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Qué son las últimas voluntades y cómo se validan ante la ley

Qué son las últimas voluntades y cómo se validan ante la ley

Qué son las últimas voluntades y cómo se validan ante la ley

Lo que sucede con la distribución de bienes heredados por una persona luego de su deceso, puede ser fuente de algunas confusiones. Por eso es importante saber qué son las últimas voluntades y cuáles son los documentos y trámites que les otorgan validez legal.

Lejos de las fantasías que suelen transmitir los argumentos de ficción en torno a lo que sucede en la manifestación de las últimas voluntades, en realidad se trata de un certificado que constata la existencia de un testamento el cual es el primer paso para la sucesión de bienes que pudiese haber dejado una persona. Requiere de trámites sencillos, pero su presencia es vital para continuar con los procedimientos que exige la ley.

Qué son las últimas voluntades, entonces

El certificado de últimas voluntades es un documento que da cuenta si una persona dejó un testamento, y de ser así, ante que notario público lo ha hecho. Si existe más de uno, este determina cuál es el último, el que tiene validez y que dejan sin efecto los realizados con anterioridad.

Este documento se debe solicitar en la Delegación del Ministerio de Justicia, con la presentación del certificado de defunción original, acompañado del Formulario 790 que puede descargarse del sitio del sitio web del Ministerio de Justicia. El trámite solo puede solicitarse pasados los 15 días hábiles de la fecha del fallecimiento de deceso.

Requisitos indispensables

El formulario también se puede obtener de forma gratuita en cualquier dependencia del Ministerio de Justicia o en Madrid, en la Oficina Central de Atención al Ciudadano. Respecto al certificado de defunción, este debe ser original o una copia comprobada, que se haya originado por el Registro Civil correspondiente al municipio en dónde se haya producido el fallecimiento. También se debe abonar la tasa correspondiente para obtener esta documentación.

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2 Comments

  1. Benito

    Aunque exista testamento ¿el notario debe llamar a todos los posibles herederos o solo a los que menciones testamento?. Y si no los llama, como podemos verificar y comprobar el testamento los no llamados.. Gracias.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Benito,

      Respondiendo a tu pregunta, la mayoría de notarios solo se da acceso a los nombrados, para los no llamados o porque creen que puede haber causa de nulidad se debe pedir a través del Juez.

      Si tienes cualquier pregunta más te invito a que visites nuestra página Testamenta y hagas tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en herencias, testamentos y derecho sucesorio que responderá lo más rápido posible todas tus dudas en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

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