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¿Qué debo saber antes de hacer testamento?

¿Qué debo saber antes de hacer testamento?

¿Qué debo saber antes de hacer testamento?

El testamento es un documento que se realiza por propia y absoluta voluntad, estando en uso de sus capacidades mentales y por el cual una persona tiene el derecho de dejar constancia por escrito de la manera en la que se deben repartir sus bienes, cuando ésta fallezca.

Es un acto que puede hacerse de manera privada haciendo un testamento “ológrafo” (escribiéndolo de puño y letra, con la explicitación de la fecha de otorgamiento y ante testigos) o un testamento notarial abierto, que se realiza bajo la supervisión de un profesional.

El documento ológrafo requiere de una protocolización posterior a la muerte (bastante onerosa para los herederos) y puede ser fácilmente impugnado; el testamento abierto es la fórmula más usada hoy en día y conlleva una serie de garantías para el testador, pues el notario verificará que sus clausulas estén bajo el amparo de la Ley.

Una de las características más esenciales de este documento es que es un acto personalísimo, esto quiere decir que no puede haber ningún tipo de coacción a la hora de redactar el testamento, so pena que si se demuestra ausencia de voluntariedad, éste puede ser invalidado.

También es importante destacar que al hacer testamento no se genera un texto inamovible y monolítico, ya que si el testador considera que existe algún cambio que justifique variaciones, puede rectificarlo cuantas veces quiera.

Incluso si no le fuera posible la rectificación, por causas de fuerza mayor (traslado a otra ciudad, enfermedad, etc.) puede hacer un nuevo testamento y éste invalidará al anterior.

Cuando se otorga testamento, se debe tener en cuenta que éste no tiene vencimiento, es absolutamente confidencial (solo debe saber su contenido el testador y su notario) y al haberse firmado acogiéndose a las leyes españolas (tanto sea al código Civil como a la Normativa foral) tiene validez en todo el territorio nacional.

Requisitos

Para hacer testamento se debe presentar el DNI y en caso que así lo solicite el gestor del mismo, los títulos de propiedad de los bienes inmuebles. El acto de la firma del testamento debe ser presencial, el notario debe ver al testador estampar su firma.

Visite la web de Testamenta y allí podrá redactar su testamento bajo el asesoramiento profesional adecuado y una vez listo para su firma, solo tendrá que visitar a un notario que se le indique o éste se trasladará a su domicilio para tal acto.

Foto gentileza de: mejorvendedor

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Interesado en derecho sucesorio, testamentos, herencias, sucesiones seguros, ONGs y mucho más.

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