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El mejor resumen sobre las herencias en España

El mejor resumen sobre las herencias en España

Las herencias en España son algo que quita el sueño tanto a quienes quieren hacer testamento, como a quienes se encuentran con que son herederos. Las leyes son claras y hemos hablado de casi todos estos aspectos en artículos anteriores. Aquí haremos el mejor resumen posible, para que tengas en un solo sitio todo lo que necesitas saber sobre las herencias en España.

Una nota previa: recuerda que existen las leyes forales, que son las que rigen en Euskadi, Cataluña, Baleares, Galicia, Navarra y Aragín, entre otras. Nosotros hablaremos aquí del derecho Común. Es decir, de lo que dice el Código Civil.

Lo más básico: ¿En cuántas partes se divide una herencia y quienes son los herederos forzosos?

Aunque habrás oído muchas veces que la herencia se divide en tres partes, en realidad es más correcto decir que las herencias en España se dividen en dos bloques. Por una parte está la legítima y por otra parte los bienes de libre disposición.

  • Los bienes de la legítima suman dos tercios de la herencia y deben quedar reservados a los herederos forzosos o legitimarios. Son herederos forzosos:
    • Hijos y descendientes
    • Si los anteriores no existen, sus padres o ascendientes

Si heredan hijos o descendientes

Aunque la legítima está formada por dos tercios de la herencia, el reparto de esos dos tercios se organiza de forma diferente por la ley. Uno de ellos, la legítima estricta, debe repartirse a partes iguales entre todos los legitimarios. El otro se pude repartir según la voluntad del testador, pero dentro de ese grupo de personas. A este segundo tercio de legítima se le llama también tercio de mejora.

Si heredan padres o ascendientes

Solo pueden heredar la mitad de lo que se llama caudal hereditario. Y eso solo en el caso de que no haya viudo o viuda.

Herencia entre cónyuges

Se considera al cónyuge superviviente, o sea, al viudo o viuda, heredero forzoso. Pero siempre que no esté separado o divorciado legalmente. Pero no hereda los bienes propiamente dichos, sino su usufructo. Es decir, que puede usar y disfrutar de los bienes de la legítima y la mejora, pero no venderlos. Este tema da lugar a muchas confusiones. Puedes consultar todos los detalles de la herencia del uno para el otro en este artículo.

¿Se puede desheredar a los herederos legítimos?

Es complejo y la ley española establece muchas limitaciones, pero sí se pude desheredar a los hijos, a los padres y al resto de herederos legítimos. Te explicamos cómo y con qué requisitos aquí.

Quiénes NO son herederos legítimos

En realidad la ley es muy clara cuando establece quienes lo son: hijos y descendientes, padres y ascendientes, cónyuge viudo no separado o divorciado. Así que NO son herederos forzosos ningunos parientes excepto los mencionados.

¿Qué pasa con las parejas de hecho?

También lo explicamos en un artículo mucho más extenso. Pero a modo de resumen, te diremos que en las herencias Españolas las parejas de hecho no tienen derecho a heredar salvo que estén presentes en el testamento. En ese caso solo se les puede dejar el tercio de libre disposición o una parte de él. Algunas comunidades autónomas sí les reconocen derechos hereditarios a estas uniones.

Los hijos de una pareja de hecho son hijos, así que sí son herederos legítimos.

¿Y la herencia entre hermanos?

Puede parecer injusto, pero los hermanos no son herederos legítimos tampoco. Se les puede dejar en testamento una parte o la totalidad del tercio de libre disposición, pero no la legítima ni la mejora.

Herencias en España y el tercio de libre disposición

Como hemos visto hasta ahora, a la hora de hacer testamento debes respetar dos tercios de tus bienes. Esos tienes que dejárselos obligatoriamente a los herederos forzosos. Pero queda un tercio de la herencia con el que puedes hacer lo que quieras. Se trata del tercio de libre disposición.

Claro, que para que tu voluntad se respete es imprescindible que hagas testamento. Ahora bien, en ese testamento puedes poner, respecto a este tercio de libre disposición, lo que quieras:

  • Establecer un legado solidario
  • Dejárselo todo a tu mascota
  • Hacer heredero a tu vecino del quinto…

Qué pasa con las herencias en España si no hay testamento

El mejor resumen sobre las herencias en España

El error más frecuente, lo que de verdad complica las herencias en España, es que no se haga testamento. Esto no hace más que dar quebraderos de cabeza a los herederos. Aunque la ley prevé que se puede hacer en estos casos y nosotros también hemos hablado de ello en ocasiones anteriores.

Entra en juego la figura de la sucesión abintestato. Que también se aplica cuando el testador dice lo que hacer con una parte de sus bienes, pero no con la totalidad de ellos. Y, por supuesto, cuando existe un testamento, pero es incorrecto o ilegal.

Estas son las reglas para heredar sin testamento:

1.- Parentesco: Si no hay testamento, solo hereda la familia.

2.- Líneas familiares: tienen preferencia los familiares más cercanos a los más lejanos. Y primero se va hacia abajo (hijos y descendientes), luego hacia arriba (padres y ascendientes) y luego hacia los lados (hermanos, sobrinos, etc). Los últimos son los tíos y los primos, por ese orden.

Al resto de familiares no les afectaría ya que en el caso de que hubiera cónyuge, estaría antes que ellos en la línea sucesoria para heredar.

¿Estamos obligados a aceptar una herencia?

De hecho, hay ocasiones en las que no es en absoluto conveniente aceptar una herencia. Bien porque los impuestos sobre la misma son muy altos. O bien porque las deudas del fallecido son mayores que los bienes.

El sistema de herencias en España te permite renunciar a la herencia. Pero también te da la posibilidad de aceptarla a beneficio de inventario. Esto último es como decir que aceptas la herencia pero solo la parte que quede después de pagar las deudas. Y si no queda nada, pues no te llevas nada, pero al menos tampoco te sale a pagar.

Nuestra recomendación es que hagas testamento siempre. Es un trámite muy barato que con testamenta puede salirte incluso gratis. ¡Echa un vistazo!

 

 

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24 Comments

  1. Fernando A Cuevas

    Me gustaría saber como funciona la ley de herencia si uno es extranjero y tiene una propiedad en España. Estoy planeando comprar un piso, pero solo pienso vivirlo la mitad del año y mantener mi residencia actual de Puerto Rico. Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas tardes Fernando;

      No entiendo exactamente tu situación, necesitaría más datos. Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Un abrazo
      Judith

      Reply
  2. Yolanda Rivero

    Mi abuelo murió en 1964
    Dejando tierras en Canarias
    También sus cuatro hijos murieron
    Quedamos cinco de seis nietas vivas
    La otra que murió tiene dos hijos

    Pregunta: mi abuelo no dejo testamento
    Como se puede averiguar la localidad de terreno/s
    (Tenemos noción general de donde se encuentra)
    Y que derecho, si alguno, tenemos de esta herencia

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos dias Yolanda;

      Como siempre he sabido, es mejor hacer testamento para evitar problemas en el futuro. Con respecto a tu pregunta, es un caso un poco complejo, te recomiendo que hagas una consulta low cost donde uno de nuestros abogados especializado en herencias y sucesiones te asesorará de manera correcta. Puedes visitar nuestro artículo en el que explicamos cómo reclamar una herencia sin testamento. Si quieres saber más sobre el orden de sucesión hereditaria, te invito a que eches un vistazo al siguiente enlace.
      ¡Me encantaría que me dijeras que te han parecido los artículos que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña

      Un saludo
      Judith

      Reply
  3. Guille

    Me gustaría saber si a mi hermano le han dado el segundo piso de la casa de mis padres en vida sin avisarme y ya tienen todo zanjado antenotario si tengo algún arma legal para echarlo para atrás pues a mi me han dicho que en vida no me darán nada debo esperar a la muerte y mientras yo pago durante los próximos 35 años alquiler mi hermano se lo ahorra

    Reply
  4. Marcel Goenaga Ballester

    Mi bisabuelo falleció en 1910. Hace unos días revisando antiguos papeles antiguos, encontré una copia simple de su testamento, cuyo original «se encuentra en el Archivo de Protocolos del Distrito Notarial de Valencia». En su testamento declara como herederos a sus tres hijos. Los tres hijos, poco después de su fallecimiento migraron a la Argentina en 1911 y 1913. Mi abuela (que falleció en Buenos Aires en 1976) tuvo dos hijas y tres nietas; su hermano falleció sin hijos y su hermana tuvo una hija de la cual desconozco si tuvo descendencia. Entiendo que dado el tiempo transcurrido, el testamento puede haber perdido validez pero quería averiguar, si existe aún algún derecho sobre el mismo.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos dias Marcel;

      Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.

