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¿Qué es un tercio de la herencia?

Desde Testamenta hoy queremos contestar a una de las preguntas más recurrentes en derecho de sucesiones y testamentos: ¿qué es un tercio de la herencia?. En efecto, esta pregunta se la hacen muchas personas. Normalmente, esperamos a que sea demasiado tarde para conocer esta información. Hay que decir que, en general, el desconocimiento que las personas de nuestro país tienen sobre la ley en general y, en concreto, sobre la que afecta a sucesiones y herencias es bastante grande. Es por ello que la vocación de Testamenta pretende incluir también un servicio que vaya más allá de de ofrecerte protección legal. Nuestro blog, de forma gratuita pretende darte la información que necesitas para tratar estos temas de forma pormenorizada. Hoy hablaremos por tanto de qué es un tercio de la herencia.

El tercio de la herencia ¿qué es?

El artículo 806 del Código Civil español define el llamado tercio de la herencia (lo que normalmente se conoce como legítima) como la porción de una herencia, o de unos bienes en concreto, de los que quien hace testamento no puede privar a determinados herederos. Es esa la razón por la que dichos herederos son llamados herederos forzosos. Hay que decir por tanto que lo que llamamos el tercio de la herencia es intocable. Precisamente se identifica como la legítima porque se entiende que pertenece a unos herederos que, por sus vínculos con el fallecido tienen un derecho que no puede enajenarse.

Hay que decir que sólo existe la posibilidad de privar del tercio de la herencia a un heredero forzoso si le desheredamos. Dicho proceso está también previsto en el Código Civil. Es conforme a él conforme al que debemos seguir los trámites y criterios precisos. Las causas por las que se puede iniciar dicho proceso también son incluidas en él.

Igualmente, la obligatoriedad del tercio de la herencia afecta también al heredero. Es por ello que decimos que un heredero forzoso no podrá renunciar a dicho tercio de la herencia. Es decir, si tal renuncia se diera se consideraría desde el punto de vista legal como nula. Para llevar a cabo la renuncia hay que esperar al fallecimiento del que deja los bienes en herencia. Normalmente, ascendente, descendiente o cónyuge.

Testamenta - Qué es un tercio de la herencia - II

Parientes

El tercio de la herencia o la legítima incluye a determinados parientes o personas relacionadas con quien fallece. Entre ellas, vamos a destacar:

Viudo o viuda del fallecido: tiene derecho al usufructo parcial de la herencia. Es decir, a poder usar de sus bienes aunque no sean de su propiedad.

Ascendientes: en el caso de que el fallecido careciera de hijos, sus padres o ascendientes podrían ocupar dicho puesto.

Descendientes: los hijos. no se hace ninguna distinción entre hijos adoptivos o naturales.

Adjuntamos un vídeo explicativo:

El tercio de la herencia, ¿cómo se calcula?

Para el caso de los hijos, hay que decir que tienen derecho a dos tercios de una herencia considerándose esos dos tercios como legítima. Eso quiere decir que dos tercios de todo lo que haya para heredar les corresponderá de forma legítima. Hay que añadir que, en el caso de que uno de los hijos hubiese fallecido antes que los padres, los hijos de aquél y nietos de estos tienen el mismo derecho que el fallecido a heredar. Ocuparían su puesto, por tanto.

Para el caso de los ascendientes, esto es, padres del fallecido, en el caso de que no tuviera hijos les corresponde la mitad de lo dejado en herencia. El propio Código Civil contempla sin embargo el caso de hijos que, a su muerte, hayan dejado viudo o viuda. En dicho caso, a los ascendientes sólo les correspondería un tercio de la herencia y el resto se repartiría según los cauces propios que establece el Código Civil. Lo que los padres reciben se divide en partes iguales entre ellos.

Para los casos de los cónyuges viudos se establece que, si estaban casados, no separados o eran pareja de hecho serán también legitimarios. Esto es, podrán participar en el llamado tercio de la herencia, la legítima. Con ello, tendrá su derecho a heredar independientemente de lo que se pudiera decir en contra de ello. Es de hecho una situación muy frecuente en la que los familiares se ponen en contra. Por ello, desde Testamenta recordamos la importancia de la información.

Puede ocurrir que, a pesar de que se hubieran separado, hubiesen llegado a un acuerdo de reconciliación. Si está tramitado ante juzgado, el cónyuge separado podrá recuperar su derecho a heredar.

Testamenta - Qué es un tercio de la herencia - III

Factores que influyen en el cálculo de la legítima o tercio de la herencia

El tercio de la herencia se debe dividir entre todas las partes con derecho a ella. Es decir, entre el número de legitimarios, por ejemplo, hijos. Debemos tener en cuenta los conceptos de imputación y computación.

Por computación entendemos que para saber el valor de los bienes a heredar debe ser sumada la diferencia entre bienes y deudas y las donaciones hechas por el fallecido. Si con el monto de la diferencia entre bienes y deudas no hay bienes para los legitimarios, dichas donaciones no tendrán efectos y habrá que reducirlas. Con ello se consigue que los herederos no se vean perjudicados.

La imputación es cuando se comprueba si las donaciones que se han realizado corresponden a los tercios de una herencia. Estos son el tercio de mejora, el de libre disposición y la legítima estricta. Hay que decir que también debemos tener en cuenta nuestra Comunidad Autónoma.

Para el cálculo de la legítima hay que tener por tanto en cuenta estos dos factores. Por ello, te recomendamos que, desde ya, te dejes asesorar por nuestros expertos. La única garantía para que un proceso de herencia funcione es contar con expertos como los de Testamenta. Con ello te asegurarás de que toda la información que recibes es en tiempo real y subsana todas tus dudas.

Igualmente, y como en herencias muchos problemas se resuelven haciendo testamento, desde Testamenta queremos recordarte algo. Somos pioneros en ofrecer la posibilidad de realizar tu testamento gratuitamente online. En pocos minutos y de forma gratuita tendrás un documento que tendrá validez legal. Con ello podrás garantizar tu futuro y el de los tuyos. Escríbenos si tienes cualquier duda y, si te ha gustado el artículo danos 5 estrellas.

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6 Comments

  1. Franciisco

    Mi duda es la siguiente,
    Mi esposa tiene en propiedad el piso en el que vivimos actualmente (es suyo por herencia de su padre). Tiene un hijo de un anterior matrimonio y actualmente estamos casados en gananciales. Solamente compartimos una cuenta en común y un coche. Ella está enferma y en su testamento quiere incluirme como usufructuario de todo el patrimonio o como legatario del tercio de libre disposición más mi cuota legal usufructuaria.
    Si elijo la opción de usufructo total me correspondería el piso completo en usufructo vitalicio y la mitad de lo que hay en la cuenta?
    O me interesa quizás elegir el tercio de libre disposición? Qué incluiría ?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Franciisco,

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      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires esta infografia en la que te explicamos que debes saber si vas a recibir una herencia.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo,

      Testamenta

      Reply
  2. Msilvan

    Mi madre tiene un chalet en la sierra valorado en 120000€ y la mitad de una casa valorada toda ella en 180000€. Tiene 6 hijos que ya tienen en propiedad la mitad de la casa de Madrid, por herencia directa de padre. Mi madre quiere dejar al hijo que la cuida y vive con ella desde que está incapacitada, dos tercios de la mitad de la casa de Madrid, y el resto, (1/3 de la casa de Madrid, y el chalet), para todos sus hijos por igual. ¿Está correcta esta repartición?, .¿No afecta a la legítima?

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Msilvan,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas como se reparte la legítima.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

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  3. Susy

    Buenas tardes;

    Mi duda es la siguiente: mi padre ha fallecido hace un mes, yo soy hija única. En las ultimas voluntades pone que mi madre es usufructuaria de la vivienda ademas de todo el capital que a fecha del fallecimiento existiera. Para mi como hija indica textualmente lo siguiente: Heredera universal de todos sus bienes, derechos y acciones en dos terceras partes y para mi hija en un tercio. Ahora bien no entiendo como se compone o como se calcula esta parte??? Tenemos una casa valorada en 250.000 € el piso en el cual mi madre se queda viviendo + 6 plazas de garaje y 6 trasteros, además de un coche VW Tiguan prácticamente nuevo que este ultimo esta únicamente a nombre de mi padre, ya que el resto de bienes esta a nombre de los dos, mi padre y mi madre. Entonces como puedo o como seria el procedimiento para que yo recibiera mi parte mis dos tercios de la herencia?? Muchas gracias por una aclaración. Susana

    Reply
    1. Testamenta

      Hola Susy,

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, yo no soy abogada por lo que en cuestiones tan concretas no puedo asesorarte, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas en que consiste la legítima ya que es lo que tu padre estaba obligado a dejarte en herencia al fallecer.

      ¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo

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