Todo sobre testamentos, herencias y sucesiones
Testamento del uno para el otro ¿Qué es?

Testamento del uno para el otro ¿Qué es?

Testamento del uno para el otro

Cuando una pareja de hecho o un matrimonio con hijos piden cita en una notaría con ánimo de hacer testamento, suelen pedir un testamento del uno para el otro. La mayoría creen que este tipo de testamento consiste en que el miembro de la pareja que sobrevive lo hereda todo y luego, a su muerte, toda la herencia pasa a los hijos. Sin embargo esto no es exactamente así. O no lo es en la mayor part del territorio español. Aquí te explicamos cómo funciona el testamento del uno para el otro.

Algunas confusiones respecto al testamento del uno para el otro

Para empezar,  si el matrimonio está casado en régimen de ganaciales, el cónguge supervivente ya es dueño, en propiedad, de la mitad de los bienes de la pareja. Así que no se puede heredar todo. Como mucho podría heredarse la mitad restante. Pero eso tampoco es así. Cada uno de los cónyuges tiene que hacer ante notario su propio testamento. Esto es así porque cada miembro de la pareja tiene esa mitad de bienes de la pareja (gananciales) y además sus propios bienes privativos. Son bienes privativos los que son de su exclusiva propiedad. Por ejemplo los que tuviera antes de contrar matrimonio, o los que haya heredado por otra parte.

La ley establece ciertas normas para los testamentos de matrimonios que tienen hijos

Por eso no es tan sencillo hacer un testamento del uno para el otro como puede parecer. Para empezar, existen las legítimas. Aunque ya lo hemos explicado con anteroridad, diremos brevemente que la legítima es la parte de la herencia que la ley reserva al heredero forzoso. En el caso que estamos estudiando, el de un matrimonio con hijos, los hijos son herederos forzosos y la ley les reserva dos tercios de la herencia.  El viudo en este caso tendría derecho únicamente al usufructo de un tercio de la herencia.

Qué es el usufructo

Decimos que el viudo de un matrmonio con hijos, donde los hijos son herederos forzosos de dos tercios de la herencia, obtendría el usufructo de un tercio de la herencia. Ahora bien. Qué es el usufructo. No es la propiedad. Un usufructuario no es un propietario. De hecho, el usufructo es un derecho que limita el derecho de propiedad. El viudo o viuda no será propietario de ese tercio de la herencia. Podrá usarlo y aprovecharlo en su propio beneficio, pero con algunas condiciones. Debe conservar ese tercio de la herencia para poder devolverlo. Aunque en este caso no se trata de una devolución propiamnete dicha. El viudo podrá usar y disfrutar su tercio de la herencia hasta el momento de su muerte. Luego, ese tercio pasará también a los hijos.

¿Se puden ampliar los derechos del cónyuge viudo con un testamento del uno para el otro?

De hecho se puede hacer. Existen varias vías para lograr que el viudo disfrute de mucho más que ese usufructo de un tercio de la herencia. Sin embargo, la ley prevé que los hijos puedan reclamar la legítima estricta. En puridad, se puede otorgar al viudo el usufructo vitalicio y universal de toda la herencia. Es decir, el viudo podría usar todos los bienes del matrimonio hasta el momento de su muerte. Esto se haría por medio de un legado. Sin embargo, en este caso los hijos pueden reclamar su legítima estricta.

¿Qué es la legítima estricta?

La legítima estricta es un tercio de la herencia. Es el tercio que la ley reserva de manera absoluta a los hijos como herederos forzosos. Si el matrimonio ha hecho un testamento del uno para el otro y ha ampliado la herencia del viudo mediante legado, los hijos pueden reclamar este tercio. En este caso tendrían acceso a él y el viudo se quedaría con el usufructo de dos tercios de la herencia. El legado perdería su valor.

Para evitar esto, los matrimonios que quieren un auténtico testamento del uno para el otro pueden recurrir a la Cautela Socini

La cautela socini para garantizar el testamento del uno para el otro

Los matrimonios que desean hacer un testamento del uno para el otro tienen buenos motivos para hacerlo. Se trata de parejas que quieren garantizar que el viudo no dependa de nadie mientras viva. Además, suelen ser personas muy conscientes de sus propios derechos. Ellos han sido los que han trabajado y quieren ser los dueños de sus propiedades hasta el final. Para ellos, el final será cuando fallezcan los dos. Por estas personas existe la figura de la cautela Socini.

Esta es una cláusula que establece que, en el caso de un testamento del uno para el otro, si los herederos forzosos reclaman la legítima estricta en vida del viudo, perderán el derecho a todo lo que no sea esa legítima estricta. Es decir, los hijos que reclaman, perderán un tercio de la herencia. Se apela así al deseo de los hijos de quedarse con más bienes a largo plazo, aunque a costo plazo no puedan disfrutarlos.

¿Qué derechos otorga al viudo la cautela socini?

Recordemos que lo que se amplía en este caso es el usufructo, que alcanzará a los dos tercios de legítima. La legítima estricta y la legítima amplia o tercio de mejora. Así, el viudo, que verá garantizada su subsistencia, no podrá vender los bienes. Estos bienes pertenecen en realidad a los hijos. Lo que sí puede hacer es usarlos y aprovecharlos. Por ejemplo, si la pareja tenía un piso en alquiler además de la vivienda habitual, el viudo podrá cobrar la renta. Pero en ningún caso podrá vender el piso.

Así, el viudo no es el dueño, pero podrá vivir sin que otros, aunque sean los hijos, intervengan en sus decisiones.

Ventajas de este tipo de testamento del uno para el otro

Aunque los hijos pueden sentirse engañados en un primer momento, en realidad este tipo de testamentos tiene ventajas para todos los miembros de la familia. Por una parte los padres, que trabajaron para conseguir lo que tienen, podrán disfrutarlo mientras vivan. Sin depender de los hijos. Por otra parte, se evita que los padres dilapiden la herencia de los hijos, que al final acabarán recibiéndola.

Si deseas hacer un testamento del uno para el otro, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En Testamenta somos expertos y te ayudaremos en todo lo que tenga que ver con la redacción de tu testamento.

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 2 Promedio: 4)

About The Author

Testamenta es la primera solución para iniciar los trámites del testamento online. Si quieres hacer el testamento entra en www.testamenta.es

Related posts

8 Comments

  1. vane

    Buenas tardes que precio tiene modificar un testamento? Y que es mejor la herencia en vida o después lo comento por los impuestos de sucesiones muchas gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Vane,

      En respuesta a tu consulta decirte que una modificación de un testamento supone realizar de nuevo un testamento por lo que tiene el mismo coste, pero le puede salir gratuito si tiene seguro de vida o de decesos con alguna de las compañías con las que colaboramos, o bien realizando un testamento solidario, es decir, dejar un minimo de 500€ alguna de las ONG’s con las que colaboramos.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires el post de herencias en vida.

      Si necesitas más información te invito a que hagas una consulta en la siguiente plataforma en la que te ofrecemos distintas opciones muy asequibles en las que consultar con uno de nuestros abogados.

      Gracias por su comentario
      Un saludo

      Testamenta

      Reply
  2. beatriz

    hola buenos días mi consulta es la siguiente, mi marido tiene dos hijas de un matrimonio anterior, y me gustaría saber como quedaría yo en la herencia teniendo en cuenta que tenemos un piso en común, un dinero ahorrado y el tiene otro piso en propiedad (al año de casarnos, mi marido y su ex hicieron disolución de propiedades y le toco ese piso en el reparto). Queríamos hacer testamento, dejando el usufructo de la vivienda común al que quede, y el dinero en la cuenta como se repartiría??

    gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Beatriz,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas como repartir una herencia.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

      Reply
  3. Dario

    Hola buenas nosotros somos un matrimonio casado bajo régimen ganancial, sin hijos. en nuestro caso como quedaria la herecia si uno de los dos fallece

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Dario al estar casados bajo régimen ganancial y no tener hijos, fallecido un cónyuge será preciso determinar la parte de gananciales que integran la herencia y la que corresponde al viudo o viuda (por regla general, la mitad).

      En definitiva, el patrimonio hereditario estará integrado por: la parte de bienes gananciales del fallecido, los bienes privativos del fallecido y las deudas y cargas.
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  4. José Daniel

    ¡Buenas!. Mi mujer y yo tenemos hecho un testamento el uno para el otro. No tenemos hijos y nuestro régimen matrimonial es gananciales. En caso de fallecimiento de uno de los dos, ¿tendríamos derecho al 100% x 100% de la herencia o solo a una parte? dando por hecho que tenemos padres tanto uno como el otro. En caso de que una parte fuera para los ascendientes, ¿qué parte sería? y ¿habría algún mecanismo de que todo, sea en propiedad o en usufructo fuera para uno de los viudos?.
    ¡Muchas gracias!.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Jose Daniel ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *