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Tipología de los testamentos

En nuestro país, la forma de hacer los testamentos están regulados de acuerdo con lo establecido en el Derecho Común. Más concretamente en el Derecho Civil. La parte del Código Civil dedicada a esta temática es bastante amplia. Se trata del Título III del Libro III de esta norma legal, que se epigrafía con la denominación de DE LAS SUCESIONES. Este apartado comienza en el 657 y finaliza en el artículo 1087.

11 tipos de testamentos

Así las cosas, en este título normativo hay regulados once tipos de testamentos, que son los admitidos en el Derecho español y que, a su vez, están clasificados en tres grupos bien diferenciados. A saber: el primer grupo lo comprenden los testamentos comunes, el segundo está integrado por los testamentos especiales y, en tercer y último lugar, se encuentra el grupo de los testamentos excepcionales.

En el grupo de los testamentos comunes tenemos tres tipos de documentos posibles. el ológrafo, el abierto ante notario y el cerrado ante notario.

Dentro de los testamentos especiales podemos encontrarnos con cuatro tipos diferentes de documentos que expresan la última voluntad de las personas: el testamento militar, el marítimo y el redactado en el extranjero.

Finalmente, en el grupo de testamentos excepcionales -el más amplio-, caben cinco tipos de documentos: el testamento del incapacitado, el de lengua extranjera, el testamento con testigos, el realizado en peligro de muerte y el expresado en caso de epidemia.

Si tienes interés en obtener información sobre el tipo y opciones para otorgar testamento que debes realizar, ponte en contacto con Testamenta. Estamos a tu entera disposición.

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Interesado en derecho sucesorio, testamentos, herencias, sucesiones seguros, ONGs y mucho más.

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