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Testamento vital: cómo asegurar que tus deseos se cumplan en caso de enfermedad terminal

Testamento vital: cómo asegurar que tus deseos se cumplan en caso de enfermedad terminal

El testamento vital es un documento que asegura que tus voluntades se cumplan en caso de enfermedad terminal. Este artículo te explica con más detalle en qué consiste.

El testamento vital: qué es, qué regula y sus principales características

La primera cuestión que hay que dejar clara es que el testamento vital no tiene ningún tipo de relación con el testamento sucesorio. Son documentos diferentes y el protocolo para depositarlos también lo es.

El testamento vital, en esencia, es un documento que puede contener numerosas disposiciones en el caso de enfermedad terminal. En el caso de que se haga, este documento tendrá prevalencia para el tratamiento o para la gestión de los restos; en caso contrario, serán los familiares más cercanos los que decidan. La idea, en esencia, es que el enfermo pueda decidir qué tipo de final quiere, evitando sufrimientos innecesarios.

Esta modalidad de testamento está regulada a nivel estatal por la Ley 41/2002, de autonomía del paciente. No obstante, hay que señalar que las Comunidades Autónomas también han regulado y añadido nuevos derechos, en algunos casos. Lo que se busca, por lo general, es empoderar al paciente y evitar procesos agónicos prolongados sin posibilidad de recuperación.

Este testamento tiene nombres distintos en función de la Comunidad Autónoma (Testamento de Voluntades Anticipadas o Documento de Instrucciones Previas). Vale la pena, pues, tener presentes las siguientes cuestiones relacionadas con esta modalidad de testamento.

¿Qué puede contener un testamento vital?

Los principales aspectos que puede contener el documento de instrucciones previas son los siguientes:

  • Duración del tratamiento, características y, concretamente, límites terapéuticos a aplicar en el caso de que la situación sea irreversible. Por lo general, lo que se pretende es reducir el tiempo de sufrimiento. Aquí se hace necesario detallar, lo más posible, el tipo de situación que se puede dar, para acotar la actuación médica. Algunos ejemplos son el cáncer o determinadas enfermedades neurodegenerativas. Esta es, sin duda, la principal medida a tomar.
  • Donación de órganos después del fallecimiento, si así se considera. En caso de que no lo seas, este es el momento de indicarlo. También se puede indicar si es tu deseo que el cuerpo lo utilice la ciencia.
  • Exequias fúnebres. En este caso, se pueden incluir varios aspectos, desde el deseo de tener o no asistencia religiosa (u otras alternativas) al tratamiento del cuerpo, si se quiere ser enterrado o incinerado.
  • La persona autorizada (o personas) para interpretar todas estas instrucciones en el caso de que se dé el fallecimiento.
  • Cualquier otra cuestión que pueda ser relevante incluir relacionada con el fallecimiento o las exequias.

Lo cierto es que el ámbito de aplicación de estas instrucciones es muy amplio. Por ese motivo, te conviene asesorarte previamente para evitar problemas o malos entendidos.

¿Cuáles son los requisitos para redactar el documento?

Existen una serie de requisitos previos imprescindibles para redactar el documento y que este tenga validez. Son los siguientes:

  • Tener la mayoría de edad en España (18 años). Esta cuestión es fundamental, puesto que, en caso contrario, no se pdorá seguir la gestión.
  • Actuar libremente, sin ningún tipo de coacción. Este es el motivo por el que se exige hacerlo ante determinadas instancias. Si el notario o testigos tienen dudas de que hay algún tipo de coacción, no se debería proceder.
  • Actuar en pleno uso de las facultades mentales. El punto es especialmente importante en previsión de algún tipo de enfermedad neurodegenerativa. Por ese motivo, es bueno tener esta cuestión por anticipado debidamente cubierta. El notario, si tiene alguna sospecha, también debería paralizar el proceso.
  • Otorgar el documento por escrito. A diferencia de algunas modalidades testamentarias de sucesión en el Derecho Foral, aquí es obligatorio otorgar el documento por escrito y depositarlo donde corresponda.

Otros aspectos formales, pero no menos importantes, es que el documento tendrá que estar firmado y tendrá que constar el día y el lugar de la firma. No olvidemos que la gestión de estos documentos es autonómica.

¿Ante quién se tiene que redactar el documento?

Lo normal en la mayoría de los territorios es que el documento se otorgue ante notario, aunque hay algunas excepciones en las que sería posible tramitarlo con tres testigos.

Si en un testamento sucesorio se recomienda vivamente el asesoramiento legal, en estos casos más si cabe. No en vano, el margen de discrecionalidad que existe es muy amplio, de ahí que convenga aclarar conceptos. De esta manera, te asegurarás de que, en el caso de que estés enfermo, se cumpla tu voluntad.

Finalmente, hay que señalar que, para que sea válido, se tendrá que depositar en el registro de Voluntades Anticipadas (con nombre distinto) que pertenezca a tu Comunidad Autónoma. Esto servirá para que tenga plena vigencia a partir de ese momento.

¿Cuál es la duración del testamento vital?

La duración del testamento vital, al igual que la de otros testamentos, es indefinida. Y, de la misma manera que en otros casos, también se puede cambiar cuando tú lo desees.

Hay que señalar que, ante este documento, existen dos posturas. La primera, una persona que está ante una enfermedad potencialmente mortal y que decide tomar decisiones para evitar sufrimientos. En segundo lugar (y creciente), la de las personas que desean tener esta cuestión prevista ante cualquier eventualidad.

Como principio general, el consejo que damos es que este documento se gestione cuanto antes. La razón está en que, ante determinadas enfermedades neurogenerativas, podría haber problemas para que el notario diese su validación. No en vano, estos supuestos se podrían cuestionar la plena capacidad de obrar y la falta de coacción.

La idea, sin embargo, es la de que el documento durará el tiempo que tú lo consideres oportuno. No en vano, de esta manera dispones de una herramienta para gestionar el final de tu vida.

Conclusión

El testamento vital es una forma práctica de que tengas control sobre tu vida y sobre tu fallecimiento. ¿Quieres gestionar este documento? En Testamenta te podemos ayudar por un bajo coste, puesto que contamos con un equipo de profesionales del Derecho a tu disposición. ¡Contáctanos para saber más!

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