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Al hacer testamento las leyes varían según la vecindad civil

Al hacer testamento las leyes varían según la vecindad civil

Al hacer testamento las leyes varían según la vecindad civil

Cuando una persona se propone hacer testamento, hay una serie de normas que deben cumplirse, según en qué parte del territorio español se resida, o sea según cuál sea su vecindad civil.

La vecindad civil está dada por la residencia continuada durante dos años en un sitio, siempre que el interesado manifieste que esa es su voluntad o por residencia continuada de diez años, sin que sea necesaria la declaración en contrario durante o culminado, este plazo.

Esto es así porque España tiene una característica muy peculiar y es que no existe una legislación única aplicable a todo el Estado ya que coexisten el Derecho civil común, representado por las leyes contenidas en el Código Civil y Legislación General, con la legislación foral, que solo tiene validez en algunas Comunidades Autónomas con competencia sobre todo en el derecho sucesorio.

Navarra, Cataluña, Galicia, Baleares, Aragón y parte del País Vasco, son las únicas Comunidades donde rige el llamado derecho foral, que además, no se aplica de manera uniforme, sino que cada zona tiene sus peculiaridades.

Para el país Vasco existen tres zonas bien delimitadas, en las cuales rige uno u otro, por lo que en Guipúzcoa el Código Civil es el que indica cuales serán las pautas a seguir, a la hora de hacer testamento, pero no es así para el resto de la Comunidad.

En Bizkaia hay que distinguir el Territorio Histórico o Tierra Llana donde rigen especialidades forales del resto , donde lo hace el Código civil. La zona no foral de Bizkaia está compuesta por estos municipios: Orduña, Markina-Xemein, Bermeo, Ermua, Durango, Guernika, Lanestosa, Lekeitio, Ondarroa, Otxandio, Balmaseda, Portugalete, Lumo y Plentzia, y Bilbao.

En Álava rige el Código civil, con dos excepciones: En Aramaio y Llodio se aplican las normas del “Territorio Histórico”, también llamado “Tierra Llana de Bizkaia” y en Ayala, el «fuero de Ayala».

Según el «fuero de Ayala», se reconoce la aplicación del Código Civil, pero con libertad absoluta a la hora de otorgar testamento, esto quiere decir que no es necesario tomar en cuenta a los legitimarios y dicho fuero vale para los municipios de Ayala, Okondo y Amurrio y en los poblados de Santa Coloma, Retes de Tudela, Mendieta y Sojoguti, perteneciente al municipio de Artziniega.

Visite la web de Testamenta y le orientaremos acerca de cuáles son las normas jurídicas que le corresponde acatar a la hora de hacer testamento.

Foto gentileza de: elpais

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