Actualizar tu testamento puede ser necesario por numerosos cambios que se dan a lo largo de la vida. ¿Quieres conocer los más importantes? No te preocupes, aquí te damos más detalles…
Cómo actualizar tu testamento tras un cambio vital
Indíce
La legislación española te permite actualizar tu testamento si, en algún momento, es necesario hacer cambios. De hecho, y siempre que tengas plena capacidad de obrar, puedes cambiar tu testamento cuantas veces quieras. Veamos qué cuestiones se deben tener en cuenta:
Condiciones para modificar el testamento
Para modificar el testamento, debes cumplir dos condiciones indispensables: tener la edad mínima para testar (14 años) y estar en plena capacidad de obrar (no incapacitado). El segundo detalle es relevante, puesto que, sin ella, no es posible ni hacer ni cambiar el testamento.
Una persona con problemas de audición, dicción o vista, si tiene la plena capacidad de obrar, puede igualmente otorgar o modificar testamento. Lo único que se necesita son más garantías y testigos. No obstante, aquí sí que es conveniente asesorarse previamente con un abogado para saber cómo obrar y las posibilidades existentes y los aspectos legales.
Esta es una de las razones por las que siempre es mejor hacer los cambios en el testamento cuanto antes. Si el notario, por ejemplo, sospecha que una persona carece de capacidad de obrar, aunque no esté legalmente incapacitada, puede negarse a otorgar testamento.
Cómo cambiar el testamento y dónde
Aunque existe la posibilidad de hacer testamento ológrafo y los testamentos especiales, recomendamos hacer testamento y cambiarlo ante notario. La opción más utilizada es el testamento abierto ante notario, porque ofrece mayor seguridad jurídica. Cuando un testamento se hace ante notario, las probabilidades de que se impugne son menores que en otros casos porque se cumplen todas las formalidades para que el testamento sea válido.
Por otra parte, hay que señalar que la vigencia de los testamentos especiales es muy reducida en el tiempo. De manera que, cuando desaparezca el motivo que ha permitido hacerlos, deberías validar esa voluntad nuevamente ante notario.
Vigencia de las modificaciones testamentarias
La vigencia de las modificaciones testamentarias, si es ante notario, es indefinida. Solo cambiará en el caso de que se volviese a realizar una nueva modificación. Ante esto, la principal excepción está en los testamentos especiales, que dependerán de la situación que los origina y, generalmente, su duración es de unos pocos meses.
Eso sí, hay que recordar que, aunque se puede cambiar de testamento varias veces, solo valdrá a efectos legales la última modificación. Cuando se cambia un testamento, quedan automáticamente anulados todos los anteriores. De ahí que sea importante que tengas clara tu decisión.
¿La modificación del testamento es vigente por igual en toda España?
Sí, no obstante, hemos de recordar que los herederos forzosos y designados pueden variar en función del territorio. Aunque en el Código Civil, por defecto, lo son los descendientes y ascendientes directos, y en cualquier caso el cónyuge, allí donde haya un Derecho Civil propio, la distribución puede cambiar. Es conveniente valorar estas cuestiones para evitar conflictos competenciales.
Esto es importante, pues, si hay residencia en Aragón, Cataluña, Galicia, Islas Baleares, Navarra y País Vasco. En estos casos, aconsejamos encarecidamente que se consulte previamente a un especialista en derecho familiar. Las diferencias, dependiendo del territorio, pueden ser sustanciales y eso crearía conflictos futuros.
¿Cuáles son los cambios vitales más habituales para cambiar el testamento?
El cambio del testamento se puede dar por varias modificaciones en nuestra vida. Y, cuando esto sucede, es conveniente dejar claro a quién queremos cederle nuestro patrimonio, siempre que sea respetando los tercios legales. Estos son algunos ejemplos de cuándo se suelen cambiar los testamentos:
Matrimonio
Cuando se contrae matrimonio, puede ser un buen momento para hacer testamento. Recordemos que no en toda España rige el sistema de bienes gananciales por defecto y que, además, las capitulaciones matrimoniales previas son cada vez más habituales. Por lo tanto, dejar definida esta cuestión cuando se haga testamento es especialmente interesante.
Divorcio
Un divorcio implica la disolución de una sociedad matrimonial, si la hubiese, pero en el testamento puede constar el anterior cónyuge. Por ese motivo, cuando se da esta circunstancia es habitual que se modifique el testamento. Esta cuestión no es menor, de ahí que sea una causa recurrente para cambiar tu testamento.
Hijos
Tener hijos es una razón para incluirlos en el testamento, aunque ya consten como herederos forzosos. Pero la relación con ellos a lo largo de la vida y sus circunstancias pueden determinar, igualmente, que se quiera modificar el reparto en los tercios de mejora y libre disposición. Además, y aunque solo en casos muy excepcionales, existe la posibilidad de desheredar. Todas estas cuestiones, si se quiere tener una autonomía de distribución de patrimonio, deben incluirse.
Actualizar tu testamento por cambio de residencia
El cambio de residencia es otro motivo válido para actualizar un testamento. Piensa que, si vas desde o a una Comunidad con derecho civil propio, puede haber conflictos de interpretación. De todas maneras, recuerda que, para que se te aplique la vecindad civil de un territorio, tienes que haber residido un mínimo de 10 años antes del óbito.
Introducir herederos no familiares
Existe, también, la posibilidad de designar herederos con los que no haya vínculo familiar, como un amigo. Esto está más limitado si existen familiares directos, pero aun así sería posible con el tercio de libre disposición. Si tienes a una persona importante para ti, es una opción de que pueda recibir todo o una parte de tu patrimonio.
Enfermedad
Finalmente, una enfermedad es un motivo de peso para cambiar el testamento. Si se quieren hacer cambios o dejar bien establecida tu voluntad, este es un buen momento para ello. Esto es especialmente importante si existe un riesgo de fallecimiento real, para que de esta forma los cambios tengan vigencia. De hecho, cabe recordar que, si se tiene plena capacidad de obrar, el testamento se considerará válido.
En resumen…
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