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Hacer testamento y que resulte invalidado

Hacer testamento y que resulte invalidado

Hacer testamento y que resulte invalidado

La Ley es muy explícita en cuanto a especificar entre personas o entidades que pueden y no pueden ser herederos de los bienes de una persona en el momento en que ésta decida hacer testamento. Llegado el caso, el documento podrá ser invalidado.

Si se nombrase heredera a una asociación que se considere ilícita, no importa cuál sea la función, el origen o los miembros que la conformen, el testamento no tendrá ningún valor legal. Tampoco puede dejarse herencia alguna a quien al momento del fallecimiento del testador, contase con menos de veinticuatro horas de nacido. En ambos casos se les considera legalmente incapaces.

De igual manera sucedería si los herederos fuesen “personas inciertas” o sea que no se aclarase exactamente de quien se trata, o sea que no se puede declarar heredero “al vecino que vive a tres calles de mi casa”, sino que se debe especificar el nombre y apellido del heredero.

No se puede nombrar heredero al cura que le asista en sus últimos momentos, a parientes más allá del cuarto grado que sean testigos al realizar testamento abierto o a un tutor legal, antes de que se realice la aprobación de cuentas de su gestión.

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Foto gentileza de: lavozdebogota

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Interesado en derecho sucesorio, testamentos, herencias, sucesiones seguros, ONGs y mucho más.

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