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Cuando las herencias son rechazadas

Cuando las herencias son rechazadas

Cuando las herencias son rechazadas

Lo normal es que cuando se es heredero, se acepte la cuantía de la herencia y se proceda a hacer lo que más nos convenga con el fruto de la misma.

El problema se da cuando las deudas son mayores que el capital, o sea que aun vendiéndolo todo, se le debería a cada santo una vela.

En ese caso es factible desistir de la aceptación de la misma, siempre que se haga por escritura pública y ante un notario, pero la renuncia a la herencia debe ser total: a los bienes y a las deudas. No se puede hacer ni una aceptación ni una renuncia, en forma parcial.

El caso del palacio de Arguillo

En Sabiñán, un pueblo perteneciente a la provincia de Zaragoza, hay un palacio que originalmente perteneció a los condes de Arguillo.

Los últimos en asumir su propiedad fueron los Olazábal Bordiú: José Ignacio, Juan Antonio y Carmen; ésta última falleció en 1993, luego de haber sobrevivido a sus dos hermanos.

No habiendo testamento la propiedad pasó a manos de los hijos de los anteriormente mencionados Olazábal Bordiú, que eran once primos hermanos.

El ayuntamiento de Sabiñán tenía previsto asumir la titularidad del mencionado palacio a cambio de ceder a los herederos unas parcelas urbanizables, pero una cuestión testamentaria hizo que el plan no se llevara a buen término.

El problema es que uno de ellos, Pedro Olazábal y Castro, hijo de José Ignacio, falleció en los años noventa y su única hija se negó a aceptar la herencia a causa de las numerosas deudas que ella conllevaba.

Por ley, el legado pasó a manos de sus cuatro hijos, dos de los cuales son menores de edad, por lo que ante la renuncia materna, el fiscal de Sevilla es quién protege el patrimonio de los nietos.

El Ayuntamiento de Sabiñán tendrá que esperar a que éstos sean mayores y decidan si aceptan o no su parte y en caso de aceptarla, si consienten en cederla a la municipalidad.

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Foto gentileza de: turismo de Zaragoza

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