¿Qué pasa con los monederos virtuales y el dinero digital en las herencias?
Indíce
- 1 ¿Qué pasa con los monederos virtuales y el dinero digital en las herencias?
- 2 Diferencias entre dinero virtual, criptomonedas y dinero digital
- 3 ¿Qué pasa con el dinero virtual las criptomonedas y el dinero digital en las herencias? ¿Es recuperable por los herederos?
- 4 Precauciones para una buena gestión del dinero digital en las herencias
Diferencias entre dinero virtual, criptomonedas y dinero digital
Antes de tratar en profundidad lo que ocurre con el dinero digital en las herencias, vamos a aclarar estos tres conceptos. Porque aunque el significado de los mismos es similar, se dan diferencias importantes en lo que se refiere a su gestión.
Dinero digital, dinero virtual y criptomonedas
- Dinero digital: es todo aquel que no existe de manera física. Si no hay billetes o monedas, ese dinero es digital. Por ejemplo, cuando no tenemos efectivo pero nuestro saldo en la cuenta bancarias es positivo, ese saldo positivo es dinero digital.
- Dinero virtual: es dinero que solo existe en internet y sirve únicamente para pagar en alguna página web. Como el dinero del Monopoly, que solo sirve para jugar. Con la diferencia de que el dinero virtual se puede transformar en dinero real. Por ejemplo, los créditos para jugar en casinos online.
- Criptomonedas: son monedas virtuales y solo se pueden usar en internet, pero no las emite un sujeto concreto. La más popular y conocida es el Bitcoin, aunque existen muchas criptomonedas y su valor o cotización es variable.
Que existan estos tipos de dinero nos ha llevado a usar el dinero de otras formas. Es decir, que han surgido necesidades para gestionar ese dinero. Esas necesidades se han resuelto mediante aplicaciones como Paypal y los monederos virtuales que mencionábamos más arriba.
¿Qué pasa con el dinero virtual las criptomonedas y el dinero digital en las herencias? ¿Es recuperable por los herederos?
Si el fallecido deja las claves de acceso y nombra herederos
No será la primera vez que digamos que hacer testamento es la mejor manera de que repartir una herencia sea un proceso sencillo. Sucede lo mismo con los nuevos tipos de dinero. Siempre será más fácil acceder al dinero digital en las herencias si el fallecido ha dejado por escrito en qué plataformas guardaba su dinero. Y mucho mejor, por supuesto, si también anotó las contraseñas y los nombres de usuario. De hacerlo en el testamento, esa información siempre estaría a salvo, hasta el momento de la apertura del mismo.
Si además de señalar la existencia y la forma de acceso al dinero digital el fallecido designó un heredero, no hay nada más que hablar. El dinero digital forma parte del patrimonio hereditario y por tanto se comporta como el resto de bienes.
Recuperar el dinero digital en estos casos es tan sencillo como acceder a la plataforma y transferir el dinero del fallecido a otra cuenta dentro de la misma plataforma. O a una cuenta bancaria.
¿Y si el fallecido no dejó las claves de acceso a su dinero digital?
En este caso el proceso para recuperar el dinero digital en las herencias es más complicado. Pero se puede hacer. La familia o su representante legal tendrá que contactar con la plataforma donde esté el dinero y solicitar la disposición del mismo.
tal y como ocurre con muchas otras gestiones telefónicas, esto puede convertirse en una auténtica pesadilla. Aunque siempre que se disponga de un certificado de fallecimiento, las plataformas online suelen ser respetuosas con las familias. Lo más probable es que tengas que hablar con atención al cliente y que debas explicar lo sucedido en más de una ocasión. Finalmente la empresa te pedirá una serie de documentos que acrediten el fallecimiento y tu derecho a solicitar el dinero.
Ten en cuenta que la plataforma te transferirá el dinero que el fallecido guardara, pero no te dará acceso a su cuenta.
En el caso de las criptomonedas este proceso es todavía más complicado. Y es que, uno de los principales motivos de su popularidad es que son anónimas. Y es el anonimato el mayor obstáculo para reclamar el dinero. De hecho, sin las claves de acceso es absolutamente imposible recuperar las criptomonedas. En este caso, el dinero se perderá.
Precauciones para una buena gestión del dinero digital en las herencias
Lo más importante con los bienes y servicios digitales y, por supuesto, con el dinero digital en las herencias, es ser previsor. Estas son nuestras recomendaciones, las tres cosas que debes incluir en tu testamento para que tu dinero digital, virtual y tus criptomonedas no se pierdan:
- Deja dicho en tu testamento, por escrito, en qué plataformas tienes dinero online. No tengas miedo de actualizar el testamento cada vez que añadas un monedero virtual a tu patrimonio. También puedes tener una lista privada y llevarla al notario una vez al año. O indicar en el testamento donde tienen tus herederos que buscar esa lista.
- Anota también las claves de acceso. Eso facilitará mucho el proceso de acceder al dinero digital en las herencias.
- Dispón, en testamento, lo que quieres que se haga con ese dinero. Puede que se lo quieras dejar a un heredero o que prefieras constituir un legado solidario.
En Testamenta ponemos a tu alcance la posibilidad de realizar un testamento online que podrás modificar cuantas veces quieras. Y también puedes hacer un legado solidario con nosotros.