      Un saludo
      Judith

      Reply
  5. Emilia

    a mi madre le han dado migajas de la sucesion de su madre, en la ley Española cuanto tiempo tiene uno para reclamar lo que le corresponde?

    Reply
  6. Marifer

    Hola, tengo una duda! El tío de mi padre ha muerto en abril de este año, el vivia en palma de Mallorca y nos hemos enterado que ha dejado dos pisos en palma para sus sobrinos; mi pregunta es que deben hacer ellos ya que se encuentran fuera de España viven en Venezuela como harían para recibir la herencia?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Marifer te dejo estos enlaces que te serán de ayuda para resolver tus dudas sobre cómo deben actuar para recibir la herencia desde Venezuela.
      Enlaces:¿Resides en el extranjero? No descuides tu herencia
      Hacer testamento en España siendo extranjero
      Qué ocurre si tengo propiedades en el extranjero al hacer el testamento?
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.
      Igualmente le dejo el enlace de nuestra página web para que consulte a uno de nuestros abogados especializados en herencias y testamentos: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/

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  7. Adriana

    Hola
    Un extranjero ha heredado una casa en Tenerife de su padre. El gerente que vigila esta casa dice que si el heredero espera 3 años, no tendrá que pagar el impuesto de sucesiones. ¿Existe una ley que permite esto?

    Reply
  8. Katia

    Consulta, mis suegros quieren dejar herencia a mi y a mi hijo. (Osea vendría ser, dejar herencia Nuera y nieto). Por X razones no quiere dejar nada a su hijo. Es factible este caso??
    Nota: soy extranjera de Perú y somos casados con su hijo aquí en España.

    Saludos y gracias

    A su respuesta

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Katia ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  9. Agustin Vidal Núñez

    Con los datos de mi padre ustedes pueden saber si hubo algún testamento o algo es sido poindibiso, que sólo tendría efecto con su muerte, esta situación se habría dado más de 30 años atrás, se podrá establecer algo

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Agustín nosotros mediante Testamenta.es ofrecemos el servicio de «Localizar testamento» con el cuál si usted tiene los datos del testador que pedimos en e formulario podemos buscar si se hizo testamento y si usted fue declarado como heredero.
      En el caso de que sea así, le informaremos en que notaria esta este testamento.
      Le dejo el enlace a nuestra web para que pueda acceder a contratar el servicio: https://www.testamenta.es/testamento/buscar-testamento/

      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  10. Sarayma

    Buenas.
    Mi consulta es: Se puede reclamar una herencia en vida?
    Mi padre ha fallecido y mis abuelos pretenden desheredarnos a mi hermano y ami ( lo cual es ilegal por tema de sucesiones) ellos son 5 hermanos mas, yo quisiera saber si podriamos reclamarlo ahora mientras están en vida o deberíamos esperar. Ya que entiendo que no pueden por ley desheredarnos.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Sarayma ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  11. Plutarco Naranjo

    Buenas tardes. En esta página (El mejor resumen sobre las herencias en España), respecto del cónyuge viudo dice: “… puede usar y disfrutar de los bienes de la legítima y la mejora …”, eso, entiendo serian los 2/3 de la herencia; pero en la página Testamento del uno para el otro dice: “El viudo en este caso tendría derecho únicamente al usufructo de un tercio de la herencia.” No queda claro si tiene derecho al usufructo del un tercio o de los dos tercios; ¿podrían aclarar por favor?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Plutarco la repartición de la herencia con testamento, consta de tres partes las cuales se dividen en tercios. El primer tercio es la legítima que se repartirá entre los descendientes, otro tercio es la mejora que se repartirá también entre los descendientes de la forma que el testador desee, y el último tercio es la libre disposición cuya parte se destinará de la forma que quiera el testador.

      Todo dependerá de la situación del testador, propiedades, descendientes, ascendientes…

      Gracias por comentar en nuestro blog, saludos.

      Reply

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