Todo sobre testamentos, herencias y sucesiones
¿La legítima es legítima?

¿La legítima es legítima?

¿La legítima es legítima?

Cada país tiene una ley determinada respecto a las figuras legales que se refieren a la sucesión de bienes de una persona, como son el testamento, la herencia, etc..

Usualmente las leyes se basan en lo que se llama «usos y costumbres», esto quiere decir que es lo que se solía hacer de manera corriente, antes de que se sancionara la ley que actualmente contiene las reglas que se le aplican.

La pregunta es la siguiente: ¿Qué tan equitativa es la figura que llamamos «legítima«? O sea la parte que le debe corresponder a un heredero forzoso y que salvo una serie de circunstancias muy específicas, no se le puede quitar.

Según muchas asociaciones y juristas, esta figura legal podría considerarse un anacronismo, o sea algo que esta fuera de su tiempo y que debería quitarse del Código Civil o al menos modificarse sustancialmente.

¿Qué es la legítima?

Según las leyes vigentes, la herencia se divide en tres tercios: la legítima, la mejora y el llamado tercio de «libre disposición».

La legítima, le pertenece a los herederos forzosos (hijos, cónyuges y en ausencia de éstos, padres) y la mejora se creó como un recurso mediante el cual, un testador puede beneficiar a algún heredero en particular.

En definitiva, que el testador solo puede disponer con absoluta libertad del último tercio. Es importante tener en cuenta que si no se especifica un destino claro para la mejora, ésta automáticamente se suma al destino de la legítima.

¿Qué modificaciones se solicitan?

El cambio que se sugiere es que se suprima de una vez por todas, la legítima o por lo menos que se reduzca el porcentaje de la misma.

El argumento que se esgrime es que la legislación debe orientarse hacia una plena libertad a la hora de testar, para que sea el dueño de los bienes quién elija en definitiva a quien se los dejará y no la ley quien se lo dictamine a priori.

Tanto el Ministerio de Justicia, como los integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso de Diputados, han recibido solicitudes en forma, para que se estudie la viabilidad de las medidas antes expuestas.

Si usted quiere saber más acerca de la forma en la que puede disponer de sus bienes, visite la web de Testamenta y con gusto le asesoraremos.

Foto gentileza de: multipino

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)

About The Author

Interesado en derecho sucesorio, testamentos, herencias, sucesiones seguros, ONGs y mucho más.

Related posts

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *