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¿Cómo se puede impugnar un testamento?

¿Cómo se puede impugnar un testamento?

Impugnar un testamento es posible y lo contempla la legislación española. ¿Quién, por qué y cómo hacerlo? No te preocupes, aquí te lo contamos.

¿Quién puede impugnar el testamento?

Impugnar un testamento es una potestad que tienen las partes interesadas en el mismo. Por ejemplo, los que tienen un interés legítimo, incluyendo los herederos, ya sean forzosos o designados. Otro caso es el de los acreedores que tenía el testador, si con ello no van a cobrar sus deudas. Y, excepcionalmente, también el Ministerio Fiscal podría impugnar de oficio un testamento si lo considera pertinente.

No obstante, has de saber que existe un plazo limitado para la impugnación del testamento. Para los herederos, hay un máximo de 15 años desde la muerte del testador y, en otros casos, se reduce sustancialmente el tiempo. En el caso de hijos no reconocidos, esto se amplía hasta los 30 años.

Las principales razones para impugnar un testamento

Como regla general, siempre recomendamos que, quien quiere otorgar testamento, se asesore debidamente antes. Existen numerosos motivos para impugnar un testamento y, en función de estos, tendrás más o menos tiempo para impugnar. Toma nota:

1. Defectos de forma

El defecto de forma es uno de los motivos recurrentes, sobre todo en los testamentos cerrados, especiales o en los ológrafos. En este caso, no poner la fecha o el lugar correctamente o no incluir algún dato imprescindible invalidaría el documento. Por lo tanto, has de tenerlo presente porque dispondrás de un plazo de 5 años desde el fallecimiento. Lo cierto es que los fallos pueden ser múltiples, así que hay un amplio margen de interpretación.

2. Incapacidad del testador

La incapacidad del testador se refiere a que, quien toma la decisión, no está en condiciones mentales de obrar. Esta situación es habitual en personas de una cierta edad con demencia. Cuando se trata de un testamento abierto, esto no suele ser así, pero en testamentos cerrados sí existe esta posibilidad. Si se puede demostrar esta circunstancia en el momento en que se otorgó el testamento, tendrás un plazo de 4 años desde el fallecimiento.

3. Las amenazas, engaños o coacciones permiten impugnar un testamento

Demostrar que ha habido amenazas, engaños o coacciones permitirá, también, que se impugne un testamento. No en vano, de esta manera se demostraría que el consentimiento ha estado viciado. Aquí sería ideal, también, ir por la vía penal porque se estaría dando un delito. Si nos ceñimos a este supuesto, que hay que acreditar debidamente, el tiempo de que dispones es de un año.

4. Desheredación injusta

La desheredación, con carácter general, está prohibida en España. El Código Civil solo admite esta posibilidad si el heredero es indigno o si ha desatendido gravemente sus deberes de cuidado con su progenitor, llegando a las amenazas, desconsideraciones o a la agresión física. Como la desheredación tiene que motivarse en el testamento, puede también impugnarse durante un plazo máximo de 4 años.

Existe una excepción a esta circunstancia: Navarra. En esta Comunidad, el derecho foral permite desheredar sin alegar un motivo concreto mediante la fórmula ritual «cinco sueldos febles o carlines y una robada de tierra en monte comunal».

5. Incumplimiento de las disposiciones sucesorias

El incumplimiento de las disposiciones sucesorias es otra de las razones por las que se puede impugnar un testamento. Y, básicamente, son estas:

  • No nombrar a todos los herederos forzosos. Esto incluye, también, a los hijos no reconocidos, que pueden, posteriormente, solicitar una prueba de paternidad. Si algún heredero con derechos o un hijo ilegítimo no están incluidos en el testamento, este será nulo de pleno derecho.
  • No incluir las partes de legítima mínima que son obligatorias, ya sea por el Código Civil o por el Derecho Foral. Conviene saberlo porque, además, en función del lugar de residencia y fallecimiento del testador, estas cantidades pueden modificarse.
  • Que uno de los herederos designados tengan derecho a una parte superior de la herencia a la que le corresponde. Salvo en algún territorio concreto o si faltan otros herederos forzosos, un heredero designado o legatario solo tiene derecho al tercio de libre disposición.

Con carácter general, el plazo de impugnación es de 5 años. La gran excepción es la de las reclamaciones de paternidad post mortem, que pueden ser hasta 30 años después del fallecimiento.

Procedimiento para impugnar los testamentos

El procedimiento para la impugnación de un testamento tiene que ser a petición de parte, motivado y hay que presentar pruebas. O, dicho de otra forma, aquí tienes la carga de la prueba porque, salvo que demuestres lo contrario, se entenderá que el testamento se ajusta a derecho.

Además, según la Comunidad Autónoma, los límites de lo que puedes reclamar varían. Sea como fuere, sí tienes que dar los siguientes pasos para que el proceso se haga correctamente:

1. Presentar la demanda con un escrito que enumere las pruebas pertinentes. Esto se hace ante el juzgado y tendrás que estar representado por procurador. Los juzgados competentes son los de Primera Instancia (en Partidos Judiciales pequeños) y los de lo Civil (en capitales de provincia y ciudades grandes).

2. Asistir a la vista. Lo normal, si se acepta a trámite la demanda y se presentan pruebas, es que se celebre una vista judicial entre las partes en conflicto. Aquí se tendrán que exponer los hechos de nuevo y todas las partes tendrán derecho a la palabra.

3. Esperar a que el juez dicte sentencia. Si se gana el procedimiento, no hay problema, pero de lo contrario podrías apelar ante tu Audiencia Provincial en un plazo de 20 días hábiles. Eso sí, tendrías que razonar por qué consideras injusto el reparto. Y, finalmente, pero en casos muy concretos, se podría ir al Tribunal Supremo, que sería la última instancia.

Lo cierto es que el proceso se puede alargar durante años, así que conviene tener claro, desde el principio, cómo testar y hasta dónde puedes llegar si reclamas.

Conclusión

Impugnar un testamento es una opción que existe, y si tú eres el testador, te interesa evitar esta situación. ¿Quieres dejar todo lo de tu herencia atado y bien atado? En Testamenta te lo ponemos fácil porque, gracias a nuestro servicio, podrás otorgar testamento con un asesoramiento multidisciplinar y a un precio muy económico. ¡Llámanos para conocernos mejor!

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