Aunque cueste creerlo es más común de lo que cualquiera imagina que los legadores “olviden” nombrar a ciertos herederos forzosos al momento de hacer testamento.
Esta situación puede tener dos vertientes, ya que llega a tratarse exactamente, de una simple omisión por olvido, pero también de una especie de estrategia para intentar desheredar o para limitar el beneficio que se le debe otorgar a una persona con derecho legal al patrimonio. En el lenguaje legal, esta situación se conoce como preterición.
Los olvidos “voluntarios” y no intencionales al hacer testamento
Indíce
La preterición no intencional ocurre cuando el legador en efecto olvida que debe mencionar cierto heredero forzoso, por ejemplo, a un hijo, sin pretender nada con ello. A menudo esto ocurre porque lo legadores suponen que por ser los hijos herederos forzosos, no es necesario que se los nombre en el testamento pues entiende que la ley los protege. También ocurre esto cuando el legador desconoce que tenía un hijo adicional a los que ya ha considerado.
La preterición intencional, por otra parte, ocurre cuando el voluntariamente el legador decide dejar fuera de tus testamento a uno de sus herederos forzosos.
En ninguno de los casos el heredero legítimo pierde sus derechos
Por lo tanto, podrá reclamar su beneficio y frenar la ejecución total del testamento hasta que haya sido calculada la parte de la legítima que le corresponde.
Si tienes razones sólidas para dejar fuera del reparto de bienes a uno de tus herederos forzosos, es necesario que lo manifiestes por vía legal, ya que omitirlo no te absuelve de heredarle. Ponte en contacto con los expertos de Testamenta para redactar tu testamento justo de manera que quieres. Aquí te guiarán cuando tengas fundamentos para retirar el beneficio a un heredero forzoso.
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