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Hacer testamento y cambiarlo

Modificaciones testamentarias

Los testamentos son revocables, eso quiere decir que si el testador considera que hay circunstancias que han cambiado en su vida o existen determinadas situaciones que así lo ameriten, puede cambiar su voluntad cuantas veces quiera.

Las modificaciones testamentarias pueden hacerse de varias maneras: con un codicilo que es un documento que se adjunta al testamento original, alternado el documento con la anuencia del notario que lo consignó u optando por hacer testamento nuevamente, ya que es válido el último que se otorgue.

Siempre que las modificaciones se hagan contando con que la persona está en su sano juicio, son la expresión de su deseo y es consciente del alcance de las mismas dichos cambios son válidos.

El problema surge cuando por ejemplo el testador se encuentra internado o postrado y toma la decisión o es incitado a cambiar su testamento original. Si el estado del individuo es vulnerable (por enfermedad, incapacidad o influencia) el resultado de tal modificación puede ser imputado como no valido por los herederos originales ante un juez y luego de la desaparición física del mismo.

Las variaciones las deberá realizar el testador ante un abogado o un notario, quién se habrá cerciorado previamente y en consulta con los profesionales encargados del cuidado del paciente del estado mental puntual del mismo y de que efectivamente esté capacitado para testar.

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Foto gentileza de: aulacor

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Interesado en derecho sucesorio, testamentos, herencias, sucesiones seguros, ONGs y mucho más.

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