Casi todo el mundo se lleva bien con sus hermanos en situaciones comunes. El problema es cuando hay un conflicto, y pocos problemas son tan delicados como los que tocan el dinero. Y el reparto de una herencia puede ser uno de esos dilemas, donde quienes tan bien se llevaban empiezan a caerse mal.
Las herencias se reparten en partes iguales entre hermanos, quedando la parte que no es obligatoria por la legítima a repartir de la forma en que se desee en el testamento, si lo hay. El problema es que, en demasiadas ocasiones, los hijos –y herederos naturales- no están de acuerdo con el reparto.
Tengamos en cuenta que los bienes se reparten a partes iguales y que, si no hay un acuerdo previo, a tres hijos les puede tocar un tercio de una vivienda a cada uno. Y dividirla puede resultar un verdadero problema.
No sólo eso. Por muy buena relación que se tenga entre hermanos, hay que recordar que los herederos se pueden ver influenciados por personas externas a la familia: la pareja o amigos de un heredero pueden convencerle para enfrentarse a sus hermanos.
¿Es necesario llegar a este punto? Ciertamente, es mejor evitarlo. Y la mejor manera es nombrar a una persona o entidad como albacea en el testamento. Eso evitará posibles conflictos o discusiones.
¿Qué poderes tiene un albacea?
Para nombrar a un albacea es necesario tener un testamento. De esta forma, la persona que fallece habrá elaborado el reparto previamente. Y sus hijos deberán aceptarlo. El conflicto podría aparecer si un hijo no decidiese firmar esa herencia porque no está de acuerdo.
El albacea es una persona designada por el testador para el reparto de esa herencia. Será quien diga qué parte le corresponde a cada heredero, tanto hijos como todos los demás. Y si alguien se opone, tiene poderes para recurrir esa decisión. Aunque un heredero no acceda a lo pactado, el albacea tendrá poderes para que se cumpla la voluntad del testador. Sin bloqueos.
En el caso de escoger qué persona deberá ser albacea, lo más importante es que sea alguien externo. Que no sea uno de los herederos, a ser posible. Y si puede evitarse, que no sea de la familia ni de los herederos principales. Por otro lado, se ha de tener en cuenta que si el albacea fallece, también sus derechos. A veces, por eso, es mejor dejar esta opción a una entidad que garantice los derechos de la persona que fallece.
Si tienes dudas a la hora de realizar tu testamento o deseas asesoría profesional sobre tu caso particular, en Testamenta dispones de un equipo de abogados especializados en derecho sucesorio para que puedas encontrar la solución que más se adecue a tu situación personal a la hora de hacer tu testamento online.
Puede ser Albacea el marido de una de las herederas universales??.-
Hola Domingo,
Te comento que son muchas las ventajas de nombrar un albacea al hacer un testamento. Sin embargo para hacerlo se deben cumplir una serie de requisitos, los cuales podrás encontrar en el enlace que te he adjuntado.
Si quieres ampliar la información, recomiendo que contrates los servicios de uno de nuestros abogados desde nuestro apartado de Consultas. Puedes realizar una consulta básica en la que te permitimos una interacción con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 5 días laborables o realizar una consulta urgente en la que te permitimos dos interacciones con uno de nuestros abogados expertos y una respuesta en un máximo de 8 horas.
¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!
Muchas gracias por tu comentario.
Un saludo,
Testamenta
Pregunta mi abuelo dejo a mi mamá de albacea pero mis tíos la qeres remover de albacea y a ella jamas le an dicho qe ella es la albacea qe podemos aser ? Ya estan asiendo los trámites para sacarla de Alba sea
Hola Sylvia,
Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.
Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que mires si un albacea puede intervenir si la persona está viva.
¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado!
Muchas gracias por tu comentario.
Un saludo,
Testamenta
Buenas Tardes,
Tengo una duda mi madre fallecio y me dejo de albacia de una casa somos en total 3 hermanos la casa esta en la capital de Mexico y yo y mi hermano vivimos en Puerto Rico. En varias ocasiones he viajado a MEXICO tratado de vender la propiedad tanto me hermano como yo estamos de acuerdo pero mi hermana que quiso.Ella quiso vivir la propiedad aunque mi hermano queremos vender pero ella nunca esta de acuerdo con nada
Tambien trate de arquilar .pero tampoco esta de acuerdo .
Yo y mi hermano vivimos en el extranjero me es difcil llegar algun acuerdo con ella. Apesar que vive en la propiedad la tiene en absoluto abandono .y los vecinos se estan quejando
Me gustaria saber su opinion al respecto al no conocer bien las leyes de Mexico
Hola Julia,
Te comento que actualmente llevamos casos a nivel de España por lo que nosotros podemos asesorarte con las leyes españolas, las cuales son distintas en muchos casos a las leyes de otros países.
Esperamos pronto ampliar nuestros servicios y así poder ayudar a resolver dudas en distintas zonas.
Un cordial saludo
Buenas tardes,
Tengo una duda con respecto a los albaceas, ¿En qué momento entra la albacea a formar parte del reparto? ¿Quién tiene que llamarla?
Muchas gracias
Hola Victoria,
Como puedes comprobar en Testamenta intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.
Si quieres ampliar un poco la información, te recomiendo que leas en que consiste el nombramiento de un albacea.
¡Me encantaría que me digas que te ha parecido el artículo que te he recomendado! Te agradecería que lo hicieras en la siguiente reseña.
Muchas gracias por tu comentario.
Un saludo
Hola, buenas tardes. Cuales son las herramientas con las que el albacea cuenta para hacer que se cumpla lo establecido en el testamento? En mi caso mi hermano le ayudaba a mi papa a cobrar las rentas, cuando mi papa muere nos deja a todos a partes iguales y nombra un albacea….pero por mas que el albacea le dice a mi hermano que el ya no cobre las rentas se le adelanta y cuando el va…ya no hay dinero y el se esta quedando con todo. Gracias
Buenas Jennifer ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.
Buenas tardes,
Si una persona que tiene varios hijos y decide nombrar como heredero solo a uno de ellos y si los demás hijos no estén de acuerdo, el albacea es el encargado de hacer que se cumpla la voluntad del testador o tiene facultades para hacer cambios como el crea conveniente ??
De antemano gracias por la respuesta.
Saludos,
Buenas Laura te dejo estos enlaces que te servirán para resolver tus dudas a la posibilidad de heredar por parte de los hijos que no salen en el testamento y cómo funciona el albacea.
Enlaces: El albacea testamentario, el encargado de cumplir con la voluntad del testador
¿Un desheredado tiene derecho a la legítima?
Cómo se reparte la herencia entre los hermanos
Gracias por tu comentario y estar activa en nuestro blog.
Un saludo.
Mi padre falleció hace dos años hizo testamento y nombró como único heredero a mi hermano, yo fuí designada albacea y en el testamento se específica que si rechaza la herencia pasa a mi poder la herencia. Mis padres estuvieron casados por bienes mancomunados y se divorciaron no se hizo repartición de bienes y hay dos propiedades, mi hermano rechaza la herencia porque aún vive mi mamá. Yo no he hecho nada al respecto porque quiero que se haga la voluntad de mi padre pero mi hermano no quiere hablar con mi mamá porque siente que la despoja, yo no tengo relación con mi mamá, qué puedo hacer?
Buenas Irma
Comentarle que yo no soy abogada y no le puedo ayudar. Sin embargo, intentamos realizar un gran trabajo de difusión de contenidos relacionados con herencias, en referencia a tu pregunta, es un caso particular que debería estudiar nuestro equipo de abogados, para ello contamos con un servicio online de bajo coste https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/ donde puedes hacer una consulta online a un abogado especializado en herencias y sucesiones. Por otro lado, si te corre prisa, también tenemos el servicio urgente.
Un saludo
Buena tarde, el Novio o Novia puede ser albacea. si fuere el caso, podría resguardar los bienes mobiles.
Los papás de mi mamá fallecen y hay una hija q quiere la casa son 5 hermanas todas están de acuerdo con sederle la casa pero mi mamá tiene un alzheimer avanzado y ya no puede tomar deciciones mi tía viene donde mi y yo no tengo ningún problema pero como se puede hacer eso si mi mamá ya no puede tomar deciciones ni firmar ..
Buenas Lili para este caso en el cual su madre tiene un alzheimer y no está en condiciones ni para firmar ni tomar decisiones, le dejo por aquí un par de enlaces que le servirán de ayuda para resolver sus consultas:
Características de una persona incapacitada
La impugnación del testamento: ¿en qué casos es posible?
Un saludo, espero que le sean de ayuda.
Gracias por estar activa en nuestro blog.
Buenas Gloria ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.
La albacea se puede adjudicar la propiedad de algún heredero en caso de que fallezca?
Buenas tardes Andrea le dejo a continuación estos enlaces que le informan del papel y derechos que tiene la persona nombrada heredera, y podrá informarse de hasta que punto tiene poder el albacea.
Enlaces:
El albacea testamentario, el encargado de cumplir con la voluntad del testador
Albacea : ¿Cómo puede tributar?
Un saludo, gracias por participar en nuestro blog.
Dejaron de albacea a mi esposo, el abuelo de sus hijos… pero el no desea serlo, quiere ceder los derechos a la mamá de sus hijos, puede hacerlo
????
Buenas Susan para la renuncia del albacea, el artículo 899 del Código Civil, dice que el albacea que acepta el cargo se constituye en la obligación de desempeñarlo; pero lo podrá renunciar alegando causa justa al criterio del Secretario Judicial o del Notario.
Le dejo a continuación el siguiente enlace para que este informado de los derechos y obligaciones de la persona nombrada heredera:
¿El mandato de un albacea se puede revocar?
¿El mandato de un albacea se puede revocar?
Saludos cordiales
Hola, tengo una consulta, mi padre murió hace 12 años, no dejó testamento, somos tres hermanos y mi madre, quedó una propiedad la cual se había dividido para hacer un departamento y la otra mitad yo la ocupaba con un negocio, le pagaba renta a mi madre y aparte le inverti mucho dinero para ampliar el negocio , mi madre al ver la ampliación quiso cobrarme mas renta, a lo cual me negué por obvias razones. El caso es que terminó demandando me y sacando me de alli, mis dos hermanos renunciaron a su herencia, solo estamos mi madre con el 78% y yo con el 12% de la propiedad, desde que imi padre murió jamás me ha rendido cuentas de ese porcentaje, ella renta el departamento y el local, aparte de que cada vez que se desocupa soy yo la única que le ayuda en volver a rematarlo, Mi pregunta es deberia ella estar dándome la parte proporcional de la renta?, si es así , como puedo recuperar tantos años sin recibir nada? Gracias de antemano.
Buenas Evangelina ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.