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Las capitulaciones matrimoniales y el derecho de herencia

Las capitulaciones matrimoniales y el derecho de herencia

Las capitulaciones matrimoniales son una alternativa interesante para aquellas parejas que quieran delimitar claramente su patrimonio. Explicamos en qué consisten y su relación con el derecho de sucesiones.

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales son un contrato consistente en que dos personas casadas o que van a contraer matrimonio determinan cuál va a ser el reparto de los bienes. En la práctica, es una manera de modificar el régimen matrimonial por defecto para marcar la diferencia.

Has de recordar que en España hay distintos regímenes matrimoniales por defecto. En la mayoría de España rige en de bienes gananciales, excepto en Catalunya e Illes Balears que por defecto es el de separación de bienes. Esta es la manera de cambiar la normativa y adecuarla a lo que deseéis. No hay que olvidar que este aspecto es fundamental para que no haya problemas en un futuro.

En las capitulaciones se pueden establecer derechos y obligaciones de los cónyuges. Esta será la manera de que podáis determinar qué régimen deseáis.

Dónde se utilizan las capitulaciones

Una capitulación matrimonial se otorga ante notario, puesto que tiene la categoría de documento público. En cuanto lo hayáis otorgado, podréis contraer matrimonio en el año siguiente. Otro aspecto a considerar es que, estando casados, podéis modificar el régimen en cualquier momento. Las capitulaciones matrimoniales, como vamos a poder ver, tienen un elemento fundamental en la variación del derecho de herencia.

Qué contienen las capitulaciones matrimoniales

Lo cierto es que este documento puede regular varios aspectos del matrimonio. Aunque lo más habitual es limitarse a lo relacionado con los derechos de propiedad y sucesión, también puede tratar obligaciones mutuas de los esposos. La idea es que pueda haber un documento que dé fe de lo que puede suceder en caso de incumplimiento de los deberes de cada parte. El único límite está en la legislación vigente y en no menoscabar en ningún momento la dignidad de ninguno de los miembros de la pareja.

Otro aspecto a destacar es que las capitulaciones solo las pueden realizar personas en plena capacidad de obrar. Un problema recurrente es que se hagan capitulaciones en matrimonios donde una persona es muy mayor. En este caso, será el notario el que considerará si realmente se puede otorgar el documento.

¿Quién tiene derecho a heredar?

Las capitulaciones matrimoniales son decisivas para otorgar o no derechos de herencia. En primer lugar, los herederos son los hijos pero, en el régimen de gananciales, también heredera el cónyuge que quede viudo. En el régimen de separación, no habría ese derecho de propiedad, pero sí de usufructo, lo explicamos mejor. Este es uno de los motivos por los que se hace necesario otorgar testamento. Esta es la manera de que a la larga no tengas ningún tipo de problema y de que el patrimonio se distribuya como tú lo deseas.

Derechos en bienes gananciales

Los derechos de herencia en los bienes gananciales están bien definidos. El cónyuge sobreviviente tiene, de entrada, derecho sobre del 50 % de los bienes del fallecido. Además, no se podría echar al cónyuge sobreviviente del domicilio familiar, que lo tendría en usufructo. Otro aspecto importante es que podrá disponer del tercio de mejora si así se determina en el testamento.

En el caso de los bienes gananciales, no habrá demasiado problema para tomar decisiones. El único aspecto a tener en cuenta si quieres mejorar la situación patrimonial de tu pareja es testar el tercio de mejora. Lo demás ya vendrá por defecto y te servirá para notar la diferencia.

Derechos en separación de bienes

En el caso de la separación de bienes, el cónyuge solo heredará los bienes de la otra persona por defecto si no hay herederos forzosos vivos, ya sean estos ascendientes o descendientes. Es importante señalar que, en algunos casos, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo, aunque no a la propiedad de un bien. Ahora bien, podemos incluir en el testamento una disposición para que herede el tercio de mejora.

Este sí es uno de los casos en los que puedes utilizar el testamento para que a tu cónyuge le quede algo. Recuerda, además, que existe la figura del legado si quieres dejarle algo en concreto.

