAN PAGADO UNA PARTE Y DE AQUI DOS AÑOS LA PARTE RESTANTE. LA CONSULTA ES QUE MI SUEGRA ESTA UN POCO NERVIOSA Y NO ENTIENDE LA SITUACION. LA VENTA HAN SIDO DE 160.000€ PERO AHORA HAN PAGADO 50.000 € QUE CORRESPONDE A MI SUEGRA Y 10.000€ A SU HIJA Y DE AQUI 2 AÑOS PAGARAN LOS 100.000 RESTANTES. VARIAS PREGUNTAS: 1.- HAN PUESTO EL DINERO EN UNA LIBRETA TODO JUNTO LO DE MI SUEGRA Y LO DE SU HIJA (mi suegra no entiende que siendo usufructuria a ella le han correspondido 50.000€ y a su hija 10.000€ ) 2.- LA ABOGADA HA COMENTADO QUE NO PUEDEN TOCAR EL DINERO PORQUE TIWNEN QUE PAGAR UN IMPUESTO QUE NO SABEN CUAL ES 3.- PREGUNTA ESE DINERO LO PUEDEN TOCAR? 4.- MI SUEGRA QUIERE SABER SI ESTOS 50.000€ LOS PUEDES TOCAR O NO, PORQUE LE DICEN QUE UNJA VEZ HAYAN PAGADO EL IMPUESTO ELLA TAMPOCO LOS PODRA TOCAR, A ELLA LE GUSTARIA SABER SI PUEDE DISPONER DE ELLOS PORQUE LE SABE MAL QUE SU HIJO TENGA QUE PAGAR UNA HIPOTECA Y LE GUSTARIA POODER LIQUIDARLA CON ESTE DINERO, ELLA SOLO SE OFRECIO USUFURCTUARIA PARA EVITAR GASTOS EN EL DIA DE SU MUERTE. 5.- QUIERE SABER SI REALMENTE HA AHORRADO DINERO A SUS HIJOS PONIENDOSE COMO USUFRUCTURIA ES DECIR SI EN EL DIA DE SU MUERTE SUS HIJOS QUE IMPORTE TENDRIAN QUE PAGAR PARA PONERLO TODO A SU NOMBRE, O SI NO SE HUBIERA PUESTO COMO USUFRUCTURIA SUS HIJOS EN CASO DE SU MUERTE HABRIAN PAGADO LO MISMO?
    ESPERO QUE ME HAYAN ENTENDIDO TODAS LAS PREGUNTAS QUE LES HE REALIZADO.
    ESPERANDO SUS RESPUESTAS, SALUDOS CORDIALES

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Andrea ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  142. Sandy

    Hola mi esposo falleció y aparezco en las escrituras como coopropietaria del 50 %porciento de la casa y tenemos una hija en común menor de edad ¿tengo que hacer usufructo?¿y se puede arreglar las escrituras a nombre de las dos? Agradeceria su respuesta

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Sandy ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Saludos, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  143. Sara

    Buenos días. Mi pareja tiene un hijo previo con una chica con la que no se casó ni nada. El y yo queremos casarnos y tener un hijo pero yo quiero saber en el caso de que uno d los dos fallezca…si hacemos separación de bienes…podríamos ponernos en usufructo si tenemos una casa en común?y hasta q nonfallezcamos los dos no hagan uso los hijos..?
    Igualmente cuando ellos(los niños)reciban en erencia esa casa no seria la misma parte no?xq nuestro hijo seria de los 2 siendo la casa d los dos…mientras q su hijo es solo d el…el porcentaje d mi parte d la casa el no la recibiría n?
    O en el caso de q exista separación..con separación de vienes pues seria 50 y 50 y ya esta n?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Sara ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Saludos, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  144. Mario B.

    HOLA BUENAS TARDES, TENGO UNA DUDA, EN 2013 AL FALLECER MI PADRE HEREDÉ EL PISO QUE EL VIVÍA CON MI MADRE, MI MADRE ES SUFRUCTUARIA Y VIVE ALLÍ, MI CUESTIÓN ES LA SIGUIENTE, EL DÍA QUE FALTE ELLA YO TENGO QUE PAGAR IMPUESTO DE SUCESIONES O EL PISO YA ES MÍO DESDE 2013? NO TENGO MUY CLARO ESTE IMPUESTO, PUES LA HERENCIA YA FUE EMITIDA, MUCHAS GRACIAS.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Mario su madre al ser usufructuaria del piso podrá disfrutar del mismo hasta que así lo consideré o bien fallezca, una vez una de estas cosas suceda se deberá hacer el cambio de nombre a tu favor, por lo que deberás de hacerte cargo del impuesto de sucesiones al ser el nuevo propietario del piso.

      Saludos cordiales

      Reply
  145. Fernando

    Hola mi consulta es la siguiente, cuando falleció mi padre el usufructo de la vivienda se le asigno a mi madre donde yo y mi hermana «fallecida» quedamos como nudos propietarios. Mi hermana fruto de un matrimonio tuvo un hijo que ha día de hoy es menor de edad (9 años). Mi madre y yo queremos cancelar el usufructo para vender el inmueble y dejar la parte proporcional de la venta a mi sobrino. ¿Necesitamos la autorización de mi excuñado para la venta? Gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Fernando ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.

      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Saludos, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *