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Ahorrar en la herencia, ¿cómo pagar menos impuestos?

Ahorrar en la herencia, ¿cómo pagar menos impuestos?

Desde luego, recibir una herencia no es un chollo. Primero, porque apartando frivolidades, en la mayoría de los casos se marcha un ser querido. Pero hoy en día están también los impuestos. Para recibir los bienes que se dejan en testamento tendremos que pagar.

En algunos casos, puede llegar incluso a ser un regalo envenenado. Ya lo hemos comentado anteriormente, según qué comunidades autónomas, heredar un bien como una vivienda puede implicar unos impuestos impagables para muchas familias españolas, lo que a menudo acaba desembocando en la renuncia a la herencia. Andalucía es la región donde más se tasa, por lo que también es donde más se renuncia a una herencia.

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Llegados a este punto, ¿podemos ahorrar en la herencia y esquivar algunos impuestos? Desde luego. Habrá que mirar la legislación vigente en cada autonomía y hablarlo con quien realice el testamento, pero opciones existen.

Os dejamos una serie de recomendaciones para ahorrar en vuestra herencia y superar el impuesto de sucesiones:

Donaciones previas a la herencias

Por norma general, las donaciones cuentan con mayores beneficios fiscales que las herencias. Dependerá de la legislación en cada autonomía pero, de buenas a primeras, el futuro heredero lo tendrá más fácil al poder firmar con el testador en vida.

El supuesto ideal en el caso de las donaciones en vida es el del dinero en efectivo. Si bien se ha de señalar en la declaración de la Renta, los impuestos son mínimos en comparación con el Impuesto de Sucesiones.

¿Y en el caso de las viviendas y los bienes inmuebles? Aquí ya dependerá de cada comunidad autónoma. Aquí aparecerán otros impuestos que se han de tener en cuenta. Merece la pena estudiar qué caso es el mejor.

Algunas legislaciones estiman que una donación previa al fallecimiento se trata de una sucesión de herencia. El plazo mínimo es de cuatro años.

Repartir la herencia entre muchos herederos

Sin duda, la manera más eficaz. El Impuesto de Sucesiones siempre es más elevado cuanto mayor es el patrimonio heredado. ¿Cómo reducir la carga impositiva? Repartiendo entre varias personas los bienes. A ser posible, cuanto más cercanas mejor. Eso incluye a hijos, nietos y esposa.

Hay que tener en cuenta que quienes menos impuestos pagan son el cónyuge y los hijos menores de 21 años. A partir de este punto, aumentan los pagos al Estado.

Exención de impuestos en la transmisión de la vivienda habitual

En el caso de la vivienda habitual, si se transmite con el mismo fin de seguir viviendo allí, los herederos pagan muy pocos impuestos. Existen exenciones de hasta el 99% del impuesto.

Eso sí, está pensado para que los herederos vivan en esa vivienda, al menos durante diez años, sin poder alquilarla o venderla. Es el caso del cónyuge que queda viudo o de los hijos.

Mudarse a una autonomía con ventajas fiscales

Por supuesto, para evitar impuestos es posible cambiar de residencia habitual y beneficiarse de las bases impositivas de otras autonomías. Por ejemplo, en Andalucía se paga más en Impuesto de Sociedades y en Madrid menos. Así que un andaluz podría transferir su domicilio fiscal a la capital y evitar impuestos.

Sin embargo, ha de realizarse con todas las consecuencias. Primero, la residencia en la nueva autonomía ha de ser de cinco años al menos, y además ha de residirse oficialmente. Cuanto menos, más de la mitad de los días de un año.

No donar los bienes que no generan rentas

En el caso de decidir entre donaciones y herencia, hay que tener en cuenta que el Impuesto de Donaciones se incluye en la declaración de la Renta de quien recibe el patrimonio.

¿Qué significa eso? Que los productos que no generen rentas es mejor dejarlos para la herencia y no donarlos. Estos serían los fondos de inversión o las acciones empresariales sin dividendos.

Transmitir patrimonio a través de una empresa familiar

Esta fórmula asegura ahorros en impuestos de hasta el 95%, pero no muchos casos pueden acogerse. Si existe una empresa familiar, el patrimonio del testador puede redirigirse a la empresa, que también es propiedad de los herederos. Eso sí, ha de ser una empresa regulada, con al menos un empleado y actividad económica.

Otro escollo es que el testador ha de tener más de 65 años y encontrarse en situación de incapacidad para dedicarse a los asuntos de la empresa.

Seguros de vida

Este tipo de seguros ha crecido bastante desde la implantación del Impuesto de Sociedades, ya que beneficia a los herederos. Por un lado, no entran dentro del 33% obligatorio de un testamento que han de recibir los herederos legítimos, que suelen ser los hijos.

Es una forma de redistribuir el patrimonio. Además, es posible evitar la progresión impositiva, lo que los convierte en una opción a tener en cuenta si el patrimonio es elevado.

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