Las ventajas de otorgar testamento

Una vez que os pongáis de acuerdo con las capitulaciones matrimoniales, es bueno otorgar testamento por varias razones:

  1. Clarificáis las cuestiones hereditarias. Aunque el Código Civil y el derecho civil foral dan unas disposiciones por defecto, será más rápido si lo has solucionado antes.
  2. Garantizáis que vuestro cónyuge tenga derecho a parte del patrimonio o a un legado. Este punto es especialmente importante en segundos o terceros matrimonios. Los nuevos modelos de familia hacen más complejo el derecho de heredabilidad, sobre todo cuando hay hijos de varios matrimonios. Si no quieres que haya ningún problema desagradable, esta es la manera de evitarlo.
  3. Agilizáis el proceso. Cuando hay un testamento de por medio, el proceso judicial tardará mucho menos tiempo. Estamos convencidos de que de esta forma marcaréis la diferencia y lo notaréis. No en vano, este tipo de trámites pueden alargarse mucho si no dispones de alternativas prácticas que los faciliten.

Con todos estos datos será más sencillo tomar decisiones. Por esta razón, os animamos a que otorguéis testamento cuando sea posible. Recordad que siempre estáis a tiempo de cambiarlo las veces que queráis si lo consideráis necesario. La realidad es que el testamento se convierte en un seguro de vida para los tuyos.

Conclusión

En Testamenta Herencias y Sucesiones te podemos ayudar a otorgar testamento una vez que tengas tus capitulaciones matrimoniales. Como puedes hacer capitulaciones después de casarte, ese es un buen momento para otorgar testamento. Por otra parte, no vamos a negar que el asesoramiento ayuda, y mucho, a tomar una decisión legal. Esta es uno de los servicios que te ofrecemos.

Contamos con abogados y notarios para agilizar el proceso a bajos precios. Te animamos a que nos contactes si tienes prisa y quieres solucionar esta cuestión con garantías. Estamos convencidos de que notarás la diferencia.

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10 Comments

  1. Monica Díaz

    Buenas tardes, mi madre murió y mis abuelos maternos han hecho testamento para dejar la herencia a mi madre. Ella estaba casada con mi padre, cuando mueran mis abuelos mi padre tendría derecho a lo que tendría que heredar mi madre o pasaría a sus hijas? A la espera si me pueden ayudar,
    Un cordial saludo,
    Monica Díaz

    Reply
  2. ignacio

    Mis padres en ganaciales hicieron testamento. Al año, hicieron capitulaciones matrimoniales quedando unos bienes adjudicados al padre y otro a la madre. han fallecido y porcede ejecutar la herencia. ¿Pero los testamentos en tales circunstancias podrían ser nulos y entonces porceder a la sucesion intestada o abisntestato?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Ignacio ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

      Reply
  3. Lidia Machado Lopez

    Hola. Estoy casada en separacion de bienes. Tenemos una hija en común. Mi marido tiene un hijo de su anterior matrimonio. En caso de q yo muriera, quien hereda? Que dice la ley? Y que posibilidades tengo? Que diferencia hay de que haga testamento o no, además de para agilizar el proceso? Gracias!

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  4. Jonatan

    Buenos días, mi abuelo murió hace años y no hicimos efectivo su testamento, ahora al morir mi abuela tenemos que hacer efectivos los dos que son prácticamente iguales. No se si estaban casados en bienes gananciales, eso influye en algo a la hora de aceptación de herencia?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Jonatan cuando falleció tu abuelo se debió hacer los trámites oportunos para realizar los cambios de nombre, ahora con tu abuela todos esos bienes se deberán distribuir entre los herederos decretados en el testamento.

      Para más información acerca del funcionamiento de los testamentos en caso de bienes gananciales, le dejo estos enlaces que le serán de ayuda para resolver cualquier duda oportuna:
      El testamento en caso de bienes gananciales
      Otorgar testamento: bienes propios y gananciales

      Gracias por participar en nuestro blog, saludos.

      Reply

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