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Cómo recibir una herencia sin testamento

Cómo recibir una herencia sin testamento

Es común que una persona fallecida deje una herencia pero que no exista un testamento. Esta situación, que puede ser causada por una muerte a raíz de una enfermedad rápida o un accidente, es complicada para los herederos, pero puede gestionarse un trámite para recibir los bienes correspondientes. De acuerdo con el Código Civil, el orden de prioridad para tomar una herencia sin testamento es el siguiente: Hijos y descendientes Padres y abuelos Cónyuge Hermanos y sobrinos Otros parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad (primos directos) Estado Nacional Trámites para recibir una herencia si no se ha pensado en hacer testamento Para poder recibir una herencia cuando no existe testamento, el heredero interesado debe conseguir en el Registro Civil el Certificado Literal de Defunción. También se debe pedir, si están disponibles, el Registro de Últimas Voluntades, un Certificado de las mismas y otro Certificado de Seguros de Vida. También debe comenzarse un procedimiento de declaración “Abinestato” (en latín: sin testamento). Dicho procedimiento habilita a los herederos a obtener la herencia, a través de la firma de un notario. Los documentos que los interesados deberán presentar son el Libro de Familia, DNI, Certificados de Residencia y Certificados de Nacimiento. Tanto el Certificado de Defunción como el de Últimas Voluntades servirán para acreditar que la persona fallecida no dejó un testamento. También serán requeridos dos testigos que puedan aseverar la veracidad de los hechos registrados en el acta de notoriedad. Si este proceso se desarrolla con total normalidad, luego del transcurso de 20 días, el notario declarará a través de un acta a los parientes como receptores 'Abinestato' para que puedan tomar la herencia de la persona fallecida. Como verás, este proceso es complejo e incómodo de realizar cuando debes lidiar con el dolor causado por la pérdida de un ser querido. Por esto, te recomendamos que tramites tu propio testamento para ahorrarle inconvenientes a tus herederos. Hazlo online con Testamenta y ahorra en tiempo y esfuerzo. Imagen cortesía de abogadodeburgos

Es común que una persona fallecida deje una herencia pero que no exista un testamento. Esta situación, que puede ser causada por una muerte a raíz de una enfermedad rápida o un accidente, es complicada para los herederos, pero puede gestionarse un trámite para recibir los bienes correspondientes.

De acuerdo con el Código Civil, el orden de prioridad para tomar una herencia sin testamento es el siguiente:

  1. Hijos y descendientes
  2. Padres y abuelos
  3. Cónyuge
  4. Hermanos y sobrinos
  5. Otros parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad (primos directos)
  6. Estado Nacional

Trámites para recibir una herencia si no se ha pensado en hacer testamento

Para poder recibir una herencia cuando no existe testamento, el heredero interesado debe conseguir en el Registro Civil el Certificado Literal de Defunción. También se debe pedir, si están disponibles, el Registro de Últimas Voluntades, un Certificado de las mismas y otro Certificado de Seguros de Vida. También debe comenzarse un procedimiento de declaración “Abinestato” (en latín: sin testamento).

Dicho procedimiento habilita a los herederos a obtener la herencia, a través de la firma de un notario. Los documentos que los interesados deberán presentar son el Libro de Familia, DNI, Certificados de Residencia y Certificados de Nacimiento.

Tanto el Certificado de Defunción como el de Últimas Voluntades servirán para acreditar que la persona fallecida no dejó un testamento. También serán requeridos dos testigos que puedan aseverar la veracidad de los hechos registrados en el acta de notoriedad.

Si este proceso se desarrolla con total normalidad, luego del transcurso de 20 días, el notario declarará a través de un acta a los parientes como receptores ‘Abinestato’ para que puedan tomar la herencia de la persona fallecida. Como verás, este proceso es complejo e incómodo de realizar cuando debes lidiar con el dolor causado por la pérdida de un ser querido. Por esto, te recomendamos que tramites tu propio testamento para ahorrarle inconvenientes a tus herederos. Hazlo online con Testamenta y ahorra en tiempo y esfuerzo.

Imagen cortesía de abogadodeburgos

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