Con el azote de las crisis monetarias en todo el mundo, cada vez es menos extraño que una persona renuncie a la herencia a la que se le ha nombrado beneficiario. Esto puede deberse a muchas razones, sin embargo, una de las que más preocupa es la adquisición de las deudas del fallecido al mismo tiempo que los bienes y otros beneficios.
El riesgo que existe
¿Será que las deudas del legador superen a los bienes que deja al momento de otorgar testamento? Por desgracia, esta es una pregunta a la que sólo responderá el notario al heredero después de que este último haya aceptado la herencia. No obstante, hay maneras de mantener las cosas bajo cierto control, y el primer paso debe darlo sin más, el legador.
Heredando más bienes que deudas
Lo principal en estos casos es que como propietario de determinados bienes, tomes la decisión oportuna de hacer un testamento en pleno uso de tus facultades. Esto reduce los problemas que sobrevienen cuando el patrimonio queda sin heredar, pues ese caso, el lío no sería el balance entre bienes y las deudas, si no el destino de estos y la forma en que serán repartidos.
Lo que sigue es que el heredero acepte la herencia bajo la norma de “beneficio de inventario”. Esto no le exenta de aceptar las deudas junto con los bienes, pero si evita que tenga que pagarlas de su propio bolsillo.
Lo que este caso sucede es que después de realizar un balance de las deudas, estas se cubren de las arcas de la herencia. La cantidad restante la recibe el heredero. Llegados a este punto, el beneficiario realmente estará recibiendo sólo bienes.
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